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Documento BOE-A-1999-14792

Orden de 11 de junio de 1999 por la que convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Asuntos Exteriores, adscritos a los grupos A y B.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 1999, páginas 25563 a 25573 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1999-14792

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo en el Ministerio de Asuntos

Exteriores, dotados presupuestariamente, cuya provisión corresponde

llevar a efecto por el procedimiento de concurso,

Este Ministerio de Asuntos Exteriores, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, previa

autorización de las bases de la presente convocatoria por la Secretaría

de Estado para la Administración Pública, y de conformidad con

el artículo 40.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha

dispuesto:

Convocar concurso específico dirigido a los funcionarios

destinados en los Ministerios que se relacionan en la base primera

y que constará de dos fases, en atención a la naturaleza de los

puestos vacantes a cubrir, los cuales se relacionan en el anexo I

de esta Orden.

El presente concurso, de acuerdo con el artículo 14 de la

Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de

1976, tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre

hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y

promoción profesional de los funcionarios, y se desarrollará con

arreglo a las siguientes bases:

Primera.Participantes. 1. De acuerdo con lo dispuesto en

el apartado c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, a tenor del

"Diagnóstico de situación de recursos humanos", podrán participar

exclusivamente en el presente concurso:

a) Los funcionarios de carrera de la Administración del Estado

en servicio activo o en cualquier situación administrativa con

derecho a reserva de puesto, que estén destinados, con carácter

definitivo o provisional (incluida la comisión de servicios) o tengan

su reserva en los Servicios Centrales o en los Servicios del Exterior

del Ministerio de Asuntos Exteriores.

b) Los funcionarios de carrera de la Administración del Estado

en servicio activo o en cualquier situación administrativa con

derecho a reserva de puesto, que tengan destino definitivo, adscripción

provisional o reserva en los Servicios Centrales, o los Periféricos

situados en el municipio o provincia de Madrid, de los Ministerios

y organismos que se relacionan en el anexo V.

2 Cumplidos los requisitos expuestos en el apartado anterior,

podrán participar en el presente concurso los funcionarios de

carrera de la Administración General del Estado a que se refiere el

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que pertenezcan

a Cuerpos y Escalas clasificados, comprendidos en el artículo 25

de la misma, con excepción del personal docente, investigador

sanitario, de Correos y Telecomunicaciones, de transporte aéreo

y meteorología y de instituciones penitenciarias, lo que se indicará

con la correspondiente clave EX11 en el anexo I, siempre que

reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos

determinados en la presente convocatoria.

Segunda. Requisitos de losparticipantes. 1. Los aspirantes

podrán encontrarse en cualquiera de las situaciones

administrativas contempladas en la legislación vigente, con las siguientes

salvedades:

a) Los funcionarios con destino definitivo podrán participar

en este concurso siempre que hayan transcurrido al menos dos

años desde la toma de posesión del último puesto de trabajo,

obtenido por los sistemas de concurso o libre designación, o por

nuevo ingreso.

Quedan exceptuados del cumplimiento del referido plazo de

permanencia aquellos funcionarios que soliciten puestos de trabajo

en el ámbito de la Secretaría de Estado donde presten servicios,

o en el ámbito del propio Departamento cuando su destino no

corresponda a una Secretaría de Estado.

Quedan asimismo exceptuados del cumplimiento de dicho

plazo de permanencia aquellos funcionarios que hayan sido

removidos del puesto de trabajo, obtenido por concurso o cesados en

el puesto obtenido por libre designación, o bien haya sido

suprimido su puesto de trabajo.

b) Los funcionarios que se encuentren en situación de

excedencia para el cuidado de hijos podrán participar si en la fecha

de terminación del plazo de presentación de instancias han

transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino

obtenido, salvo que participen para cubrir vacantes en el ámbito

de la Secretaría de Estado o del Departamento ministerial en que

tengan reservado el puesto de trabajo.

c) Los funcionarios en servicio activo con destino provisional

en este Departamento, salvo los que se hallen en comisión de

servicios, estarán obligados a participar en el presente concurso,

solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan

acceder por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria,

excepto los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo

mediante adscripción provisional, que sólo tendrán la obligación

de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.

d) Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan

reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos

para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter

indistinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones

Públicas, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos

los indicados Cuerpos o Escalas.

Cuando los puestos convocados dependan del propio

Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos

en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida

autorización.

2. La fecha de referencia para el cumplimiento de los

requisitos exigidos, y para la posesión y valoración de los méritos que

se aleguen, será el día en que finalice el plazo de presentación

de instancias.

Tercera.Solicitudes. 1. Las solicitudes para participar en

el concurso, ajustadas al modelo que figura como anexo II, se

dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores

(Dirección General del Servicio Exterior), presentándose, en el

plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de

la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado", en el Registro General del Ministerio de Asuntos

Exteriores (plaza de la Provincia, número 1, 28071 Madrid), o en

las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

2. En la solicitud de participación se detallarán, por orden

de preferencia, aquellos puestos de trabajo que se solicitan,

indicando a tal efecto el correspondiente número de orden, de acuerdo

con el anexo I.

3. Aquellos interesados que se encuentren en la situación de

excedencia por cuidado de hijos, acompañarán a su solicitud

declaración de no haber sido separados del servicio en cualquiera de

las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitados para cargo

público.

4. Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncien

en cada concurso para un mismo municipio dos funcionarios,

aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar

su petición, por razones de convivencia familiar, al hecho de que

ambos obtengan destino en ese concurso y en el mismo municipio,

entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada

por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición

condicional deberán acompañar a su instancia una fotocopia de la

petición del otro funcionario.

5. Los funcionarios con alguna discapacidad, debidamente

acreditada, podrán instar, en la propia solicitud, la adaptación

del puesto o puestos solicitados, siempre que no suponga una

modificación exorbitante en el contexto de la organización. La

Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en

entrevista personal, la información que se estime necesaria, en orden

a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganos

técnicos correspondientes respecto de la procedencia de la

adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y

funciones del puesto en concreto.

6. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias,

las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario.

Cuarta. Fases delconcurso. El presente concurso específico

consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos

generales enumerados en el apartado A) y la segunda consistirá

en la comprobación y valoración de los méritos específicos

adecuados a las características de cada puesto, y que se indican en

el correspondiente apartado del anexo I.

A) Primera fase:

1. Valoración de los méritos generales:

1.1 Grado personal consolidado: Se valorará hasta un

máximo de 4,5 puntos el grado personal consolidado por el interesado,

en relación con el nivel de complemento de destino

correspondiente al puesto de trabajo ofertado:

Por poseer un grado personal superior al nivel del puesto de

trabajo ofertado: 4,5 puntos.

Por poseer un grado personal igual al nivel del puesto de trabajo

ofertado: Cuatro puntos.

Por poseer un grado personal inferior en un nivel al del puesto

de trabajo ofertado: 3,5 puntos.

Por poseer un grado personal inferior en dos niveles al del

puesto de trabajo ofertado: Tres puntos.

Por poseer un grado personal inferior en tres niveles al del

puesto de trabajo ofertado: Dos puntos

Por poseer un grado personal inferior en cuatro o más niveles

al del puesto de trabajo ofertado: Un punto.

Aquellos funcionarios que desempeñen puesto sin nivel de

complemento de destino, se entenderá que han adquirido el grado

mínimo correspondiente a su intervalo, siempre que acrediten el

desempeño continuado de su puesto durante más de dos años

sin interrupción.

El funcionario que considere tener un grado personal

consolidado a la fecha de presentación de instancias y cuyo

reconocimiento se encuentre en tramitación, deberá aportar certificación

expresa que permita, con absoluta certidumbre, su valoración.

Esta certificación, según modelo anexo IV, será expedida por la

unidad de personal del Departamento.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido

en la Administración de las Comunidades Autómomas. En el

supuesto de que dicho grado sea superior o inferior a los extremos

del intervalo fijado para el correspondiente grupo de titulación

en el artículo 71 del Real Decreto 364/1995, deberá valorarse

el grado correspondiente a los niveles máximo y mínimo,

respectivamente, de dicho intervalo.

1.2 Trabajo desarrollado: Por el nivel de complemento de

destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado se

adjudicará hasta un máximo de 7,5 puntos, de la forma siguiente:

Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en cuatro

o más niveles al del puesto de trabajo solicitado: 7,5 puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en tres

niveles al del puesto de trabajo solicitado: Siete puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en dos

niveles al del puesto de trabajo solicitado: Seis puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en un nivel

al del puesto de trabajo solicitado: Cinco puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel igual al

del puesto de trabajo solicitado: Cuatro puntos

Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en un nivel

al del puesto de trabajo solicitado: Tres puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en dos niveles

al del puesto de trabajo solicitado: Dos puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en tres niveles

al del puesto de trabajo solicitado: Un punto.

Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en cuatro

niveles o más al del puesto de trabajo solicitado: 0,5 puntos.

A estos efectos:

a) Aquellos funcionarios que estén desempeñando un puesto

de trabajo sin nivel de complemento de destino, se entenderá que

prestan sus servicios en uno del nivel mínimo correspondiente

al grupo de su Cuerpo o Escala.

b) Cuando se trate de funcionarios procedentes de las

situaciones de excedencia por el cuidado de hijos o de la de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto, se valorará el nivel

del último puesto que desempeñaban en activo o, en su defecto,

el nivel mínimo correspondiente al grupo en que se clasifique su

Cuerpo o Escala.

c) Cuando se trate de funcionarios con destino provisional

porque hayan sido cesados en puestos de libre designación, o

por supresión del puesto de trabajo, o bien removidos de los

obtenidos por concurso, y a instancia de los interesados mediante

solicitud documentada, se computará el nivel del puesto de trabajo

que ocupaban.

1.3 Antigüedad: Se valorará a razón de 0,10 puntos por año

completo de servicios reconocidos, hasta un máximo de tres

puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran

prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de

funcionario, pero no aquellos prestados simultáneamente con otros

igualmente alegados.

2. Puntuación mínima: Los participantes que en esta fase no

obtengan una puntuación mínima de cuatro puntos no podrán

pasar a la segunda.

B) Segunda fase:

1. Valoración de los méritos específicos: La valoración de los

méritos específicos se efectuará a la vista de la documentación

aportada por los concursantes que hayan superado la primera

fase.

A efectos de comprobación de los méritos, la Comisión de

Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los

concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en

su caso, la documentación adicional que se estime necesaria.

Los puestos para los que se exige presentación de Memorias

o la posibilidad de celebración de entrevistas, previstos en el

artículo 45.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, se indican en

el anexo I.

La puntuación concedida a cada concursante se obtendrá

calculando la media aritmética de las otorgadas por cada uno de

los miembros de la Comisión de Valoración. Para el cálculo de

la media aritmética, deberán desecharse las puntuaciones máxima

y mínima, o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como

tales.

2. Puntuaciones máxima y mínima: La puntuación máxima

de esta segunda fase es de 10 puntos. La puntuación mínima

exigida es de cinco puntos.

Quinta. Acreditación deméritos. 1. Méritos generales: La

valoración de los méritos generales de los funcionarios

actualmente destinados en el Ministerio de Asuntos Exteriores se

efectuará mediante la verificación por parte del Servicio Personal

Funcionario del propio Departamento de los datos obrantes en el

expediente personal de cada interesado.

Los méritos generales de los restantes funcionarios deberán

ser acreditados mediante certificación, según modelo que figura

como anexo III de la presente Orden, y que deberá ser expedida:

Funcionarios en situación de servicio activo, servicios

especiales y excedencia del artículo 29.4 la Subdirección General

competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales

o Secretaría General o similar de los organismos autónomos,

cuando estén destinados o su último destino definitivo haya sido en

Servicios Centrales.

Secretarías Generales de las Delegaciones o Subdelegaciones

del Gobierno, cuando estén destinados o su último destino

definitivo haya sido en Servicios Periféricos de ámbito regional o

provincial.

2. Méritos específicos: Sólo se valorarán los méritos

específicos adecuados a las características del puesto o puestos

solicitados (entre los que podrán figurar titulaciones académicas,

cursos, diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos

profesionales, aportación de experiencia o permanencia en un

determinado puesto, etc.) que resulten debidamente acreditados

mediante las pertinentes certificaciones, justificantes o cualquier

otro medio admitido.

Sexta. Adjudicación depuestos. 1. La propuesta de

adjudicación de cada uno de los puestos se efectuará atendiendo a

la puntuación total máxima obtenida sumando los resultados

finales de las dos fases, siempre que se haya superado la puntuación

mínima exigida.

2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para

dirimirlo a la otorgada a los méritos por el siguiente orden: Méritos

específicos, grado personal, valoración del trabajo desarrollado

y antigüedad. De persistir el empate, se acudirá a la fecha de

ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde

el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el

proceso selectivo.

3. Si las puntuaciones obtenidas por un mismo concursante

le permitiera acceder a varios de los puestos de trabajo por él

solicitados, se le adjudicará aquel que en su solicitud hubiera

consignado con carácter preferente.

Séptima. Comisión deValoración. La valoración de los

méritos y la consiguiente propuesta de adjudicación de cada uno de

los puestos al solicitante que haya obtenido mayor puntuación

será realizada por una Comisión de Valoración, compuesta por:

Cuatro funcionarios a propuesta y en representación de la

Subdirección General de Personal, correspondiendo a dos de los

cuales, respectivamente, las labores de Presidencia y Secretaría de

la Comisión.

Dos funcionarios a propuesta y en representación del centro

directivo que corresponda.

Podrá formar parte de la Comisión de Valoración, asimismo,

un representante de cada una de las organizaciones sindicales

más representativas y las que cuenten con más del 10 por 100

de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas,

o en el ámbito correspondiente.

La Comisión de Valoración podrá utilizar los servicios de

asesores o colaboradores designados por la autoridad convocante,

previa solicitud de la Comisión, y que actuarán con voz, pero

sin voto.

Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer

a grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos

convocados y poseer grado personal o desempeñar puesto de nivel

igual o superior al de los convocados.

Octava.-El plazo para la resolución del presente concurso,

teniendo en cuenta la concurrencia del período estival, será

excepcionalmente de cuatro meses, contados desde el día siguiente al

de la finalización de la presentación de instancias.

Novena.-1. Los puestos de trabajo incluidos en la

convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan

concursantes que, habiéndolos solicitado, hayan obtenido la puntuación

mínima exigida, excepto cuando, como consecuencia de una

reestructuración, se hayan amortizado o hayan sufrido modificación

en sus características funcionales, orgánicas o retributivas.

2. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables,

salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese

obtenido otro destino mediante convocatoria pública. El escrito

de opción por uno u otro puesto se dirigirá a la autoridad a que

se refiere el punto 1 de la base tercera.

3. No se justificará, en ningún caso, la adjudicación de

puestos de trabajo a quienes, con posterioridad a la finalización del

plazo de presentación de solicitudes, hubieran dejado de reunir

los requisitos y condiciones generales de participación. En tales

casos, los interesados resultan obligados a comunicar por escrito

tal circunstancia a la Subsecretaría del Departamento. Asimismo,

deberá comunicarse cualquier cambio en la situación

administrativa cuando se produzca transcurrido el plazo de referencia.

4. Los traslados que hayan de producirse por la resolución

del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y,

en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización

por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas

en el régimen de indemnizaciones por razón de servicios.

Décima.-1. A la vista de la propuesta de la Comisión de

Valoración, el presente concurso será resuelto por Orden del Ministerio

de Asuntos Exteriores, que será publicada en el "Boletín Oficial

del Estado".

2. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión

deberá computarse desde dicha publicación.

3. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios

el funcionario podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades

del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse tal

circunstancia a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos

Exteriores.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por

exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en

cada caso por la Secretaría de Estado para la Administración

Pública, podrá aplazarse la fecha del cese hasta un máximo de tres

meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los dos párrafos

anteriores, el Subsecretario del Departamento donde haya obtenido

nuevo destino el funcionario, podrá conceder una prórroga de

incorporación hasta un máximo de veinte días hábiles, si el destino

implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por

razones justificadas.

4. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido

concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas,

el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en

los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia

voluntaria.

Undécima.-La publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la Resolución del concurso, con la adjudicación de los puestos,

servirá de notificación a los interesados, y, a partir de la misma,

empezarán a contarse los plazos establecidos para que los

organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas

procedentes.

Duodécima.-Contra la presente Orden, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en

el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha de

publicación, previa comunicación a este órgano ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo o ante el Tribunal

Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga el demandante

su domicilio, a opción de éste, sin perjuicio del potestativo recurso

de reposición, en el plazo de un mes desde la publicación de

esta Orden.

Madrid, 11 de junio de 1999.-P. D. (Orden 11 de marzo

de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario,

José de Carvajal.

Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.

ANEXO I

Municipio de destino de todas las plazas: Madrid

Complemento específico Pesetas

Núm. de orden

Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto

Pun tua- ción

Memo ria/en- trevista

S UBSECRETARÍA

Escuela Diplomática

1 1 Jefe Servicio de Asuntos

Generales.

26 912.012 A/B Gestión de recursos humanos,

control y seguimiento de

Régimen Interior.

Organización de los servicios

de registro gestión

económica y contratación.

Experiencia en organización,

gestión de recursos

humanos, y régimen interior y

económico................ 5

Experiencia/conocimiento en

registro, archivo,

tratamiento y difusión de

documentación e información........ 3

Conocimientos de Informática

a nivel de usuario......... 2

Dirección General Servicio

Exterior

Subdirección General

de Administración y Control

de la Gestión

2 1 Jefe Servicio Coordinadora del

Servicio Exterior.

26 1.233.660 A/B Realización de auditorías

contables de las

representaciones en el exterior.

Experiencia/conocimiento

labores de auditoría y control

contable-presupuestario.... 5

Gestión de créditos

presupuestarios del Servicio Exterior.

Experiencia de gestión y

contratación administrativa y

tramitación de pagos a

justificar, con especial

referencia al Servicio Exterior.... 3

Conocimientos de Informática

a nivel de usuario......... 2

Dirección General de Protocolo,

Cancillería y Órdenes

Unidad de Apoyo

3 1 Jefe Servicio Asuntos

Generales.

26 912.012 A/BCoordinación administrativa

general, incluyendo la

organización del trabajo y de los

recursos humanos adscritos

a la Dirección General.

Experiencia en gestión

administrativa, organización y

dirección de equipos de trabajo . 5

Experiencia en gestión de

asuntos oficiales ante

Misiones Diplomáticas, Oficinas

Consulares Extranjeras y

Autoridades Locales....... 3

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Dirección General de Asuntos

Jurídicos y Consulares

Subdirección General Asuntos

Justicia e Interior

4 1 Jefe Servicio Asuntos Justicia

e Interior.

26 912.012 A/BApoyo y seguimiento en

materia de aplicación de

Convenios de asuntos consulares,

en el ámbito bilateral y

multilateral.

Apoyo en la actividad jurídica

del área de trabajo.

Experiencia/conocimiento en

materia de cooperación

jurídica consular bilateral en

asuntos civiles y penales . . 4

Experiencia en tramitación y

aplicación de Convenios

multilaterales con

organismos y conferencias

internacionales.................. 4

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Complemento específico Pesetas

Núm. de orden

Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto

Pun tua- ción

Memo ria/en- trevista

Subdirección General Asuntos

Extranjería

5 1 Jefe Servicio de Asilo. 26 912.012 A/BSupervisión de la tramitación

de visados relacionados con

desplazamientos y acogida

temporal por razones

humanitarias, para fines de

adopción y asilo, de larga

duración para reagrupación

familiar, jubilados y de estudios.

Experiencia/conocimiento en

políticas de inmigración y

reglamentación de

extranjeros y canalización de flujos e

integración de inmigrantes . . 5

Experiencia/conocimiento en

área de trabajo............ 5

S ECRETARÍA DE E STADO

DE P OLÍTICA E XTERIOR

Y PARA LA U NIÓN E UROPEA

Secretaría General de Política

Exterior y para la Unión Europea

Gabinete Técnico

del Secretario general

6 1 Consejero técnico. 28 1.490.004 ASupervisión en materia de

notificaciones de normas y

reglamentaciones técnicas de

productos y servicios de la

sociedad de la información y

coordinación a nivel

interministerial y relaciones con las

Comunidades Autónomas de

los expedientes nacionales y

comunitarios en el marco de

la Directiva 98/34/CE.

Experiencia en el marco de las

reglamentaciones técnicas y

servicios de la sociedad de

la información............ 4

Experiencia/conocimiento en el

ámbito de los mandatos de

la normalización y de la

reglamentación técnica de los

Estados miembros de la UE . . . 4

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

7 1 Jefe Servicio de Sistemas

Informáticos.

26 1.387.848 A/B Gestión y control del

funcionamiento de los sistemas

informáticos de la Secretaría de

Estado y su interconexión

con las Administraciones

española y europea.

Experiencia en SO Unix...... 5

Experiencia en Mensajería

Electrónica X.400......... 3

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

8 1 Técnico de

Sistemas-Administración Bases de datos.

25 1.233.660 A/B Administración de los

sistemas informáticos de la

Secretaría de Estado.

Coordinación de grupos de

trabajo.

Experiencia en planificación,

instalación y configuración

de redes.................. 4

Experiencia en administración

de redes Powerlan y

Windows NT.................. 3

Conocimientos de Unix y BRS . 3

Dirección General

de Coordinación de Asuntos

Generales y Técnicos

de la Unión Europea

Subdirección General

de Asuntos Generales

9 1 Consejero técnico Relaciones

Exteriores Países no

Preferentes.

28 1.718.736 ACoordinación y gestión de

expedientes relacionados

con temas legislativos y

comerciales tanto en

Mercado Interior como en el

ámbito exterior comunitario.

Experiencia en puestos

relacionados con temas de

Comercio Exterior y de

Mercado Interior Comunitario . 6

Experiencia en elaboración de

informes relacionados con

el área de trabajo......... 2

Conocimientos de inglés,

francés y alemán.............. 2

Subdirección General de Asuntos

Económicos y Financieros

10 1 Subdirector general adjunto. 29 2.013.588 A Apoyo y seguimiento en

materia de planificación

económica de la inversión pública,

política fiscal, financiera y

presupuestaria, en el ámbito

de la UE.

Experiencia en puestos

relacionados con asuntos

económicos y área

internacional de inversiones......... 4

Experiencia en negociaciones

sobre servicios financieros,

inversión y fiscalidad

internacional.................. 2

Experiencia en análisis de

estructura económica y

empleo................... 2

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Complemento específico Pesetas

Núm. de orden

Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto

Pun tua- ción

Memo ria/en- trevista

Subdirección General de Asuntos

Aduaneros y Comerciales

11 1 Subdirector general adjunto. 29 2.013.588 A Apoyo en el proceso de fijación

de la posición española en

el ámbito del Consejo de

Ministros de la UE en

materia propia del área de

trabajo.

Participar en Comités de

trabajos de programas

comunitarios.

Experiencia en coordinación

interministerial en las áreas

de transporte, turismo y

mercado interior en el

ámbito del comercio........... 4

Experiencia en preparación y

asistencia de los Comités de

la Comisión Europea,

grupos del Consejo y Consejos

de Ministros.............. 4

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

12 1 Jefe Servicio de Asuntos

Aduaneros.

26 1.233.660 A/B Recopilación de la legislación

comunitaria en materia

económica, comercial y

aduanera y seguimiento de las

actuaciones llevadas a cabo

por los organismos

nacionales en materia aduanera.

Experiencia/conocimiento en

la utilización de la

legislación comunitaria y

tratamiento de expedientes

administrativos........... 4

Experiencia en elaboración de

informes y propuestas en el

área de trabajo............ 3

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Licenciado en Derecho,

Ciencias Económicas o

Empresariales..................... 1

Dirección General

de Coordinación del Mercado

Interior y otras Políticas

Comunitarias

Subdirección General de Asuntos

Industriales, Energéticos,

de Transporte y Comunicaciones

y de Medio Ambiente

13 1 Subdirector general adjunto. 29 2.013.588 AApoyo en el proceso de fijación

de la posición española en el

ámbito del Consejo de

Ministros de la UE en materia

propia del área de trabajo.

Participar en Comités de

trabajos de programas

comunitarios.

Experiencia en coordinación

interministerial en el área de

trabajo................... 4

Experiencia en preparación y

asistencia de los Comités de

la Comisión Europea,

grupos del Consejo y Consejos

de Ministros.............. 4

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Subdirección General

de Asuntos Jurídicos

14 1 Jefe de Área de Asuntos

Jurídicos.

28 1.718.736 A Elaboración de informes y

propuestas sobre expedientes

de infracción y sobre la

aplicación del derecho

comunitario.

Experiencia en expedientes de

infracción en diversos

sectores de derecho comunitario

y en notificación de ayudas

públicas.................. 5

Experiencia en actividades de

coordinación de

Administraciones afectadas en la

aplicación del derecho comunitario . 3

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

15 1 Jefe Servicio de Acción y

Recursos.

26 1.233.660 A/B Actividades de coordinación

con las Administraciones

Públicas en materia de

ayudas y funciones de

Secretaría del grupo de ayudas de

la CIAUE.

Experiencia en tramitación y

en la notificación de ayudas

públicas.................. 5

Experiencia en actividades de

coordinación autonómica

en la materia.............. 3

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Complemento específico Pesetas

Núm. de orden

Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto

Pun tua- ción

Memo ria/en- trevista

S ECRETARÍA DE E STADO

PARA LA C OOPERACIÓN I NTERNACIONAL

Y PARA I BEROAMÉRICA

Dirección General

de Relaciones Económicas

Internacionales

Subdirección General

de Relaciones Económicas

Bilaterales con Europa

y países OCDE

16 1 Jefe Servicio Relaciones

Económicas con Países de

Europa Oriental.

26 912.012 A/B Elaboración de informes sobre

situación económica y

relaciones bilaterales con países

del área.

Información, seguimiento,

gestión y apoyo a empresas

e instituciones con intereses

en los países de la zona.

Experiencia en el área de

trabajo...................... 4

Experiencia en elaboración de

informes económicos...... 4

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Dirección General

de Relaciones Culturales

y Científicas

Unidad de Apoyo

17 1 Jefe Servicio Asuntos

Generales.

26 912.012 A/B Gestión de recursos humanos,

control y seguimiento de

régimen interior.

Gestión económica y

contratación.

Ejecución presupuestos

oficinas culturales en el exterior.

Experiencia en gestión de

recursos humanos......... 3

Experiencia en preparación,

seguimiento y control

presupuestario................. 3

Conocimientos de informática

a nivel de usuario......... 2

Conocimientos de inglés y

francés................... 2

Claves adscripción: Cuerpos/Escalas según RPT vigente todos los puestos ofertados con clave EX11, a excepción del puesto con

número de orden 5, cuya clave es EX11-FC1 (personal Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).

ANEXO: (Ver imágenes páginas 25571 a 25573).

Observaciones (11)

(Firma y sello)

INSTRUCCIONES

(1) Especificar la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala, utilizando las siguientes siglas:

C: Administración del Estado.

A: Autonómica.

L: Local.

S: Seguridad Social.

(2) Sólo cuando consten en el expediente; en otro caso, deberán acreditarse por el interesado mediante la documentación pertinente.

(3) Si no hubiere transcurrido un año desde la fecha del cese, deberá cumplimentarse el apartado 3.a).

(4) Puestos de trabajo obtenidos por concurso, libre designación y nuevo ingreso.

(5) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo, comisión de servicios, y los previstos en el

artículo 63, a) y b), del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril).

(6) Si se desempeñara un puesto en comisión de servicios, se cumplimentarán, también, los datos del puesto al que está adscrito

con carácter definitivo el funcionario, expresados en el apartado 3.1.

(7) No se cumplimentarán los extremos no exigidos expresamente en la convocatoria.

(8) De hallarse el reconocimiento del grado en tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el órgano

competente.

(9) Los que figuren en el expediente referidos a los últimos cinco años. Los interesados podrán aportar, en su caso, certificaciones

acreditativas de los restantes servicios que hubieran prestado.

(10) Si el funcionario completara un año entre la fecha de publicación de la convocatoria y la fecha de finalización del plazo

de presentación de instancias, deberá hacerse constar en observaciones.

(11) Este recuadro o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica.

ANEXO IV

(Certificado de grado consolidado)

Don/doña...........................................................

Cargo................................................................

CERTIFICO: Que, según los antecedentes obrantes en este centro:

Don/doña...........................................................

NRP:.....................Funcionario/a del Cuerpo/Escala.........

con fecha............................ haconsolidado el grado

personal.....................,encontrándose el reconocimiento del

mismo en tramitación.

Para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ministerio

de Asuntos Exteriores, firmo la presente certificación en...........

..................... a....... de ..................... de 199 .....

ANEXO V

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus

organismos autónomos.

Ministerio de Fomento y sus organismos autónomos.

Ministerio de Educación y Cultura y sus organismos autónomos.

Ministerio de Industria y Energía y sus organismos autónomos.

Ministerio de Sanidad y Consumo (excluyendo el Instituto

Nacional de la Salud) y sus organismos autónomos.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (incluyendo el Instituto

Nacional de Migraciones y Servicios Sociales y excluyendo el resto

de Entidades Gestoras) y sus organismos autónomos, excepto el

Instituto Nacional de Empleo.

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