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Documento BOE-A-1999-17623

Resolución de 29 de julio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo de colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de Madrid para la realización del Programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 16 de agosto de 1999, páginas 30380 a 30381 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-17623

TEXTO ORIGINAL

Suscrito con fecha 9 de julio de 1999 un Protocolo de colaboración

entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales y la Comunidad Autónoma de Madrid, sobre la realización del Programa

"Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler", y en cumplimiento de lo dispuesto

en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" del precitado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de julio de 1999.-La Secretaria general técnica, María

Dolores Cospedal García.

ANEXO

Protocolo de colaboración entre el Instituto de la Juventud del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid sobre

la realización del Programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler"

En Madrid,a9dejulio de 1999,

REUNIDOS

De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin

obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en

el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, el ilustrísimo señor don Rubén Urosa Sánchez, sin

obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer

en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general

del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,

en nombre y representación de la Administración General del Estado

-Instituto de la Juventud-, según las competencias que le corresponden a

tenor de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la

Le y4/1999,de 13 de enero.

Y el ilustrísimo señor don Rubén Urosa Sánchez, como Director general

de Juventud de la Consejería de Educación y Cultura, nombrado por

Decreto 218/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno ("Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid" número 303, del 22), en nombre y

representanción de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y

convenir, y

EXPONEN

Que con fecha 16 de abril de 1997 se firmó la ampliación del Convenio

de colaboración suscrito el 5 de septiembre de 1995 entre el Instituto

de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad

de Madrid para conjuntamente promover actuaciones que contribuyan a

favorecer el acceso a la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula primera del referido Convenio de ampliación se

establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer

trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar,

así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución,

especificando las aportaciones respectivas.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio

antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo,

según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las

acciones pactadas en la estipulación quinta del Convenio suscrito entre

las dos partes el 5 de septiembre de 1995.

Segunda.-Para el año 1999, la distribución pormenorizada de las

aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico

19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente

suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar hasta un máximo de

8.500.000 pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de Caución hasta un máximo de 15.000.000

de pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100

de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los Cursos de formación, asesoramiento, gestión

técnica y seguimiento del Programa hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

Total de su aportación: 31.000.000 de pesetas.

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas

incorporadas al Programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler".

II. La Dirección General de Juventud correrá directamente con los

gastos del personal necesario para el Programa, que asciende a la cantidad

de 24.670.645 pesetas.

Total de su aportación: 24.670.645 pesetas.

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la partida

presupuestaria 2268 del Programa 804 del vigente presupuesto de gastos,

existiendo remanente suficiente del mismo para disponer el gasto.

Tercera.-El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 1999.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto

anteriormente, las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas

expresados, en dos ejemplares que hacen fe.-Por el Instituto de la

Juventud, Elena Azpiroz Villar.-Por la Dirección General de Juventud, Rubén

Urosa Sánchez.

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