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Documento BOE-A-1999-1624

Orden de 27 de noviembre de 1998 por la que se modifica la autorización, por ampliación de unidades, de los centros privados de Educación Infantil y Primaria denominados «Santa Joaquina de Vedruna», de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 1999, páginas 3264 a 3264 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-1624

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de doña Amalia Fernández López, en representación de las «Hermanas Carmelitas de la Caridad», titular del centro privado de Educación Infantil, denominado «Santa Joaquina de Vedruna», domiciliado en la calle Santa Joaquina de Vedruna, número 1, y calle Infante don Juan Manuel, número 1, de Murcia, solicitando modificación de la autorización del centro, por ampliación de tres unidades de segundo ciclo,

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Modificar la actual autorización de los centros privados que se describen a continuación, ampliando tres unidades de Educación Infantil y reduciendo una unidad de Educación Primaria:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Santa Joaquina de Vedruna».

Persona o entidad titular: «Hermanas Carmelitas de la Caridad».

Domicilio: Calle Santa Joaquina de Vedruna, número 1, y calle Infante don Juan Manuel, número 1.

Localidad: Murcia.

Municipio: Murcia.

Provincia: Murcia.

Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de Segundo Ciclo.

Capacidad: Nueve unidades con 225 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Santa Joaquina de Vedruna».

Persona o entidad titular: «Hermanas Carmelitas de la Caridad».

Domicilio: Calle Santa Joaquina de Vedruna, número 1, y calle Infante don Juan Manuel, número 1.

Localidad: Murcia.

Municipio: Murcia.

Provincia: Murcia.

Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria.

Capacidad: 18 unidades con 450 puestos escolares.

Segundo.

Provisionalmente y hasta que no se implante las enseñanzas definitivas, según lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 17 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 17), el centro «Santa Joaquina de Vedruna», hasta la finalización del curso 2001/2002, dispondrá de una capacidad máxima de nueve unidades de Educación Infantil, Segundo Ciclo, con 315 puestos escolares.

Tercero.

El personal que atienda las unidades autorizadas en el Centro de Educación Infantil, deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio. La titularidad del centro remitirá a la Dirección Provincial del Departamento en Murcia, la relación del profesorado, con indicación de su titulación respectiva.

La Dirección Provincial previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación del personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.

El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los edificios aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Quinto.

Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.

Sexto.

Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 27 de noviembre de 1998.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Francisco López Rupérez.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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