La Orden de 30 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" de 14 de diciembre), por la que se convocan
procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de
Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y
procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los
funcionarios de los mencionados Cuerpos, establece, en sus
apartados 8.3.6 y 20.2, que, por las Comisiones de Selección, se
expondrán en los tablones de anuncios de las Direcciones
Provinciales, las listas de los aspirantes seleccionados,
confeccionadas en la forma prevista en el apartado 8.3.5, así como la de
los aspirantes declarados aptos en el procedimiento de adquisición
de nuevas especialidades.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 8.3.6 de la
citada Orden de convocatoria,
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Ordenar la exposición, a partir del día 3 de agosto,
en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del
Ministerio de Educación y Cultural o, en su caso, de los órganos
correspondientes de las Comunidades Autónomas de Madrid y
Murcia, de las listas de los aspirantes seleccionados, con
indicación de la puntuación total que han obtenido y de la provincia
asignada para la realización de la fase de prácticas.
Segundo.-Contra las listas a las que alude el apartado anterior,
los interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo
de un mes, ante la Dirección General de Personal y Servicios,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tercero.-Los aspirantes que hayan superado los
procedimientos selectivos de ingreso o acceso a los Cuerpos de Profesores
y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño deberán presentar,
ante la Dirección Provincial de la provincia a la que hayan sido
destinados para la realización de la fase de prácticas o, en su
caso, en los órganos correspondientes de las Comunidades
Autónomas de Madrid y Murcia, la documentación que les corresponda
de las aludidas en la base 9 de la Orden de convocatoria, dentro
de los plazos establecidos en la citada base.
La Dirección Provincial o, en su caso, los órganos
correspondientes de las Comunidades Autónomas de Madrid y Murcia
asignarán el centro concreto en el que, con carácter provisional,
deberán realizar la fase de prácticas. Para ello, se tendrá en cuenta
la solicitud de petición de centros que según lo indicado en el
apartado 9.2.1 de la Orden de convocatoria, deberán presentar
los aspirantes seleccionados, quedando obligados a obtener
destino definitivo en centros de la Comunidad Autónoma por la que
hayan participado, a través de los sucesivos concursos de traslados
a los que vienen obligados a participar, de acuerdo con el
apartado 10.3 de la citada Orden de convocatoria.
Cuarto.-De conformidad con lo previsto en el apartado 9.2.3
de la Orden de convocatoria, los aspirantes seleccionados que,
en el plazo de veinte días naturales desde la exposición por las
correspondientes Comisiones de Selección de las listas de
seleccionados, no hayan presentado los documentos enumerados en
la base 9 de la referida Orden de convocatoria o del examen de
los mismos se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la misma Orden, decaerán de todos
sus derechos a ser nombrados funcionarios de carrera.
Asimismo, la calificación de "apto" de los aspirantes que han
participado en el procedimiento de adquisición de nuevas
especialidades queda condicionada a la comprobación de que los
mismos reúnen los requisitos exigidos en la base 15 de la precitada
Orden de convocatoria.
Quinto.-Ordenar la exposición, a partir del día 3 de agosto,
en los tablones de anuncios de las correspondientes Direcciones
Provinciales o, en su caso, en los órganos correspondientes de
las Comunidades Autónomas de Madrid y Murcia, de las listas
con las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso,
una vez vistas y atendidas las reclamaciones presentadas contra
las puntuaciones provisionales que se hicieron públicas por
Resolución de 1 de julio de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 7).
Declarar desestimadas las reclamaciones no recogidas en las
listas a que se refiere el párrafo anterior.
Contra las puntuaciones indicadas en las citadas listas, los
interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de un
mes, ante la Dirección General de Personal y Servicios, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Sexto.-Disponer, de conformidad con la base 13 de la citada
Orden de 30 de noviembre de 1998, la publicación a partir del
día 1 de septiembre de 1999, en los tablones de anuncios de
las Direcciones Provinciales o, en su caso, en los órganos
correspondientes de las Comunidades Autónomas de Madrid y Murcia,
de las listas de aspirantes para cubrir, en régimen de
interinidad, las necesidades docentes que puedan producirse en el
curso 1999/2000, atendiendo a la petición de provincias
solicitadas por los interesados.
Séptimo.-Por la Dirección General de Personal y Servicios o,
en su caso, por los órganos correspondientes de las Comunidades
Autónomas de Madrid y Murcia, se adoptarán cuantas medidas
e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta
Resolución.
Madrid, 30 de julio de 1999.-El Director general, Rafael Catalá
Polo.
Sr. Subdirector general de Gestión de Profesorado de Educación
Secundaria, de Formación Profesional y de Régimen Especial.
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