De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en
el "Boletín Oficial del Estado" de la adenda al Convenio Marco de
colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de las medidas
estructurales de acompañamiento de la política agraria común, que figura
como anexo a esta Resolución.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 30 de julio de l999.-El Director general, Pedro Llorente
Martínez.
ANEXO
Adenda al Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad
Autónoma de Andalucía y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
para la puesta en marcha de las medidas estructurales de
acompañamiento de la política agraria común
En Madrid, a 14 de julio de 1999.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Manuel Lamela Fernández,
Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación en virtud del Real Decreto
1515/1997, de 26 de septiembre, en cumplimiento del artículo 1, apartado
19, de la Orden de 28 de julio de 1998, sobre delegación de atribuciones
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actuando por
delegación del Ministro, a quien corresponde la competencia de la firma en
virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998, sobre
competencia para celebrar Convenios de colaboración con las
Comunidades Autónomas.
De otra, los excelentísimos señores don Paulino Plata Cánovas,
Consejero de Agricultura y Pesca (Decreto 133/1996, de 16 de abril), y don
José Luis Blanco Romero, Consejero de Medio Ambiente (Decreto 133/1996,
de 16 de abril), en nombre de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
con autorización del Consejo de Gobierno de esta Comunidad.
Se reconocen recíprocamente la capacidad legal para suscribir la
presente adenda, a cuyo fin
EXPONEN
1. o Que con fecha 1 de septiembre de l997 se suscribe el Convenio
Marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha
de las medidas estructurales de acompañamiento de la política agraria
común.
2. o Que en la cláusula segunda del citado Convenio Marco se establece
que las previsiones máximas de inversión correspondientes a cada uno
de los programas afectados se fijarán anualmente en un protocolo adicional.
De acuerdo con todo lo expuesto y con el fin de establecer las
previsiones máximas de inversión para el año 1999, ambas partes suscriben
la presente
ADENDA
Los importes correspondientes a las ayudas cofinanciadas por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma de
Andalucía y el FEOGA-Garantía, durante el año 1999, en millones de
pesetas, y su equivalente en euros, se consignan a continuación:
MAPA Comunidad Autónoma FEOGA-Garantía Total General
Millones pesetas Millones euros Millones pesetas Millones euros Millones pesetas Millones euros Millones pesetas Millones euros
Medida
Ayudas agroambientales................... 389,63 2,34 389,63 2,34 2.337,78 14,05 3.117,04 18,73
Cese anticipado............................ 3,81 0,02 3,81 0,02 22,86 0,14 30,48 0,18
Forestación Tierras Agrarias.............. 381,00 2,29 381,00 2,29 2.286,00 13,74 3.048,00 18,32
Totales............................... 774,44 4,65 774,44 4,65 4.646,64 27,93 6.195,52 37,24
Los importes indicados anteriormente pueden dedicarse al pago de
cualquiera de las medidas de acuerdo con las certificaciones del ejercicio.
Los importes transferidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y no reconocidos a los beneficiarios, se incorporan como
remanentes a los anticipos presupuestarios del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación para el ejercicio del año siguiente.
Programa y concepto presupuestario:
Medidas Agroambientales: 717A-779.02.
Cese Anticipado R.D. 1695/95: 713B-778.00.
Forestación de Tierras Agrarias: 717A-779.03.
Y para la debida constancia de lo convenido se firma esta adenda,
en cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio mencionados.
El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Manuel Lamela
Fernández.-El Consejero de Medio Ambiente, José Luis Blanco Romero.-El
Consejero de Agricultura y Pesca, Paulino Plata Cánovas.
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