Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Deogracias Rescalvo López, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de Girona, en sentencia de fecha 26
de noviembre de 1997, como autor de un delito de quebrantamiento de
condena, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 31 de julio de 1999,
Vengo en conmutar a don Deogracias Rescalvo López la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de sesenta días-multa,
a satisfacer en cuotas diarias de 200 pesetas, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 31 de julio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid