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Documento BOE-A-1999-19546

Resolución de 9 de septiembre de 1999, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso-oposición libre para cubrir plazas vacantes en la plantilla de personal laboral.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 1999, páginas 35080 a 35084 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-19546

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas

por el apartado h) del artículo 67 de los Estatutos de esta

Universidad; la disposición adicional tercera del Real Decreto

2168/1984, de 26 de noviembre; lo establecido en el artículo

3.2.e) de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria, y de conformidad con lo dispuesto en los Títulos I y III

del Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, oído el Comité

de Empresa, ha resuelto convocar concurso-oposición libre para

cubrir, mediante contratación laboral de carácter fijo, las plazas

de personal laboral que se indican en la norma 1.1 de esta

convocatoria, vacantes en la plantilla de esta Universidad, con arreglo

a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca concurso-oposición libre para cubrir las

siguientes plazas vacantes:

1.1.1 Dos plazas de Oficiales de Biblioteca (grupo IV A).

Campus de Ávila.

De acuerdo con el artículo 21.4 de la Ley 21/1993, de 29

de diciembre, la presente convocatoria de plazas se limita a las

que se considera de inaplazable cobertura.

1.2 La realización del proceso selectivo se ajustará, en lo

que resulte aplicable, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2

de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3); Convenio Colectivo

para el personal laboral de las Universidades de Extremadura,

Murcia, Salamanca y Valladolid, aprobado por Resolución de 28

de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 23 de

octubre), las normas de la presente convocatoria y los criterios

generales fijados por el Ministerio para las Administraciones Públicas.

1.3 Funciones de las plazas y jornada de trabajo.

1.3.1 Las funciones que, con carácter general, corresponden

a las plazas en relación con las categorías y grupos que aquí se

convocan.

1.3.2 Las funciones específicas de las plazas, jornada de

trabajo y horarios de las mismas son las que se realizan en la Unidad

a la que corresponde la plaza, de acuerdo con lo establecido en

el convenio Colectivo.

1.4 Las retribuciones y demás derechos de contenido

económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio

Colectivo y, en lo que resulte aplicable, los Estatutos de la Universidad

de Salamanca, y demás normas de carácter general en materia

de retribuciones de personal laboral al servicio de los organismos

públicos.

1.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido

a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de

incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a este concurso-oposición, los

aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a los

empleos públicos y, en particular:

a) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

b) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el

ejercicio de las funciones propias de la plaza objeto de esta

convocatoria. Quienes tengan la condición de minusválido, reconocida

por el Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), deberán

tener catalogada la minusvalía para la plaza a la que aspiran.

c) Títulos académicos: Plazas del grupo IV-A, Formación

Profesional de Primer Grado, Graduado escolar o equivalente.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas

por Sentencia judicial firme.

Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de

plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria,

deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se

acompaña como anexo I a la presente convocatoria. Habrán de presentar

solicitud individualizada por cada una de las plazas en que deseen

participar.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

magnífico de la Universidad de Salamanca, en el plazo de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el

Registro General de la Universidad de Salamanca o en la forma

establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Se acreditará la posesión de la titulación académica o

equivalente.

3.4 Los derechos de examen de este concurso-oposición serán

de: Grupo IV, 3.000 pesetas para cada plaza, que se ingresarán

en la cuenta de derechos de examen de la Universidad de

Salamanca número 2104-0142-10-110000103-2 de Caja Duero,

oficina urbana número 20, calle de la Rúa, números 35-37, de

Salamanca, o mediante giro postal o telegráfico a favor de la

Universidad de Salamanca, Sección de Asuntos Económicos, Patio

de Escuelas, número 1, 37008 Salamanca. En caso de ingreso

mediante giro deberá acompañarse a la solicitud el resguardo

original del giro efectuado.

3.5 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rectorado de la Universidad de Salamanca hará pública, en el tablón

de anuncios de la Universidad, situado en la planta baja del edificio

del Rectorado y en el "Boletín Oficial del Estado", una Resolución

con la lista de los aspirantes excluidos, con expresión de las causas

de la no admisión. Serán excluidos aquellos aspirantes que no

aporten copia del documento nacional de identidad, no abonar

derechos de examen o no acreditar la formación exigida en el

artículo 2.1.c).

3.6 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder subsanar

el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses

a contar desde el día siguiente a su publicación.

3.7 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a

los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las

pruebas selectivas.

4. Procedimiento de selección

4.1 El sistema de selección de los aspirantes será de

concurso-oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se

especifican en el anexo II.

5. Tribunal calificador

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que

figuran en el anexo III de estas bases.

5.2 Cada Tribunal podrá nombrar Vocales asesores, en un

máximo de dos por cada tipo de plaza, en función de la especialidad

de ésta, que actuarán con voz pero sin voto.

5.3 Con arreglo a lo dispuesto en el anexo 4 del Real Decreto

236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19),

en relación con el artículo 33.1 del mismo, los Tribunales tendrán

las categorías que se indican, en función de las plazas: Para las

plazas del grupo IV-A, categoría cuarta.

6. Actuación de los Tribunales. Desarrollo de los ejercicios y lista

de aprobados

6.1 Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de, al

menos, tres de sus miembros con derecho a voto y, en todo caso,

el Presidente y el Secretario (o sus suplentes).

6.2 Previa convocatoria del Presidente de cada Tribunal, éste

celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de diez

días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión

cada Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan

en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

6.3 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse, y

los aspirantes podrán recusarlos, cuando se den en ellos los

motivos y circunstancias previstos en el artículo 28 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

6.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los

Tribunales tendrán su sede en la Sección de Personal de

Administración y Servicios, Rectorado de la Universidad de Salamanca.

6.5 Desarrollo de los ejercicios:

6.5.1 Anuncio del inicio de los ejercicios: El lugar, día y hora

en que se celebrará el primer ejercicio se hará público por cada

Tribunal en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de

terminación del plazo previsto para la presentación de solicitudes,

y se publicará en el tablón de anuncios de la Universidad, situado

en la planta baja del edificio del Rectorado.

6.5.2 El inicio del segundo ejercicio se hará público por el

Tribunal, al menos cuarenta y ocho horas antes, en el mismo

lugar y en la misma resolución en que se publique la lista de

los aspirantes que, resultando aprobados en el primer ejercicio,

deban realizar el segundo.

6.5.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento

para cada ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional

de identidad o acreditación equivalente. En las plazas en que para

el desarrollo de los ejercicios se precise utilizar determinado

material o instrumental, los aspirantes deberán ir provistos del mismo.

6.5.4 En cualquier momento los Tribunales podrán requerir

a los opositores para que acrediten su identidad.

6.5.5 El orden de actuación de los aspirantes para los

ejercicios comenzará por el primer candidato de la letra Q, de

conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de

Estado para la Administración Pública de 15 de abril de 1999

("Boletín Oficial del Estado" del 17).

6.5.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si algún

Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes

no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer

su exclusión al Rector de la Universidad convocante,

comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el

aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas,

a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso

de reposición ante la misma autoridad indicada anteriormente.

6.5.7 El Presidente del cada Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando

los impresos aprobados por Orden de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22) o similares, salvo que se trate

de ejercicios en que el Tribunal acuerde su lectura pública por

el aspirante.

6.6. Listas de aprobados:

6.6.1 Cada Tribunal hará públicas las listas de aspirantes

que hayan superado cada uno de los ejercicios de la fase del

concurso-oposición en el mismo lugar donde éstos se realizaron y

en el tablón de anuncios de la Universidad de Salamanca.

6.6.2 Finalizada la fase del concurso-oposición, el Tribunal

respectivo hará pública la lista de los aspirantes que hayan

obtenido plaza por orden de puntuación total. En el plazo de tres

días desde que se haga pública la relación de personas que hayan

obtenido plaza, el Presidente del Tribunal correspondiente elevará

propuesta de nombramiento al excelentísimo señor Rector

magnífico de la Universidad, sin que en ningún caso excedan los

propuestos del número de plazas convocadas.

El Tribunal, igualmente, y de forma facultativa, podrá hacer

pública una relación complementaria en la que figure la puntuación

obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados, y en

el caso de que alguno de los solicitantes propuestos no llegase

a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la

propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.

6.6.3 En el supuesto de que se hayan presentado

reclamaciones a la lista de aspirantes que hayan obtenido plaza, el Tribunal

pertinente deberá resolverlas en el plazo máximo de tres días y,

en todo caso, antes de formular la propuesta de nombramiento

ante el excelentísimo señor Rector.

6.6.4 Cada Tribunal no podrá declarar que han superado las

pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas

convocadas.

7. Presentación de documentos y posterior nombramiento

7.1 Los aspirantes que superen las presentes pruebas

selectivas, para su contratación como personal laboral fijo, presentarán

en el Registro General de esta Universidad, dentro de los veinte

días naturales desde que se haga pública la relación de los que

hayan obtenido plaza, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o

acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del

original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos

académicos, 2.1.d) de esta convocatoria.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por

el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado

o por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y

Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades

Autónomas.

7.2 Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza

mayor, no presentasen la referida documentación, no podrán ser

contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por

falsedad en su solicitud.

7.3 Una vez cumplidos los requisitos de los anteriores puntos,

el Rectorado de la Universidad de Salamanca hará público, en

el tablón de anuncios, el nombramiento de las personas que hayan

obtenido plaza en esta oposición.

El nombramiento surtirá efectos cuando se formalice el contrato

correspondiente.

7.4 En el contrato que se suscriba podrá fijarse un período

de prueba, que en ningún caso será superior al establecido

legalmente, y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral

dispone.

8. Norma final

8.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este

concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y

su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio

de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para

resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos

necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo

no previsto en las bases, así como para su interpretación.

8.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán

ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma

establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Salamanca, 9 de septiembre de 1999.-El Rector, Ignacio

Berdugo Gómez de la Torre.

SOLICITUD: (Ver imágenes páginas 35082 a 35083).

ANEXO II

Concurso-oposición

Plazas de Oficiales de Biblioteca (grupo IV-A)

1.1 Pruebas a realizar:

Primera fase. Oposición: Constará de dos pruebas sucesivas

y eliminatorias.

Primera prueba: Consistirá en dos ejercicios, que se realizarán

en unidad de acto.

A) Un cuestionario tipo test, de respuestas alternativas, de

las cuales sólo una será la correcta, durante un tiempo máximo

de media hora, sobre el siguiente temario:

1. Los derechos fundamentales y libertades públicas del Título

Primero de la Constitución española.

2. La Universidad de Salamanca: Estatutos. Régimen

económicos y administrativo.

3. La Universidad de Salamanca: Órganos de gobierno

unipersonales y colegiados. El Consejo Social. El Claustro. La Junta

de Gobierno.

4. La Universidad de Salamanca: Clases y régimen jurídico

de personal de Administración y Servicios.

5. El Convenio Colectivo para el personal laboral de las

Universidades Públicas.

6. Centros y servicios de la Universidad de Salamanca:

Denominación y ubicación.

B) Para las plazas del grupo VI-A, la realización de este

ejercicio se efectuará mediante un cuestionario tipo test de respuestas

alternativas, siendo una sola correcta. Las contestaciones erróneas

se valorarán negativamente, durante un tiempo máximo de media

hora. El cuestionario estará relacionado con el contenido del

programa anexo IV.

Segunda prueba: Prueba práctica relativa a las funciones a

desarrollar durante el tiempo y condiciones que fije el Tribunal

inmediatamente antes de su ejecución.

Segunda fase. Concurso: El Tribunal valorará el currículum

vitae y trayectoria profesional de los aspirantes en relación con

su adecuación e idoneidad para la plaza convocada. Se valorarán

especialmente los servicios efectivos prestados en la misma

categoría de la plaza convocada en empresas públicas o privadas.

El Tribunal convocará a los aspirantes a una entrevista personal,

de duración máxima de veinte minutos, en la que se debatirán

los méritos aducidos por los candidatos y su currículum

profesional, con el objeto de acreditar la realidad de su formación,

aptitud psicotécnica y capacidad para las labores propias de la

plaza convocada.

Disposiciones comunes

1. Cada prueba de la fase de oposición será valorada de cero

a diez puntos, siendo preciso obtener un mínimo de cinco puntos

en cada prueba, según el baremo fijado por el Tribunal, para

acceder a la fase de concurso. La segunda prueba se calificará

primeramente de apto o no apto y sólo se asignará puntuación para

aquellos que la superen como aptos.

2. La fase de concurso se valorará de cero a 7,5 puntos. Los

puntos de esta fase no podrán utilizarse para obtener el mínimo

de "aprobado" de los ejercicios de la fase de oposición.

3. Se declararán aprobados a aquellos aspirantes que,

superando las dos pruebas, obtengan la máxima puntuación como

resultado de sumar las calificaciones parciales y la correspondiente

a la fase de concurso. En caso de empate en la puntuación se

atenderá al orden obtenido por la mayor puntuación en la segunda

prueba, y de persistir el empate, por la puntuación obtenida en

la fase de concurso.

4. No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para

la realización de los ejercicios. Únicamente los que accedan a

la fase de concurso podrán aportar la justificación documental

que consideren oportuna de su trayectoria profesional y formativa

y habilidades apropiadas para la plaza, para su examen por el

Tribunal. Dicha documentación deberá aportarse como trámite

previo a la realización de la entrevista, atendiendo al requerimiento

que formule el Tribunal al efecto al hacer pública la lista de

aprobados del segundo ejercicio.

ANEXO III

Tribunal titular

Oficiales de Biblioteca (grupo IV-A)

Presidente: Don Antonio Alonso Sánchez, Gerente de la

Universidad de Salamanca.

Vocales:

Don Jesús Hernández Méndez, Vicerrector de Investigación de

la Universidad, por designación del Rector.

Don Severiano Hernández Vicente, Jefe de Servicio de Archivos

y Bibliotecas, por designación del Rector.

Don Joaquín García Muñoz, miembro del Comité de Empresa

de la Universidad.

Doña Saturnina Gómez Arias, miembro del Comité de Empresa

de la Universidad.

Secretaria: Doña María Teresa Alonso Cordero, funcionaria del

área de Personal.

ANEXO IV

Programa

Oficiales de Biblioteca (grupo IV-A)

1. El Servicio de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de

Salamanca.

2. Los fondos bibliográficos. Sus clases.

3. Operaciones complementarias del proceso técnico:

Registro, sellado, códigos de barras, etcétera.

4. Aspectos básicos del proceso técnico: Adquisición,

descripción y clasificación bibliográfica, control de publicaciones

periódicas.

5. Los catálogos: Concepto, clases y fines.

6. Los depósitos: Conservación y ordenación de los fondos

bibliográficos.

7. Servicios al público: Lectura en sala, préstamo

domiciliario, préstamo interbibliotecario.

8. Servicios al público: Orientación y atención al público.

Difusión de información: Boletines, sumarios, reprografía.

9. Servicios al público. Colección de referencia:

enciclopedias, diccionarios, directorios, catálogos y bibliografías.

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