El Ayuntamiento de Valdemorillo, de la provincia de Madrid, inició
expediente para la modificación de bandera municipal, conforme al
artículo 22.2, b), de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases de régimen
local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y Decreto de
la Comunidad de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula
el procedimiento a seguir para la adopción, modificación o rehabilitación
de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas
establecidas en el artículo 187 del mencionado Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y el
Decreto 30/1987, de 9 de abril, citado, figurando informes favorables de
los Asesores de Heráldica, no así el de la Real Academia de la Historia,
que fue solicitado el 26 de abril de 1999, y sin que se haya recibido
respuesta, por ello se continúa la tramitación del expediente de acuerdo con
el artículo 83.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo
Regional, de conformidad con el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y con el artículo 8 del Decreto 71/1995, de 30 de junio, del Presidente,
por el que se establece el número, denominación y competencias de las
Consejerías, en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio,
sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa
deliberación del Consejo de Gobierno, en reunion de fecha 3 de junio
de 1999, acuerda:
Primero.-Modificar la bandera municipal de Valdemorillo, de la
provincia de Madrid, con la descripción siguiente:
Bandera: "De proporciones 2/3. Azul (sistema internacional
CMYK-Cyan 80, Magenta=15, Yelow=0, Negro=0). Lleva un rombo de color
blanco cuyos vértices superiores e inferiores distan de los centros de los
lados del paño 1/10 del ancho del mismo y los vértices laterales también
distanciados de los centros de los vértices del paño también 1/10. En
el centro lleva sobrepuesto el escudo timbrado del municipio".
Segundo.-Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de
Valdemorillo.
El presente Acuerdo deberá publicarse en el "Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid" y "Boletín Oficial del Estado", produciendo sus efectos
a partir del día de su publicación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 15 de junio de 1999.-La Secretaria general técnica, Patricia
Lázaro Martínez de Moretín.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid