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Documento BOE-A-1999-17009

Orden de 21 de mayo de 1999 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Específica «Escuela Familiar Agraria el Llano», sito en Humanes de Mohernando (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1999, páginas 29298 a 29298 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-17009

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la

compañía mercantil "Centro de Iniciativas para la Formación Agraria,

Sociedad Anónima", solicitando la modificación de la autorización de

apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Específica

"Escuela Familiar Agraria el Llano", sito en la calle Soledad, sin número,

de Humanes de Mohernando (Guadalajara), por ampliación de enseñanzas,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del

Centro de Formación Profesional Específica "Escuela Familiar Agraria el

Llano", sito en la calle Soledad, sin número, de Humanes de Mohernando

(Guadalajara), que quedará configurado de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Escuela Familiar Agraria el Llano". Domicilio:

Calle Soledad, sin número. Localidad: Humanes de Mohernando. Municipio:

Humanes de Mohernando. Provincia: Guadalajara. Titular: "Centro de

Iniciativas para la Formación Agraria, Sociedad Anónima".

Enseñanzas que se autorizan:

a) Ciclos formativos de grado medio:

Gestión Administrativa.

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 20.

Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 20.

b) Ciclos formativos de grado superior:

Gestión Comercial y Marketing.

Capacidad: Número de grupos, uno; número de puestos escolares, 20.

Segundo.-El centro deberá cumplir la norma básica para la edificación

NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios,

aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-Con carácter previo al comienzo de las actividades del ciclo

formativo de grado superior de Gestión Comercial y Marketing centro,

la Dirección Provincial del Departamento en Guadalajara comprobará que

éste cumple con los requisitos de equipamiento que, previo informe de

la Subdirección General de Formación Profesional Reglada, se comunicarán

al centro.

Cuarto.-En relación con el ciclo formativo de grado superior de Gestión

Comercial y Marketing, y antes del inicio de las actividades educativas,

la Dirección Provincial del Departamento en Guadalajara, previo informe

del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación

del profesorado con el que contará el centro, que cumplirá los requisitos

establecidos en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" del 27) por la que se regulan las titulaciones mínimas y condiciones

que deben poseer los Profesores para impartir Formación Profesional

Específica en los centros privados y en determinados centros de titularidad

pública.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la

notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos

25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 21 de mayo de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de

junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,

Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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