Visto el expediente instruido a instancia de don Antonio Martín Sanz,
en representación de "Institución de Servicios Educativos, Sociedad
Anónima", titular del centro privado de Educación Infantil denominado "Santo
Tomás de Aquino", domiciliado en calles Escritorios, 13 y 15, y Cervantes,
número 15, en solicitud de extinción de su autorización por cese de sus
actividades docentes,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar la extinción de la autorización, por cese de
actividades docentes, del centro privado de Educación Infantil denominado
"Santo Tomás de Aquino", domiciliado en calles Escritorios, 13 y 15, y
Cervantes, 10.
Segundo.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el
funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que
se instase la reapertura del mismo dar cumplimiento a los preceptos legales
vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación
de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el
plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 28 de junio de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17
de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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