Visto el expediente de indulto de don Juan Ramos Caballero, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de Jerez de la Frontera, en sentencia
de fecha 4 de febrero de 1998, como autor de un delito de lesiones, a
la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 25 de junio de 1999,
Vengo en conmutar a don Juan Ramos Caballero la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de cuatrocientos
días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 200 pesetas, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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