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Documento BOE-A-1999-17329

Resolución de 23 de julio de 1999, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada «Día del Sello».

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1999, páginas 29714 a 29715 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-17329

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda

de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de

Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre

emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de correos "Día del

Sello".

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá

a la estampación de una serie de sellos de correos con la denominación

"Día del Sello".

Segundo.-En el mes de octubre se emitirá la serie "Día del Sello",

coincidiendo con el 125 aniversario de la fundación de la Unión Postal

Universal. El sello conmemorativo de esta efeméride reproduce un detalle

del monumento levantado en la ciudad suiza de Berna en 1909 en honor

a la Unión Postal Universal, así como el logotipo creado con motivo del

125 aniversario de su fundación.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Tamaño del sello: 40,9 ^ 28,8 mm. (horizontal).

Valor facial: 70 pesetas.

Efectos en pliego: 50.

Tirada: 1.500.000.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará

el día 9 de octubre de 1999.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del

año 2001, no obstante lo cual, mantendrán indefinidamente su valor a

efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.-De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional

de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición de la Entidad Pública

Empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos

internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de

los intercambios con otras administraciones postales, así como para su

incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y

para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica

Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los

organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos

del museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá

a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas

y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión.

Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los

elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión

anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser

destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica,

el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo

caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como

de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de

los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de julio de 1999.-El Secretario general, José Manuel Villar

Uríbarri.-El Subsecretario de Economía y Hacienda, Fernando Díez

Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la Entidad Pública Empresarial

Correos y Telégrafos y Presidente Director general de la Fábrica

Nacional de Moneda y Timbre.

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