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Documento BOE-A-1999-14928

Resolución de 9 de junio de 1999, de la Dirección General de la Energía, por la que se certifica el colector solar plano, marca «Société Jacques Giordano Industries», fabricado por «Société Jacques Giordano Industries».

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 1999, páginas 25752 a 25752 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-14928

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de la Energía la solicitud presentada por «Jacques Giordano Industries», con domicilio social en 529 Avenue de la Fleuride, municipio de 13685 Aubagne (Francia), para la certificación de un colector solar plano, fabricado por «Jacques Giordano Industries» en su instalación industrial ubicada en Aubagne (Francia).

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante dictamen técnico con clave EN/TRE/0465/001/INTA/93, y la entidad colaboradora Novotec Consultores, por certificado de clave NM-NH-JG.JG.IA-01, han hecho constar, respectivamente, que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares.

Esta Secretaría de Estado, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-0399, y con fecha de caducidad el día 9 de junio de 2002, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 9 de junio de 2002.

Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y, por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra esta Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación al Secretario de Estado de Energía y Recursos Minerales, conforme a lo previsto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» número 285, de 27 de noviembre de 1992).

Marca: «Société Jacques Giordano Industries».

Modelo: C2 S.

Características:

Material absorbente: Aletas de Al, tubo Cu.

Tratamiento superficial: Níquel negro.

Superficie útil: 2,07 metros cuadrados.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de junio de 1999.–El Director general, Antonio Gomis Sáez.

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