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Documento BOE-A-1999-17577

Resolución de 15 de junio de 1999, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, por la que se da publicidad al Acuerdo de 3 de junio de 1999, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Navagalamella, de la provincia de Madrid, para adoptar bandera municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 1999, páginas 30321 a 30321 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1999-17577

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Navagalamella, de la provincia de Madrid, inició

expediente para la adopción de bandera municipal, conforme al artículo

22.2, b), de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las bases de régimen

local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y Decreto de

la Comunidad de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula

el procedimiento a seguir para la adopción, modificación o de rehabilitación

de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas

establecidas en el artículo 187 del mencionado Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y el

Decreto 30/1987, de 9 de abril, citado, figurando informes favorables de

los Asesores de Heráldica, no así el de la Real Academia de la Historia,

que fue solicitado el 1 de octubre de 1998, y reiterado el 5 de febrero

de 1999, sin que se haya recibido respuesta, por ello se continúa la

tramitación del expediente de acuerdo con el artículo 83.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo

Regional, de conformidad con el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13

de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

y con el artículo 8 del Decreto 71/1995, de 30 de junio, del Presidente,

por el que se establece el número, denominación y competencias de las

Consejerías, en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio,

sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado

a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa

deliberación del Consejo de Gobierno, en reunion de fecha 3 de junio

de 1999, acuerda:

Primero.-Aprobar la bandera municipal de Navagalamella, de la

provincia de Madrid, con la descripción siguiente:

Bandera: "De proporciones 2:3. De paño color rojo en el ángulo superior

izquierdo hasta la mitad de la bandera; color morado en el ángulo inferior

derecho hasta la mitad de la bandera. Brochate al centro el escudo

municipal".

Segundo.-Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de

Navagalamella.

El presente Acuerdo deberá publicarse en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" y "Boletín Oficial del Estado", produciendo sus efectos

a partir del día de su publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 15 de junio de 1999.-La Secretaria general técnica, Patricia

Lázaro Martínez de Moretín.

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