Vista la petición presentada por la entidad «Ingenimarc Maquinaria Técnica, Sociedad Limitada», domiciliada en ronda Bellavista, 45, de Mataró, en solicitud de aprobación de modelo de un instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca «AVL», modelo 4.000, la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico, y la Orden de 15 de abril de 1998 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre dichos instrumentos, ha resuelto:
Conceder aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad «Ingenimarc Maquinaria Técnica, Sociedad Limitada», de un instrumento destinado a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), marca «AVL», modelo 4.000.
Las características metrológicas son:
Clase de precisión: I.
Tipo de gas | Campo de medida | Resolución |
---|---|---|
CO | 0-10 por 100 vol. | 0,01 por 100 vol. |
CO2 | 0-20 por 100 vol. | 0,1 por 100 vol. |
HC | 0-20.000 ppm vol. | 1 ppm vol. |
O2 | 0-22 por 100 vol. |
0,01 por 100 vol. (0-4 por 100 vol.) 01, por 100 vol. (4-22 por 100 vol.) |
Temperatura: 5 ºC-40 ºC.
Caudal nominal: 6 l/mín.
Caudal mínimo: 3 l/mín.
El modelo aprobado se presenta en tres versiones:
Digas 4.000: Analizador de gases ampliable a opacímetro.
Dicom 4.000: Equipo combinado para actuar como analizador de gases y opacímetro.
Digas 4.000 Light: Analizador de gases sin ampliación a opacímetro.
La aprobación a que se refiere esta Resolución sólo alcanza al funcionamiento de cualquiera de las tres versiones como analizador de gases según lo previsto en la Orden de 15 de abril de 1998.
El signo de aprobación de modelo asignado es:
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán visibles las siguientes inscripciones de identificación:
Nombre del fabricante.
Año de fabricación.
Designación del modelo.
Número de serie del instrumento.
Signo de aprobación de modelo.
Caudales mínimo y nominal.
Tensión, frecuencia y potencia nominal requeridas.
Componentes gaseosos y valores máximos de medida.
Descripción del tipo de célula de oxígeno.
Clase: I.
Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial.
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular solicitará a la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de la aprobación, caso de estar interesada en ello.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 27 de mayo de 1999.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.
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