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Documento BOE-A-1999-19258

Resolución de 30 de agosto de 1999, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la concesión de las becas en los Estados Unidos de América (becas Ministerio de Fomento/Fulbright) para el curso académico 1999/2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 1999, páginas 34156 a 34156 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-19258

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 3 de diciembre de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 1999) se convocaron las becas en los Estados Unidos de América (becas Ministerio de Fomento/Fulbright para el curso académico 1999/2000).

Una vez celebrada la primera fase del proceso selectivo, de carácter eliminatorio, analizadas y valoradas las memorias correspondientes a los proyectos de investigación presentados por los candidatos que han superado la primera fase, y atendiendo a los criterios establecidos en el apartado 10 de la citada Orden, el Comité de Selección ha formulado ante la Subsecretaría la correspondiente propuesta de Resolución para la concesión de becas.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria de la Orden de 3 de diciembre de 1998,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Conceder las becas a los solicitantes que se relacionan a continuación, por los proyectos y la duración indicados:

Apellidos y nombre Título del proyecto

Duración

meses

Mateos Moreno, Ángel. Colaboración con pista de ensayo acelerado de firmes de carretera. Diez
Monzón Sánchez, Enrique. Programa de formación y perfeccionamiento técnico-profesional. Diez
Segundo.

Conceder, de acuerdo con lo dispuesto en la base 6.1 de la convocatoria, una compensación económica a los becarios, en función de la duración de la beca, de:

Ángel Mateos Moreno: 4.065.000 pesetas = 24.431,14 euros.

Enrique Monzón Sánchez: 4.065.000 pesetas = 24.431,14 euros.

Esta ayuda queda sometida, en caso de incumplimiento por parte de los becarios, a lo establecido en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria.

La cantidad anterior será abonada por el Ministerio de Fomento al becario de manera fraccionada en trimestres y por anticipado.

Tercero.

Los gastos restantes se abonarán según lo establecido en los apartados 4.2 y 4.3 del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comisión de Intercambio Cultural Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América para la convocatoria de las becas Fomento/Fulbrigth, de 3 de diciembre de 1997.

Asimismo, estos gastos deberán justificarse a tenor de lo establecido en el apartado 4.4 del precitado Convenio.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 30 de agosto de 1999.–El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez Martín.

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