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Documento BOE-A-1999-19762

Resolución de 14 de septiembre de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto de la revisión salarial para los años 1995 y 1996 del Convenio Colectivo del personal laboral del Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA).

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 1999, páginas 35478 a 35479 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-19762
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/09/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para los años 1995 y 1996 del Convenio Colectivo del personal laboral del Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA) (código Convenio número 9004692) que fue suscrita con fecha 20 de noviembre de 1998 de una parte por el Comité Intercentros del Fondo Español de Garantía Agraria, en representación del personal del SENPA en dicho organismo y de otra, por representantes del FEGA, en representación de la Administración, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 y el Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria tributaria y financiera para 1996, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial del Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 41/1994, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, y el Real Decreto-ley 12/1995, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para 1996, en la ejecución de dicho Convenio Colectivo.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de septiembre de 1999.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Tabla salarial Convenio Colectivo SENPA 1995

Nivel

Salario base

Pesetas/mes (1)

Trienios

Pesetas/mes (1)

Complemento disponibilidad horaria

Pesetas/mes (2)

I 202.467 2.787 5.800
II 162.338 2.787 5.800
III 133.134 2.787 5.800
IV 121.226 2.787 5.800
V 115.423 2.787 5.800
VII 101.194 2.787 5.800
VIII 99.186 2.787 5.800

(1): Catorce mensualidades.

(2): Doce mensualidades.

Otros complementos salariales:

Complemento de toxicidad: 500 pesetas/día.

Complemento de residencia: 6.055 pesetas/mes (doce mensualidades).

Complemento compensador individual disponibilidad horaria 1995: La relación nominal de perceptores del complemento compensador individual por disponibilidad horaria podrá ser consultada en la Secretaría General del Fondo Español de Garantía Agraria.

Complemento compensador individual 1995: La relación nominal de perceptores del complemento compensador individual podrá ser consultada en la Secretaría General del Fondo Español de Garantía Agraria.

Tabla salarial Convenio Colectivo SENPA 1996

Nivel

Salario base

Pesetas/mes (1)

Trienios

Pesetas/mes (1)

Complemento disponibilidad horaria

Pesetas/mes (2)

I 209.618 2.885 6.003
II 168.085 2.885 6.003
III 138.066 2.885 6.003
IV 125.535 2.885 6.003
V 119.528 2.885 6.003
VII 104.801 2.885 6.003
VIII 102.723 2.885 6.003

(1): Catorce mensualidades.

(2): Doce mensualidades.

Otros complementos salariales:

Complemento de toxicidad: 500 pesetas/día.

Complemento de residencia: 6.055 pesetas/mes (doce mensualidades).

Complemento compensador individual disponibilidad horaria 1996: La relación nominal de perceptores del complemento compensador individual por disponibilidad horaria podrá ser consultada en la Secretaría General del Fondo Español de Garantía Agraria.

Complemento compensador individual 1996: La relación nominal de perceptores del complemento compensador individual podrá ser consultada en la Secretaría General del Fondo Español de Garantía Agraria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/09/1999
  • Fecha de publicación: 02/10/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 Y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 11 de febrero de 1994 (Ref. BOE-A-1994-4093).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Servicio Nacional de Productos Agrarios

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