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Documento BOE-A-1999-14581

Resolución de 22 de junio de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Paradores de Turismo».

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1999, páginas 25044 a 25044 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-14581

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda

de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de

Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre

emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de Correos "Paradores

de Turismo".

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá

a la estampación de una serie de sellos de Correos con la denominación

de "Paradores de Turismo".

Segundo.-La segunda emisión de Paradores de Turismo de España,

dedica este año un sello de Correos al recientemente inaugurado Parador

de Cangas de Onís, en el Principado de Asturias. Este nuevo Parador

de Turismo ocupa las dependencias del antiguo Monasterio benedictino

de San Pedro de Villanueva, situado junto al río Sella, en un hermoso

valle rodeado de montañas.

El sello reproduce la imagen exterior del conjunto.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño del sello: 28,8 ^ 40,9 milímetros (vertical).

Valor facial: 35 pesetas.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 1.500.000.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará

el día 2 de julio de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del

año 2001; no obstante lo cual, mantendrán indefinidamente su valor a

efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.-De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional

de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición de la entidad pública

empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos

internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de

los intercambios con otras Administraciones postales, así como para su

incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y

para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica

Nacional de Moneda y Timbre para atenciones de intercambio con los

organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos

del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá

a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas

y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión.

Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los

elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión

anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser

destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica,

el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo

caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como

de los elementos que, en calidad de depósito, se integren en alguno de

los indicados Museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 22 de junio de 1999.-El Secretario general de Comunicaciones,

José Manuel Villar Uríbarri.-El Subsecretario de Economía y Hacienda,

Fernando Díez Moreno.

Ilmo. Sr. Consejero Director general de la entidad pública empresarial

Correos y Telégrafos e Ilmo. Sr. Presidente Director general de la

Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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