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Documento BOE-A-1999-19258

Resolución de 30 de agosto de 1999, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la concesión de las becas en los Estados Unidos de América (becas Ministerio de Fomento/Fulbright) para el curso académico 1999/2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 1999, páginas 34156 a 34156 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-19258

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 3 de diciembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

de 5 de enero de 1999) se convocaron las becas en los Estados Unidos

de América (becas Ministerio de Fomento/Fulbright para el curso

académico 1999/2000).

Una vez celebrada la primera fase del proceso selectivo, de carácter

eliminatorio, analizadas y valoradas las memorias correspondientes a los

proyectos de investigación presentados por los candidatos que han

superado la primera fase, y atendiendo a los criterios establecidos en el

apartado 10 de la citada Orden, el Comité de Selección ha formulado ante

la Subsecretaría la correspondiente propuesta de Resolución para la

concesión de becas.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en las bases de la

convocatoria de la Orden de 3 de diciembre de 1998,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.-Conceder las becas a los solicitantes que se relacionan a

continuación, por los proyectos y la duración indicados:

Apellidos y nombre Título del proyecto Duración meses

Mateos Moreno, Ángel......Colaboración con pista de ensayo

acelerado de firmes de

carretera.................................. Diez

Monzón Sánchez, Enrique . ..Programa de formación y

perfeccionamiento

técnico-profesional................................... Diez

Segundo.-Conceder, de acuerdo con lo dispuesto en la base 6.1 de

la convocatoria, una compensación económica a los becarios, en función

de la duración de la beca, de:

Ángel Mateos Moreno................4.065.000 pesetas = 24.431,14 euros.

Enrique Monzón Sánchez............4.065.000 pesetas = 24.431,14 euros.

Esta ayuda queda sometida, en caso de incumplimiento por parte de

los becarios, a lo establecido en el artículo 81 de la Ley General

Presupuestaria.

La cantidad anterior será abonada por el Ministerio de Fomento al

becario de manera fraccionada en trimestres y por anticipado.

Tercero.-Los gastos restantes se abonarán según lo establecido en los

apartados 4.2 y 4.3 del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de

Fomento y la Comisión de Intercambio Cultural Educativo y Científico

entre España y los Estados Unidos de América para la convocatoria de

las becas Fomento/Fulbrigth, de 3 de diciembre de 1997.

Asimismo, estos gastos deberán justificarse a tenor de lo establecido

en el apartado 4.4 del precitado Convenio.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 30 de agosto de 1999.-El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo

Ibáñez Martín.

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