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Documento BOE-A-1999-14827

Sentencia de 24 de abril de 1999, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija doctrina legal en relación con el artículo 63.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 5 de julio de 1999, páginas 25635 a 25635 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Supremo
Referencia:
BOE-A-1999-14827

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de casación en interés de la Ley número 5480/98, interpuesto por el Instituto Nacional de la Salud, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 24 de abril de 1999, que contiene el siguiente fallo:

«Que estimando el recurso de casación en interés de Ley interpuesto por el Instituto Nacional de la Salud, contra la sentencia de 14 de noviembre de 1997, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Burgos, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el recurso contencioso-administrativo número 737/1997, se fija la siguiente doctrinal legal: ``El artículo 63.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común no implica la nulidad del acto de imposición de una sanción administrativa fuera del plazo legalmente previsto para la tramitación del expediente sancionador''.

Todo ello con respeto de la situación jurídica particular derivada de la sentencia recurrida y sin hacer expresa imposición de costas.

Publíquese este fallo en el ``Boletín Oficial del Estado'', a los efectos previstos en el artículo 100.7 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.« Madrid, 24 de abril de 1999.-El Presidente, Enrique Cáncer Lalanne.-Magistrados, Ramón Trillo Torres, Manuel Goded Miranda, Juan José González Rivas y don Fernando Martín González.

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