Vacantes puestos de trabajo en el Ministerio de Asuntos
Exteriores, dotados presupuestariamente, cuya provisión corresponde
llevar a efecto por el procedimiento de concurso,
Este Ministerio de Asuntos Exteriores, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, previa
autorización de las bases de la presente convocatoria por la Secretaría
de Estado para la Administración Pública, y de conformidad con
el artículo 40.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha
dispuesto:
Convocar concurso específico dirigido a los funcionarios
destinados en los Ministerios que se relacionan en la base primera
y que constará de dos fases, en atención a la naturaleza de los
puestos vacantes a cubrir, los cuales se relacionan en el anexo I
de esta Orden.
El presente concurso, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de
1976, tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios, y se desarrollará con
arreglo a las siguientes bases:
Primera.Participantes. 1. De acuerdo con lo dispuesto en
el apartado c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, a tenor del
"Diagnóstico de situación de recursos humanos", podrán participar
exclusivamente en el presente concurso:
a) Los funcionarios de carrera de la Administración del Estado
en servicio activo o en cualquier situación administrativa con
derecho a reserva de puesto, que estén destinados, con carácter
definitivo o provisional (incluida la comisión de servicios) o tengan
su reserva en los Servicios Centrales o en los Servicios del Exterior
del Ministerio de Asuntos Exteriores.
b) Los funcionarios de carrera de la Administración del Estado
en servicio activo o en cualquier situación administrativa con
derecho a reserva de puesto, que tengan destino definitivo, adscripción
provisional o reserva en los Servicios Centrales, o los Periféricos
situados en el municipio o provincia de Madrid, de los Ministerios
y organismos que se relacionan en el anexo V.
2 Cumplidos los requisitos expuestos en el apartado anterior,
podrán participar en el presente concurso los funcionarios de
carrera de la Administración General del Estado a que se refiere el
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que pertenezcan
a Cuerpos y Escalas clasificados, comprendidos en el artículo 25
de la misma, con excepción del personal docente, investigador
sanitario, de Correos y Telecomunicaciones, de transporte aéreo
y meteorología y de instituciones penitenciarias, lo que se indicará
con la correspondiente clave EX11 en el anexo I, siempre que
reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en la presente convocatoria.
Segunda. Requisitos de losparticipantes. 1. Los aspirantes
podrán encontrarse en cualquiera de las situaciones
administrativas contempladas en la legislación vigente, con las siguientes
salvedades:
a) Los funcionarios con destino definitivo podrán participar
en este concurso siempre que hayan transcurrido al menos dos
años desde la toma de posesión del último puesto de trabajo,
obtenido por los sistemas de concurso o libre designación, o por
nuevo ingreso.
Quedan exceptuados del cumplimiento del referido plazo de
permanencia aquellos funcionarios que soliciten puestos de trabajo
en el ámbito de la Secretaría de Estado donde presten servicios,
o en el ámbito del propio Departamento cuando su destino no
corresponda a una Secretaría de Estado.
Quedan asimismo exceptuados del cumplimiento de dicho
plazo de permanencia aquellos funcionarios que hayan sido
removidos del puesto de trabajo, obtenido por concurso o cesados en
el puesto obtenido por libre designación, o bien haya sido
suprimido su puesto de trabajo.
b) Los funcionarios que se encuentren en situación de
excedencia para el cuidado de hijos podrán participar si en la fecha
de terminación del plazo de presentación de instancias han
transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino
obtenido, salvo que participen para cubrir vacantes en el ámbito
de la Secretaría de Estado o del Departamento ministerial en que
tengan reservado el puesto de trabajo.
c) Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en este Departamento, salvo los que se hallen en comisión de
servicios, estarán obligados a participar en el presente concurso,
solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan
acceder por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria,
excepto los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo
mediante adscripción provisional, que sólo tendrán la obligación
de participar solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.
d) Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos
para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter
indistinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones
Públicas, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos
los indicados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio
Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos
en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida
autorización.
2. La fecha de referencia para el cumplimiento de los
requisitos exigidos, y para la posesión y valoración de los méritos que
se aleguen, será el día en que finalice el plazo de presentación
de instancias.
Tercera.Solicitudes. 1. Las solicitudes para participar en
el concurso, ajustadas al modelo que figura como anexo II, se
dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores
(Dirección General del Servicio Exterior), presentándose, en el
plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", en el Registro General del Ministerio de Asuntos
Exteriores (plaza de la Provincia, número 1, 28071 Madrid), o en
las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
2. En la solicitud de participación se detallarán, por orden
de preferencia, aquellos puestos de trabajo que se solicitan,
indicando a tal efecto el correspondiente número de orden, de acuerdo
con el anexo I.
3. Aquellos interesados que se encuentren en la situación de
excedencia por cuidado de hijos, acompañarán a su solicitud
declaración de no haber sido separados del servicio en cualquiera de
las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitados para cargo
público.
4. Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncien
en cada concurso para un mismo municipio dos funcionarios,
aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar
su petición, por razones de convivencia familiar, al hecho de que
ambos obtengan destino en ese concurso y en el mismo municipio,
entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada
por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición
condicional deberán acompañar a su instancia una fotocopia de la
petición del otro funcionario.
5. Los funcionarios con alguna discapacidad, debidamente
acreditada, podrán instar, en la propia solicitud, la adaptación
del puesto o puestos solicitados, siempre que no suponga una
modificación exorbitante en el contexto de la organización. La
Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en
entrevista personal, la información que se estime necesaria, en orden
a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganos
técnicos correspondientes respecto de la procedencia de la
adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones del puesto en concreto.
6. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias,
las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario.
Cuarta. Fases delconcurso. El presente concurso específico
consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos
generales enumerados en el apartado A) y la segunda consistirá
en la comprobación y valoración de los méritos específicos
adecuados a las características de cada puesto, y que se indican en
el correspondiente apartado del anexo I.
A) Primera fase:
1. Valoración de los méritos generales:
1.1 Grado personal consolidado: Se valorará hasta un
máximo de 4,5 puntos el grado personal consolidado por el interesado,
en relación con el nivel de complemento de destino
correspondiente al puesto de trabajo ofertado:
Por poseer un grado personal superior al nivel del puesto de
trabajo ofertado: 4,5 puntos.
Por poseer un grado personal igual al nivel del puesto de trabajo
ofertado: Cuatro puntos.
Por poseer un grado personal inferior en un nivel al del puesto
de trabajo ofertado: 3,5 puntos.
Por poseer un grado personal inferior en dos niveles al del
puesto de trabajo ofertado: Tres puntos.
Por poseer un grado personal inferior en tres niveles al del
puesto de trabajo ofertado: Dos puntos
Por poseer un grado personal inferior en cuatro o más niveles
al del puesto de trabajo ofertado: Un punto.
Aquellos funcionarios que desempeñen puesto sin nivel de
complemento de destino, se entenderá que han adquirido el grado
mínimo correspondiente a su intervalo, siempre que acrediten el
desempeño continuado de su puesto durante más de dos años
sin interrupción.
El funcionario que considere tener un grado personal
consolidado a la fecha de presentación de instancias y cuyo
reconocimiento se encuentre en tramitación, deberá aportar certificación
expresa que permita, con absoluta certidumbre, su valoración.
Esta certificación, según modelo anexo IV, será expedida por la
unidad de personal del Departamento.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido
en la Administración de las Comunidades Autómomas. En el
supuesto de que dicho grado sea superior o inferior a los extremos
del intervalo fijado para el correspondiente grupo de titulación
en el artículo 71 del Real Decreto 364/1995, deberá valorarse
el grado correspondiente a los niveles máximo y mínimo,
respectivamente, de dicho intervalo.
1.2 Trabajo desarrollado: Por el nivel de complemento de
destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado se
adjudicará hasta un máximo de 7,5 puntos, de la forma siguiente:
Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en cuatro
o más niveles al del puesto de trabajo solicitado: 7,5 puntos.
Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en tres
niveles al del puesto de trabajo solicitado: Siete puntos.
Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en dos
niveles al del puesto de trabajo solicitado: Seis puntos.
Por el desempeño de un puesto de trabajo superior en un nivel
al del puesto de trabajo solicitado: Cinco puntos.
Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel igual al
del puesto de trabajo solicitado: Cuatro puntos
Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en un nivel
al del puesto de trabajo solicitado: Tres puntos.
Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en dos niveles
al del puesto de trabajo solicitado: Dos puntos.
Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en tres niveles
al del puesto de trabajo solicitado: Un punto.
Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en cuatro
niveles o más al del puesto de trabajo solicitado: 0,5 puntos.
A estos efectos:
a) Aquellos funcionarios que estén desempeñando un puesto
de trabajo sin nivel de complemento de destino, se entenderá que
prestan sus servicios en uno del nivel mínimo correspondiente
al grupo de su Cuerpo o Escala.
b) Cuando se trate de funcionarios procedentes de las
situaciones de excedencia por el cuidado de hijos o de la de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto, se valorará el nivel
del último puesto que desempeñaban en activo o, en su defecto,
el nivel mínimo correspondiente al grupo en que se clasifique su
Cuerpo o Escala.
c) Cuando se trate de funcionarios con destino provisional
porque hayan sido cesados en puestos de libre designación, o
por supresión del puesto de trabajo, o bien removidos de los
obtenidos por concurso, y a instancia de los interesados mediante
solicitud documentada, se computará el nivel del puesto de trabajo
que ocupaban.
1.3 Antigüedad: Se valorará a razón de 0,10 puntos por año
completo de servicios reconocidos, hasta un máximo de tres
puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran
prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de
funcionario, pero no aquellos prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados.
2. Puntuación mínima: Los participantes que en esta fase no
obtengan una puntuación mínima de cuatro puntos no podrán
pasar a la segunda.
B) Segunda fase:
1. Valoración de los méritos específicos: La valoración de los
méritos específicos se efectuará a la vista de la documentación
aportada por los concursantes que hayan superado la primera
fase.
A efectos de comprobación de los méritos, la Comisión de
Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en
su caso, la documentación adicional que se estime necesaria.
Los puestos para los que se exige presentación de Memorias
o la posibilidad de celebración de entrevistas, previstos en el
artículo 45.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, se indican en
el anexo I.
La puntuación concedida a cada concursante se obtendrá
calculando la media aritmética de las otorgadas por cada uno de
los miembros de la Comisión de Valoración. Para el cálculo de
la media aritmética, deberán desecharse las puntuaciones máxima
y mínima, o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como
tales.
2. Puntuaciones máxima y mínima: La puntuación máxima
de esta segunda fase es de 10 puntos. La puntuación mínima
exigida es de cinco puntos.
Quinta. Acreditación deméritos. 1. Méritos generales: La
valoración de los méritos generales de los funcionarios
actualmente destinados en el Ministerio de Asuntos Exteriores se
efectuará mediante la verificación por parte del Servicio Personal
Funcionario del propio Departamento de los datos obrantes en el
expediente personal de cada interesado.
Los méritos generales de los restantes funcionarios deberán
ser acreditados mediante certificación, según modelo que figura
como anexo III de la presente Orden, y que deberá ser expedida:
Funcionarios en situación de servicio activo, servicios
especiales y excedencia del artículo 29.4 la Subdirección General
competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales
o Secretaría General o similar de los organismos autónomos,
cuando estén destinados o su último destino definitivo haya sido en
Servicios Centrales.
Secretarías Generales de las Delegaciones o Subdelegaciones
del Gobierno, cuando estén destinados o su último destino
definitivo haya sido en Servicios Periféricos de ámbito regional o
provincial.
2. Méritos específicos: Sólo se valorarán los méritos
específicos adecuados a las características del puesto o puestos
solicitados (entre los que podrán figurar titulaciones académicas,
cursos, diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos
profesionales, aportación de experiencia o permanencia en un
determinado puesto, etc.) que resulten debidamente acreditados
mediante las pertinentes certificaciones, justificantes o cualquier
otro medio admitido.
Sexta. Adjudicación depuestos. 1. La propuesta de
adjudicación de cada uno de los puestos se efectuará atendiendo a
la puntuación total máxima obtenida sumando los resultados
finales de las dos fases, siempre que se haya superado la puntuación
mínima exigida.
2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para
dirimirlo a la otorgada a los méritos por el siguiente orden: Méritos
específicos, grado personal, valoración del trabajo desarrollado
y antigüedad. De persistir el empate, se acudirá a la fecha de
ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde
el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el
proceso selectivo.
3. Si las puntuaciones obtenidas por un mismo concursante
le permitiera acceder a varios de los puestos de trabajo por él
solicitados, se le adjudicará aquel que en su solicitud hubiera
consignado con carácter preferente.
Séptima. Comisión deValoración. La valoración de los
méritos y la consiguiente propuesta de adjudicación de cada uno de
los puestos al solicitante que haya obtenido mayor puntuación
será realizada por una Comisión de Valoración, compuesta por:
Cuatro funcionarios a propuesta y en representación de la
Subdirección General de Personal, correspondiendo a dos de los
cuales, respectivamente, las labores de Presidencia y Secretaría de
la Comisión.
Dos funcionarios a propuesta y en representación del centro
directivo que corresponda.
Podrá formar parte de la Comisión de Valoración, asimismo,
un representante de cada una de las organizaciones sindicales
más representativas y las que cuenten con más del 10 por 100
de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas,
o en el ámbito correspondiente.
La Comisión de Valoración podrá utilizar los servicios de
asesores o colaboradores designados por la autoridad convocante,
previa solicitud de la Comisión, y que actuarán con voz, pero
sin voto.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer
a grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados y poseer grado personal o desempeñar puesto de nivel
igual o superior al de los convocados.
Octava.-El plazo para la resolución del presente concurso,
teniendo en cuenta la concurrencia del período estival, será
excepcionalmente de cuatro meses, contados desde el día siguiente al
de la finalización de la presentación de instancias.
Novena.-1. Los puestos de trabajo incluidos en la
convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan
concursantes que, habiéndolos solicitado, hayan obtenido la puntuación
mínima exigida, excepto cuando, como consecuencia de una
reestructuración, se hayan amortizado o hayan sufrido modificación
en sus características funcionales, orgánicas o retributivas.
2. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables,
salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese
obtenido otro destino mediante convocatoria pública. El escrito
de opción por uno u otro puesto se dirigirá a la autoridad a que
se refiere el punto 1 de la base tercera.
3. No se justificará, en ningún caso, la adjudicación de
puestos de trabajo a quienes, con posterioridad a la finalización del
plazo de presentación de solicitudes, hubieran dejado de reunir
los requisitos y condiciones generales de participación. En tales
casos, los interesados resultan obligados a comunicar por escrito
tal circunstancia a la Subsecretaría del Departamento. Asimismo,
deberá comunicarse cualquier cambio en la situación
administrativa cuando se produzca transcurrido el plazo de referencia.
4. Los traslados que hayan de producirse por la resolución
del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y,
en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización
por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas
en el régimen de indemnizaciones por razón de servicios.
Décima.-1. A la vista de la propuesta de la Comisión de
Valoración, el presente concurso será resuelto por Orden del Ministerio
de Asuntos Exteriores, que será publicada en el "Boletín Oficial
del Estado".
2. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,
si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Resolución
comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
3. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios
el funcionario podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades
del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse tal
circunstancia a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos
Exteriores.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por
exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en
cada caso por la Secretaría de Estado para la Administración
Pública, podrá aplazarse la fecha del cese hasta un máximo de tres
meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los dos párrafos
anteriores, el Subsecretario del Departamento donde haya obtenido
nuevo destino el funcionario, podrá conceder una prórroga de
incorporación hasta un máximo de veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por
razones justificadas.
4. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido
concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en
los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia
voluntaria.
Undécima.-La publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la Resolución del concurso, con la adjudicación de los puestos,
servirá de notificación a los interesados, y, a partir de la misma,
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los
organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas
procedentes.
Duodécima.-Contra la presente Orden, que agota la vía
administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha de
publicación, previa comunicación a este órgano ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo o ante el Tribunal
Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga el demandante
su domicilio, a opción de éste, sin perjuicio del potestativo recurso
de reposición, en el plazo de un mes desde la publicación de
esta Orden.
Madrid, 11 de junio de 1999.-P. D. (Orden 11 de marzo
de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario,
José de Carvajal.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
ANEXO I
Municipio de destino de todas las plazas: Madrid
Complemento específico Pesetas
Núm. de orden
Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto
Pun tua- ción
Memo ria/en- trevista
S UBSECRETARÍA
Escuela Diplomática
1 1 Jefe Servicio de Asuntos
Generales.
26 912.012 A/B Gestión de recursos humanos,
control y seguimiento de
Régimen Interior.
Organización de los servicios
de registro gestión
económica y contratación.
Experiencia en organización,
gestión de recursos
humanos, y régimen interior y
económico................ 5
Experiencia/conocimiento en
registro, archivo,
tratamiento y difusión de
documentación e información........ 3
Conocimientos de Informática
a nivel de usuario......... 2
Dirección General Servicio
Exterior
Subdirección General
de Administración y Control
de la Gestión
2 1 Jefe Servicio Coordinadora del
Servicio Exterior.
26 1.233.660 A/B Realización de auditorías
contables de las
representaciones en el exterior.
Experiencia/conocimiento
labores de auditoría y control
contable-presupuestario.... 5
Gestión de créditos
presupuestarios del Servicio Exterior.
Experiencia de gestión y
contratación administrativa y
tramitación de pagos a
justificar, con especial
referencia al Servicio Exterior.... 3
Conocimientos de Informática
a nivel de usuario......... 2
Dirección General de Protocolo,
Cancillería y Órdenes
Unidad de Apoyo
3 1 Jefe Servicio Asuntos
Generales.
26 912.012 A/BCoordinación administrativa
general, incluyendo la
organización del trabajo y de los
recursos humanos adscritos
a la Dirección General.
Experiencia en gestión
administrativa, organización y
dirección de equipos de trabajo . 5
Experiencia en gestión de
asuntos oficiales ante
Misiones Diplomáticas, Oficinas
Consulares Extranjeras y
Autoridades Locales....... 3
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Dirección General de Asuntos
Jurídicos y Consulares
Subdirección General Asuntos
Justicia e Interior
4 1 Jefe Servicio Asuntos Justicia
e Interior.
26 912.012 A/BApoyo y seguimiento en
materia de aplicación de
Convenios de asuntos consulares,
en el ámbito bilateral y
multilateral.
Apoyo en la actividad jurídica
del área de trabajo.
Experiencia/conocimiento en
materia de cooperación
jurídica consular bilateral en
asuntos civiles y penales . . 4
Experiencia en tramitación y
aplicación de Convenios
multilaterales con
organismos y conferencias
internacionales.................. 4
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Complemento específico Pesetas
Núm. de orden
Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto
Pun tua- ción
Memo ria/en- trevista
Subdirección General Asuntos
Extranjería
5 1 Jefe Servicio de Asilo. 26 912.012 A/BSupervisión de la tramitación
de visados relacionados con
desplazamientos y acogida
temporal por razones
humanitarias, para fines de
adopción y asilo, de larga
duración para reagrupación
familiar, jubilados y de estudios.
Experiencia/conocimiento en
políticas de inmigración y
reglamentación de
extranjeros y canalización de flujos e
integración de inmigrantes . . 5
Experiencia/conocimiento en
área de trabajo............ 5
S ECRETARÍA DE E STADO
DE P OLÍTICA E XTERIOR
Y PARA LA U NIÓN E UROPEA
Secretaría General de Política
Exterior y para la Unión Europea
Gabinete Técnico
del Secretario general
6 1 Consejero técnico. 28 1.490.004 ASupervisión en materia de
notificaciones de normas y
reglamentaciones técnicas de
productos y servicios de la
sociedad de la información y
coordinación a nivel
interministerial y relaciones con las
Comunidades Autónomas de
los expedientes nacionales y
comunitarios en el marco de
la Directiva 98/34/CE.
Experiencia en el marco de las
reglamentaciones técnicas y
servicios de la sociedad de
la información............ 4
Experiencia/conocimiento en el
ámbito de los mandatos de
la normalización y de la
reglamentación técnica de los
Estados miembros de la UE . . . 4
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
7 1 Jefe Servicio de Sistemas
Informáticos.
26 1.387.848 A/B Gestión y control del
funcionamiento de los sistemas
informáticos de la Secretaría de
Estado y su interconexión
con las Administraciones
española y europea.
Experiencia en SO Unix...... 5
Experiencia en Mensajería
Electrónica X.400......... 3
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
8 1 Técnico de
Sistemas-Administración Bases de datos.
25 1.233.660 A/B Administración de los
sistemas informáticos de la
Secretaría de Estado.
Coordinación de grupos de
trabajo.
Experiencia en planificación,
instalación y configuración
de redes.................. 4
Experiencia en administración
de redes Powerlan y
Windows NT.................. 3
Conocimientos de Unix y BRS . 3
Dirección General
de Coordinación de Asuntos
Generales y Técnicos
de la Unión Europea
Subdirección General
de Asuntos Generales
9 1 Consejero técnico Relaciones
Exteriores Países no
Preferentes.
28 1.718.736 ACoordinación y gestión de
expedientes relacionados
con temas legislativos y
comerciales tanto en
Mercado Interior como en el
ámbito exterior comunitario.
Experiencia en puestos
relacionados con temas de
Comercio Exterior y de
Mercado Interior Comunitario . 6
Experiencia en elaboración de
informes relacionados con
el área de trabajo......... 2
Conocimientos de inglés,
francés y alemán.............. 2
Subdirección General de Asuntos
Económicos y Financieros
10 1 Subdirector general adjunto. 29 2.013.588 A Apoyo y seguimiento en
materia de planificación
económica de la inversión pública,
política fiscal, financiera y
presupuestaria, en el ámbito
de la UE.
Experiencia en puestos
relacionados con asuntos
económicos y área
internacional de inversiones......... 4
Experiencia en negociaciones
sobre servicios financieros,
inversión y fiscalidad
internacional.................. 2
Experiencia en análisis de
estructura económica y
empleo................... 2
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Complemento específico Pesetas
Núm. de orden
Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto
Pun tua- ción
Memo ria/en- trevista
Subdirección General de Asuntos
Aduaneros y Comerciales
11 1 Subdirector general adjunto. 29 2.013.588 A Apoyo en el proceso de fijación
de la posición española en
el ámbito del Consejo de
Ministros de la UE en
materia propia del área de
trabajo.
Participar en Comités de
trabajos de programas
comunitarios.
Experiencia en coordinación
interministerial en las áreas
de transporte, turismo y
mercado interior en el
ámbito del comercio........... 4
Experiencia en preparación y
asistencia de los Comités de
la Comisión Europea,
grupos del Consejo y Consejos
de Ministros.............. 4
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
12 1 Jefe Servicio de Asuntos
Aduaneros.
26 1.233.660 A/B Recopilación de la legislación
comunitaria en materia
económica, comercial y
aduanera y seguimiento de las
actuaciones llevadas a cabo
por los organismos
nacionales en materia aduanera.
Experiencia/conocimiento en
la utilización de la
legislación comunitaria y
tratamiento de expedientes
administrativos........... 4
Experiencia en elaboración de
informes y propuestas en el
área de trabajo............ 3
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Licenciado en Derecho,
Ciencias Económicas o
Empresariales..................... 1
Dirección General
de Coordinación del Mercado
Interior y otras Políticas
Comunitarias
Subdirección General de Asuntos
Industriales, Energéticos,
de Transporte y Comunicaciones
y de Medio Ambiente
13 1 Subdirector general adjunto. 29 2.013.588 AApoyo en el proceso de fijación
de la posición española en el
ámbito del Consejo de
Ministros de la UE en materia
propia del área de trabajo.
Participar en Comités de
trabajos de programas
comunitarios.
Experiencia en coordinación
interministerial en el área de
trabajo................... 4
Experiencia en preparación y
asistencia de los Comités de
la Comisión Europea,
grupos del Consejo y Consejos
de Ministros.............. 4
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Subdirección General
de Asuntos Jurídicos
14 1 Jefe de Área de Asuntos
Jurídicos.
28 1.718.736 A Elaboración de informes y
propuestas sobre expedientes
de infracción y sobre la
aplicación del derecho
comunitario.
Experiencia en expedientes de
infracción en diversos
sectores de derecho comunitario
y en notificación de ayudas
públicas.................. 5
Experiencia en actividades de
coordinación de
Administraciones afectadas en la
aplicación del derecho comunitario . 3
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
15 1 Jefe Servicio de Acción y
Recursos.
26 1.233.660 A/B Actividades de coordinación
con las Administraciones
Públicas en materia de
ayudas y funciones de
Secretaría del grupo de ayudas de
la CIAUE.
Experiencia en tramitación y
en la notificación de ayudas
públicas.................. 5
Experiencia en actividades de
coordinación autonómica
en la materia.............. 3
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Complemento específico Pesetas
Núm. de orden
Núm. de plazas Denominación de puesto de trabajo Nivel Grupo Descripción principal actividad del puesto Méritos específicos adecuados a las características del puesto
Pun tua- ción
Memo ria/en- trevista
S ECRETARÍA DE E STADO
PARA LA C OOPERACIÓN I NTERNACIONAL
Y PARA I BEROAMÉRICA
Dirección General
de Relaciones Económicas
Internacionales
Subdirección General
de Relaciones Económicas
Bilaterales con Europa
y países OCDE
16 1 Jefe Servicio Relaciones
Económicas con Países de
Europa Oriental.
26 912.012 A/B Elaboración de informes sobre
situación económica y
relaciones bilaterales con países
del área.
Información, seguimiento,
gestión y apoyo a empresas
e instituciones con intereses
en los países de la zona.
Experiencia en el área de
trabajo...................... 4
Experiencia en elaboración de
informes económicos...... 4
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Dirección General
de Relaciones Culturales
y Científicas
Unidad de Apoyo
17 1 Jefe Servicio Asuntos
Generales.
26 912.012 A/B Gestión de recursos humanos,
control y seguimiento de
régimen interior.
Gestión económica y
contratación.
Ejecución presupuestos
oficinas culturales en el exterior.
Experiencia en gestión de
recursos humanos......... 3
Experiencia en preparación,
seguimiento y control
presupuestario................. 3
Conocimientos de informática
a nivel de usuario......... 2
Conocimientos de inglés y
francés................... 2
Claves adscripción: Cuerpos/Escalas según RPT vigente todos los puestos ofertados con clave EX11, a excepción del puesto con
número de orden 5, cuya clave es EX11-FC1 (personal Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).
ANEXO: (Ver imágenes páginas 25571 a 25573).
Observaciones (11)
(Firma y sello)
INSTRUCCIONES
(1) Especificar la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala, utilizando las siguientes siglas:
C: Administración del Estado.
A: Autonómica.
L: Local.
S: Seguridad Social.
(2) Sólo cuando consten en el expediente; en otro caso, deberán acreditarse por el interesado mediante la documentación pertinente.
(3) Si no hubiere transcurrido un año desde la fecha del cese, deberá cumplimentarse el apartado 3.a).
(4) Puestos de trabajo obtenidos por concurso, libre designación y nuevo ingreso.
(5) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo, comisión de servicios, y los previstos en el
artículo 63, a) y b), del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril).
(6) Si se desempeñara un puesto en comisión de servicios, se cumplimentarán, también, los datos del puesto al que está adscrito
con carácter definitivo el funcionario, expresados en el apartado 3.1.
(7) No se cumplimentarán los extremos no exigidos expresamente en la convocatoria.
(8) De hallarse el reconocimiento del grado en tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el órgano
competente.
(9) Los que figuren en el expediente referidos a los últimos cinco años. Los interesados podrán aportar, en su caso, certificaciones
acreditativas de los restantes servicios que hubieran prestado.
(10) Si el funcionario completara un año entre la fecha de publicación de la convocatoria y la fecha de finalización del plazo
de presentación de instancias, deberá hacerse constar en observaciones.
(11) Este recuadro o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica.
ANEXO IV
(Certificado de grado consolidado)
Don/doña...........................................................
Cargo................................................................
CERTIFICO: Que, según los antecedentes obrantes en este centro:
Don/doña...........................................................
NRP:.....................Funcionario/a del Cuerpo/Escala.........
con fecha............................ haconsolidado el grado
personal.....................,encontrándose el reconocimiento del
mismo en tramitación.
Para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ministerio
de Asuntos Exteriores, firmo la presente certificación en...........
..................... a....... de ..................... de 199 .....
ANEXO V
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus
organismos autónomos.
Ministerio de Fomento y sus organismos autónomos.
Ministerio de Educación y Cultura y sus organismos autónomos.
Ministerio de Industria y Energía y sus organismos autónomos.
Ministerio de Sanidad y Consumo (excluyendo el Instituto
Nacional de la Salud) y sus organismos autónomos.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (incluyendo el Instituto
Nacional de Migraciones y Servicios Sociales y excluyendo el resto
de Entidades Gestoras) y sus organismos autónomos, excepto el
Instituto Nacional de Empleo.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid