Visto el expediente iniciado a instancia de la Dirección General de
Centros Docentes de la Comunidad de Madrid, solicitando la modificación
de la autorización del centro de Formación Profesional Específica "Nuestra
Señora de la Victoria de Lepanto", sito en la calle Luis de Requeséns,
3, de Villarejo de Salvanés (Madrid),
Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 de Real
Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización del centro de Formación
Profesional Específica "Nuestra Señora de la Victoria de Lepanto", ampliando la
misma para impartir el ciclo formativo de grado superior de Administración
y Finanzas, con una capacidad de dos grupos y 60 puestos escolares.
Segundo.-El centro deberá cumplir los requisitos de titulaciones del
profesorado y el equipamiento didáctico adecuados a las nuevas
enseñanzas que se autorizan.
Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la
notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos
25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestatimamente en reposición, en el
plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 21 de mayo de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de
junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,
Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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