Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones
Docentes de la denominada "Fundación para el Fomento de la Ingeniería del
Agua", instituida y domiciliada en Valencia, Departamento de Ingeniería
Hidráulica y Medio Ambiente de la Universidad Politécnica de Valencia,
calle Ramiro de Vera, sin número.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación fue constituida por la Universidad de Granada,
Universidad Politécnica de Madrid, Universidad de Córdoba, Universidad
Politécnica de Cataluña y Universidad Politécnica de Valencia en escritura
otorgada en Valencia el día 29 de junio de 1998, subsanada por otra
otorgada en Córdoba el 31 de julio de 1998.
Segundo.-Tendrá por objeto fomentar el avance del conocimiento en
ingeniería del agua, orientado fundamentalmente a los siguientes campos:
Agua y medio ambiente, aprovechamientos hidroeléctricos, economía y
legislación del agua, desalinización, ingeniería del litoral, ingeniería
oceanográfica y obras marítimas, ingeniería de presas, hidráulica fluvial,
hidráulica e hidrología urbana, hidráulica de medios porosos, hidrología
torrencial. Corrección hidrológico forestal, hidrología subterránea, hidrología
superficial, hidromecánica, maquinaria e instalaciones hidráulicas,
planificación y gestión de recursos hídricos, riegos y drenajes, tratamiento
y depuración de agua.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la
escritura de constitución, asciende a 2.500.000 pesetas, habiéndose quedado
pendiente de desembolso la cantidad de 375.000 pesetas.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación
se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento
y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los
Patronos sus cargos con carácter gratuito.
Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por don Justo
Nieto Nieto, en su calidad de Rector de la Universidad Politécnica de
Valencia, como Presidente; don Enrique Cabrera Marce, Catedrático de
Mecánica de Fluidos, como Vicepresidente, y como sustituto del mismo
don Vicent B. Espert Alemany; don Saturnino de la Plaza Pérez, en su
calidad de Rector de la Universidad Politécnica de Madrid; don Eugenio
Domínguez Vílchez, en su calidad de Rector de la Universidad de Córdoba;
don Jaume Pajés Fita, en su calidad de Rector de la Universidad Politécnica
de Cataluña; don Lorenzo Morillas Cueva, en su calidad de Rector de
la Universidad de Granada; don Alberto Losada Villasante, Catedrático
del área de "Ingeniería Hidráulica" de la Universidad Politécnica de Madrid;
don José Roldán Cañas, Catedrático de la Universidad de Córdoba; don
Josep Dolz Ripollés, Catedrático del área de "Ingeniería Hidráulica" de
la Universidad Politécnica de Cataluña, y don Miguel Ángel Losada
Rodríguez, Catedrático del área de "Ingeniería Hidráulica" de la Universidad
de Granada, como Vocales, y don Rafael Pérez García, Profesor titular
de Ingeniería Hidráulica de la Universidad Politécnica de Valencia, como
Secretario; habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.
Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge
en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los
mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.
Vistos la Constitución vigente; la ley 30/1994, de 24 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones y de Incentivos Fiscales
a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Real
Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo),
por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia
Estatal; el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
de 1 de marzo de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 29); el Reglamento
de Fundaciones Culturales Privadas, de 21 de julio de 1972 ("Boletín
Oficial del Estado" de 30 de octubre), y demás disposiciones de general
y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de
fundación para fines de interés general.
Segundo.-De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 del
Reglamento de Fundaciones de 1996, en relación con el artículo 103 del
Reglamento de 1972, es competencia del titular del Departamento de
Educación y Cultura el disponer la inscripción en el Registro de las Fundaciones
de tipo docente, de investigación y deportivas de competencia estatal,
facultad que tiene delegada en el Secretario general técnico por Orden
de 18 de mayo de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 21).
Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la
inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano
al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución
de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la
dotación, considerándose competente a tal efecto la Unidad Administrativa
del Protectorado.
Cuarto.-Examinados los fines de la Fundación y el importe de la
dotación, la Unidad Administrativa del Protectorado estima que aquéllos son
de investigación e interés general y que la dotación es inicialmente
adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines; por lo que, acreditado
el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley
y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro
de Fundaciones como de ámbito estatal.
Este Ministerio, vista la propuesta formulada por la Unidad
Administrativa del Protectorado y de conformidad con el informe del Servicio
Jurídico del Departamento, ha dispuesto:
Inscribir en el Registro de Fundaciones Docentes a la denominada
"Fundación para el Fomento de la Ingeniería del Agua", de ámbito estatal,
con domicilio en Valencia, Departamento de Ingeniería Hidráulica y Medio
Ambiente de la Universidad Politécnica, calle Camino de Vera, sin número,
así como el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los
antecedentes de hecho.
Madrid, 16 de julio de 1999.-P. D. (Orden de 18 de mayo de 1999,
"Boletín Oficial del Estado" del 21), el Secretario general técnico, Tomás
González Cueto.
Unidad Administrativa del Protectorado de Fundaciones.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid