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Documento BOE-A-1999-17555

Orden 199/1999, de 30 de julio, sobre delegación de facultades en materia de convenios y contratos administrativos en autoridades del Ejército del Aire.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 1999, páginas 30305 a 30307 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1999-17555
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/07/30/199

TEXTO ORIGINAL

Publicado el Real Decreto 213/1999, de 5 de febrero, de desconcentración de facultades en materia de convenios y contratos administrativos y permutas de bienes muebles en el ámbito del Ministerio de Defensa («Boletín Oficial del Estado» número 38), se hace preciso dictar una nueva Orden de delegación de facultades de las autoridades del Ejército del Aire, para completar la relación de las mismas que, en el citado Ejército, quedan constituidas en órganos de contratación.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, dispongo:

Primero.

1. A propuesta de las autoridades que a continuación se expresan, se aprueba la delegación, en cuanto a las facultades recibidas del Ministro por desconcentración en los artículos 1, 2 y 3 del Real Decreto 213/1999, de 5 de febrero, de desconcentración de facultades en materia de convenios y contratos administrativos y permutas de bienes muebles en el ámbito del Ministerio de Defensa, que las mismas hacen en las autoridades y en las condiciones que, en cada caso, se indican.

1.1 Para convenios y contratos, sin límite de cuantía:

1.1.1 El Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, en el Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire.

1.1.2 El Jefe del Mando del Apoyo Logístico, en el Director de Adquisiciones.

1.1.3 El Director de Asuntos Económicos, en el Subdirector de Contabilidad y Contratación.

1.2 Para convenios y contratos cuyo presupuesto sea igual o inferior a 75.000.000 de pesetas:

1.2.1 El Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, en el: Jefe del Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire. Jefe del Servicio de Búsqueda y Salvamento.

1.2.2 El Jefe del Mando de Personal, el Jefe del Mando del Apoyo Logístico y el Director de Servicios Técnicos, en todos los Jefes o Directores de los UCO’s relacionados en el anexo I.

1.2.3 Los Generales Jefe de Región, Zona o Mando Aéreo, en aquellos Jefes o Directores de los UCO’s relacionados en el anexo I, que dependan orgánicamente de su autoridad.

1.3 Para contratos menores:

1.3.1 El Jefe del Mando de Personal, el Jefe del Mando del Apoyo Logístico y el Director de Servicios Técnicos, en todos los Jefes o Directores de los UCO’s relacionados en el anexo II.

1.3.2 Los Generales Jefe de Región, Zona o Mando Aéreo y el Jefe de la Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire, en aquellos Jefes o Directores de los UCO’s relacionados en el anexo II, que dependan orgánicamente de su autoridad.

2. Las citadas autoridades con facultades desconcentradas delegan en los Jefes de las Secciones Económico-Administrativas la facultad de formalizar los convenios y contratos, cuando las autoridades designadas anteriormente como órgano de contratación con facultades delegadas no la recaben para sí expresamente.

3. Las autoridades delegadas con las limitaciones que, en cada caso, se expresan, en el ámbito de su competencia y con cargo a los créditos que se les asignen, quedan constituidas en órganos de contratación para todos los convenios y contratos no incluidos en el apartado I.1 del artículo 2 del Real Decreto mencionado.

Segundo.

Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante, se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación de competencias. La autoridad avocante deberá poner en conocimiento de su superior jerárquico la avocación.

Tercero.

En las resoluciones que las autoridades adopten por delegación, se indicará esta circunstancia, con citación expresa de la presente Orden y el «Boletín Oficial del Estado» de su publicación.

Disposición derogatoria. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden 13/1996, de 17 de enero, de delegación de facultades de autoridades del Ejército del Aire en materia de convenios y contratos administrativos («Boletín Oficial del Estado» número 21), y todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a los expedientes de contratación que se inicien a partir de esa fecha.

Madrid, a 30 de julio de 1999.

SERRA REXACH

ANEXO I

Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire

Servicio de Búsqueda y Salvamento.

Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire.

Mando de Personal

Centro de Farmacia del Ejército del Aire.

Hospital del Aire.

Mando del Apoyo Logístico

Centro Logístico de Armamento y Experimentación.

Centro Logístico de Intendencia.

Maestranza Aérea de Albacete.

Maestranza Aérea de Madrid.

Maestranza Aérea de Sevilla.

Mando Aéreo del Centro y 1.a Región Aérea

45 Grupo de Fuerzas Aéreas.

Acuartelamiento Aéreo «Getafe».

Aeródromo Militar de León y Academia Básica del Aire.

Base Aérea de Cuatro Vientos y Ala 48.

Base Aérea de Getafe y Ala 35.

Base Aérea de Matacán y Grupo de Escuelas de Matacán.

Base Aérea de Torrejón y Ala 12.

Base Aérea de Villanubla y Ala 37.

Centro Cartográfico y Fotográfico.

Centro Logístico de Material de Apoyo.

Centro Logístico de Transmisiones.

Mando Aéreo del Estrecho y 2.a Región Aérea

Base Aérea de Albacete y Ala 14.

Base Aérea de Alcantarilla.

Base Aérea de Armilla y Ala 78.

Base Aérea de Morón y Ala 21.

Base Aérea de San Javier y Academia General del Aire.

Base Aérea de Talavera la Real y Ala 23.

Grupo del Cuartel General del Mando Aéreo del Estrecho.

Mando Aéreo de Levante y 3.a Región Aérea

Aeródromo Militar de Pollensa.

Base Aérea de Manises y Ala 11.

Base Aérea de Son San Juan.

Base Aérea de Zaragoza y Ala 31.

Destacamento «Ícaro».

Mando Aéreo de Canarias

Base Aérea de Gando y Ala 46.

Depósito de Intendencia de Las Palmas.

Grupo del Cuartel General del Mando Aéreo de Canarias.

Mando Aéreo de Combate

Grupo Central de Mando y Control.

ANEXO II

Mando de Personal

Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial.

Colegio Menor «Nuestra Señora de Loreto».

Dirección de Servicios Técnicos

Centro de Informática de Gestión.

Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire

Farmacia del Cuartel General del Ejército del Aire.

Casa del Suboficial.

Grupo de Apoyo de la Agrupación del Cuartel General.

Grupo de Seguridad de la Agrupación del Cuartel General.

Policlínica del Aire del Cuartel General del Ejército del Aire.

Mando Aéreo del Centro y 1.a Región Aérea

42 Grupo de Fuerzas Aéreas.

43 Grupo de Fuerzas Aéreas.

Acuartelamiento Aéreo «Alto de los Leones».

Acuartelamiento Aéreo «Navacerrada».

Aeródromo Militar de Santiago.

Agrupación del Acuartelamiento Aéreo de Getafe.

Centro de Farmacia del Aire de Madrid.

Centro de Inteligencia Aérea.

Centro Principal Helios Español.

Escuadrón de Enseñanza de Automoción.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 2.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 10.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 12.

Escuela de Mando, Control y Telecomunicaciones.

Escuela de Técnicas Aeronáuticas.

Grupo de Automóviles.

Grupo de Transmisiones.

Mando Aéreo del Estrecho y 2.a Región Aérea

Base Aérea de Málaga.

Centro de Farmacia del Aire de Sevilla.

Escuadrilla Logística de Bobadilla.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 3.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 5.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 9.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 11.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 13.

Escuela Militar de Paracaidismo.

Grupo Móvil de Control Aéreo.

Policlínica del Aire de Sevilla.

Mando Aéreo de Levante y 3.a Región Aérea

801 Escuadrón de Fuerzas Aéreas.

Acuartelamiento Aéreo «Bárdenas».

Acuartelamiento Aéreo «El Prat».

Acuartelamiento Aéreo «El Vedat».

Centro de Farmacia del Ejército del Aire de Zaragoza.

Escuadrilla de Apoyo al Despliegue Aéreo.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 1.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 4.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 7.

Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo.

Grupo Norte de Mando y Control.

Policlínica del Aire de Zaragoza.

Polígono de Tiro de Bárdenas.

Sector Aéreo de Barcelona.

Mando Aéreo de Canarias

802 Escuadrón de Fuerzas Aéreas.

Aeródromo Militar de Lanzarote.

Centro de Farmacia del Aire de Las Palmas.

Centro de Recepción de Imágenes Español.

Escuadrón de Vigilancia Aérea número 21.

Escuadrón de Vigilancia Aërea número 22.

Grupo de Alerta y Control.

Policlínica del Aire de Las Palmas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/07/1999
  • Fecha de publicación: 14/08/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 15/08/1999
  • Fecha de derogación: 01/05/2002
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden DEF/0941/2002, de 19 de abril (Ref. BOE-A-2002-8332).
  • SE MODIFICA los anexos I y II, por Orden 35/2000, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2000-3964).
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ejército del Aire
  • Ministerio de Defensa

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