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Documento BOE-A-1999-16455

Resolución de 15 de julio de 1999, de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, por la que se convocan los Premios Nacionales 1999 a la innovación educativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1999, páginas 28194 a 28195 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-16455

TEXTO ORIGINAL

Una de las funciones de la escuela es dotar a los estudiantes de

conocimientos amplios, bien asimilados y sólidos y prepararlos para el

aprendizaje permanente que les exigirá su futuro desenvolvimiento profesional

y personal. Por eso, mejorar la enseñanza y la práctica docente, innovando

sus aspectos más relevantes, es uno de los objetivos de las Administraciones

educativas.

La calidad de la educación depende en gran medida de la capacidad

de los profesores y del sistema educativo para renovarse de acuerdo con

las nuevas demandas sociales, con las circunstancias siempre cambiantes

del alumnado, con los nuevos conocimientos científicos y didácticos y

los correspondientes métodos e instrumentos que estos conocimientos

permiten. La innovación educativa al introducir novedades o renovar la

práctica docente constituye un elemento interno de calidad de la educación.

Por otra parte, una enseñanza de calidad no debe desligarse en ningún

caso de una efectiva igualdad de oportunidades. En último término, la

preocupación por la calidad ha de tener como objetivo "una educación

de calidad para todos". Por ello, resulta aconsejable potenciar aquellas

experiencias innovadoras dirigidas a atender a la diversidad del alumnado,

dando prioridad a las que se llevan a cabo en aquellos centros con alumnos

que se encuentran en una situación de desventaja debido a características

de índole personal o bien de carácter social. En este sentido, serán objeto

de atención preferente, en la presente convocatoria, los trabajos de

innovación realizados en centros que escolarizan a alumnos con necesidades

educativas especiales o que pertenecen a minorías étnicas o culturales

en desventaja social, así como los correspondientes a centros situados

en zonas rurales o zonas con un entorno social deprimido.

En la presente convocatoria, se concede también especial importancia

a los trabajos relacionados con los currículos de la Educación Infantil,

Primaria y Secundaria, así como a los materiales para su desarrollo,

entendiendo por currículo, tanto las áreas o materias de las distintas etapas,

como los temas denominados transversales que forman parte de las

mismas, los valores y las actitudes que deben propiciarse en el aula.

Por todas estas razones, el Ministerio de Educación y Cultura,

consciente de la importancia que tiene para el sistema educativo incentivar

la práctica docente, motivando al profesorado e impulsando su implicación

en la innovación educativa, ha decidido convocar premios nacionales,

dirigidos a los docentes de todo el territorio nacional y utilizando para ello

sus propios recursos de funcionamiento, dado que en la estructura

presupuestaria no existe partida susceptible de territorialización o

transferencia a las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia

educativa.

Dicha convocatoria, que, en un marco de respeto al orden constitucional

de distribución de competencias, no pretende incidir en la organización

educativa, será gestionada directamente por el CIDE. Con ello se pretende

asegurar la plena efectividad de la medida de fomento, garantizar las

mismas posibilidades de obtención y disfrute por la cuantía global de los

fondos destinados a esta actividad. Por ello, a la presente Orden le es

de aplicación la normativa contenida en los artículos 81 y siguientes del

texto refundido de la Ley General Presupuestaria, así como el Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

para la concesión de subvenciones.

Por todo lo cual, esta Secretaría de Estado de Educación, Universidades,

Investigación y Desarrollo ha resuelto convocar premios nacionales a la

innovación para el año 1999 de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Los premios contarán con una dotación máxima de 5.000.000

de pesetas, que serán abonadas con cargo a la aplicación

presupuestaria 18.09.542G.227.06 y con arreglo a la siguiente distribución:

Un primer premio de 2.000.000 de pesetas.

Un segundo premio de 1.000.000 de pesetas.

Cuatro terceros premios de 500.000 pesetas.

Así como un máximo de diez menciones honoríficas, sin dotación

económica, si la calidad de los trabajos presentados y no premiados lo permite,

a juicio del jurado.

Segunda.-Podrán participar en la presente convocatoria los profesores

o equipos de profesores de régimen general y especial que ejercen en

los niveles educativos previos a la enseñanza universitaria en centros

españoles públicos, concertados y privados de todo el territorio nacional y

en centros españoles en el exterior, que estuvieran en activo durante la

realización de la experiencia innovadora que se presenta a concurso.

Tercera.-Para optar a estos premios, los participantes deberán

presentar un trabajo de innovación que habiendo sido realizado durante los

últimos tres años tenga una aplicación práctica en el aula y contribuya

a la mejora de la calidad educativa.

Serán objeto de atención preferente los trabajos de innovación,

experimentación y desarrollo curricular de las enseñanzas de Educación

Infantil, Primaria y Secundaria, que busquen una formación más rica, dentro

de la cual serán objetivos preferentes:

La enseñanza de materias instrumentales: Lengua y Matemáticas.

La educación en valores y derechos humanos, especialmente la

educación para la salud, la paz y vial.

La educación dirigida a alumnos con necesidades educativas especiales.

La educación dirigida a alumnos que pertenecen a minorías étnicas

o culturales.

La educación dirigida a alumnos de zonas rurales, de un entorno social

deprimido o en desventaja social.

La orientación escolar en la Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

La Formación Profesional.

Cuarta.-Los trabajos deberán ser originales e inéditos. No podrán

participar aquellos trabajos que hubieran sido premiados en cualquier

convocatoria pública o privada anterior a la publicación de la presente

convocatoria, así como tesis doctorales para las cuales existe una convocatoria

específica.

Los trabajos se presentarán por triplicado en el registro del Ministerio

de Educación y Cultura (calle Los Madrazo, números 15 y 17, 28014 Madrid)

o en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de

14 de enero. En el caso de que optaran por enviar su solicitud por correo,

lo harán directamente en una oficina de correos, en sobre abierto, para

que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser

certificada.

Si los trabajos estuvieran redactados en la lengua propia de su

Comunidad Autónoma, por tener ésta cooficialidad de lenguas, se deberá

acompañar una traducción al castellano avalada con la conformidad de la

Administración educativa competente.

Quinta.-A los trabajos se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Instancia dirigida al Secretario de Estado de Educación,

Universidades, Investigación y Desarrollo, firmado por el autor o representante,

en su caso, de los autores de la experiencia, según figura en el anexo

de esta Orden.

b) Certificación del Director del centro, acreditativa de que los

concursantes prestan sus servicios como personal docente en dicho centro,

o han estado destinados en el mismo con este carácter durante la

realización de la experiencia. En el supuesto de que uno de los autores del

trabajo sea el Director del centro, la certificación habrá de ser expedida

por la autoridad administrativa de la que dependa.

c) Memoria descriptiva, de un máximo de diez folios, donde se refleje

autor o autores, fecha de comienzo, fecha de finalización, fundamentación

teórica, desarrollo de la experiencia, grupo receptor, objetivos, actividades,

metodología, evaluación y bibliografía.

d) Resumen de la experiencia en un máximo de dos folios a doble

espacio.

e) En toda portada, página inicial o cubierta del material presentado

debe figurar, al menos, el título del trabajo de innovación y la indicación

Premios Nacionales 1999 a la innovación educativa.

f) En el supuesto de que existieran anexos éstos se presentarán en

el mismo formato del trabajo. Para los anexos sólo se exige la presentación

de un ejemplar.

g) Certificación actualizada de estar al corriente de las obligaciones

tributarias y, en su caso, con la Seguridad Social, expedida por la Agencia

Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.

h) Declaración jurada de que el trabajo no haya sido premiado o

publicado con anterioridad.

Sexta.-Si la documentación aportada no reuniera los requisitos

exigidos en la convocatoria se requerirá al interesado para que, en el plazo

de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos.

Si en este plazo no se produjese la rectificación se le tendrá por desistido

de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos

previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

Séptima.-El plazo de presentación de los trabajos será de sesenta días

naturales a contar desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" de la presente Resolución.

Octava.-Los trabajos presentados que se ajusten a la normativa vigente

serán examinados y evaluados por un Jurado de selección constituido por:

Presidente: El Secretario de Estado de Educación, Universidades,

Investigación y Desarrollo o persona en quien delegue.

Vicepresidente: El Director del Centro de Investigación y

Documentación Educativa (CIDE) o persona en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Dirección General de Coordinación y de la

Alta Inspección.

Un representante de la Dirección General de Centros Educativos.

Un representante de la Dirección General de Formación Profesional

y Promoción Educativa.

Un representante de la Subdirección General de Formación del

Profesorado.

Un representante del Programa de Nuevas Tecnologías de la

Información y la Comunicación.

Tres funcionarios del CIDE, uno de los cuales actuará de Secretario,

con voz pero sin voto.

El jurado podrá solicitar la colaboración de personas de reconocido

prestigio o destacados por su labor en los temas objeto de la presente

convocatoria.

Novena.-La presentación de los trabajos supone la aceptación de las

bases de la presente convocatoria.

Décima.-Los premios podrán ser declarados desiertos.

Undécima.-Los premios estarán sujetos a retención fiscal de acuerdo

con lo establecido en los artículos 16 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre,

del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras normas

tributarias, y 10.1 del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, por el que

se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, y se abonarán al autor o autores de los trabajos premiados en

el porcentaje de participación que se señale en la solicitud.

Duodécima.-Una vez propuesta la concesión de los premios por el

jurado de selección establecido al efecto y realizado el trámite de audiencia,

el Centro de Investigación y Documentación Educativa, como órgano

instructor, elevará propuesta para la concesión de los premios al Secretario

de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, quien

resolverá la convocatoria por Resolución que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha

de finalización del plazo de solicitud.

Decimotercera.-Contra la resolución de concesión de premios dictada

por el Secretario de Estado y la presente Resolución, que agotan la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo

órgano, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero, o ser impugnados directamente ante la

jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir del

día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante

la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,

conforme a lo dispuesto en el artículo 66 y demás preceptos concordantes

de la Ley 6/1998, de 13 de julio, y en la forma que previene el artículo

45 de la Ley 19/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Decimocuarta.-El Ministerio de Educación y Cultura se reserva el

derecho a la reproducción, publicación y difusión de los trabajos de innovación

premiados, así como a guardar un ejemplar de los mismos para su depósito

en la Biblioteca del Departamento. Respecto a los trabajos que sean

publicados se entenderá que los autores renuncian a los derechos de autor

de la primera edición. Para sucesivas ediciones se convendrán con los

respectivos autores las condiciones oportunas.

Los participantes que resulten premiados quedarán obligados a

presentar copia del trabajo de innovación en soporte informático (cualquier

versión de los procesadores Word o WordPerfect), siempre que la

naturaleza del trabajo lo permita.

Decimoquinta.-Los trabajos no premiados deberán ser recogidos por

los interesados o por persona debidamente autorizada en la sede del CIDE,

calle General Oraá, número 55, de Madrid, durante los dos meses siguientes

a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la Resolución de

la convocatoria. Pasado ese plazo, se procederá a su destrucción.

Madrid, 15 de julio de 1999.-El Secretario de Estado, Jorge Fernández

Díaz.

Ilmo. Sr. Director del Centro de Investigación y Documentación Educativa.

Departamento.

ANEXO

Instancia

Premios Nacionales a la Innovación Educativa 1999

1. DATOS DEL CENTRO

1.1 Denominación:

1.1 Público

1.1 Concertado

1.1 Privado

1.2 Dirección:........................................................................

1.3 Localidad:................................... 1.4Código postal: ..........

1.5 Provincia:................................... 1.6Teléfono/fax:...........

2. DATOS DE LOS AUTORES

Autor(es) NRP NIF Especialidad Porcentaje

Participación

3. DATOS DE LA EXPERIENCIA

3.1 Título:.............................................................................

3.2 Área(s) de innovación:........................................................

3.3 Etapa educativa, ciclo y curso(s):...........................................

3.4 Formatos en que se presenta el material:.................................

Libro Vídeo Diapositivas

Material informático Otros (especificar):...................

3.5 Duración de la experiencia:..................................................

Don/doña:..................................................................................,

Autor/a (o, en su caso, representante) del trabajo de innovación educativa

................................................................................................,

Remito la presente instancia junto con los ejemplares del trabajo, anexos

y certificación del Director del centro, al objeto de participar en la

convocatoria de Premios de Innovación Educativa 1999.

(Lugar, fecha, firma y sello.)

Ilmo. Sr. Secretario de Estado de Educación, Universidades, Investigación

y Desarrollo.

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