En la Introducción a las Normas Técnicas de Auditoría publicadas
por Resolución de 15 de abril de 1991 ("Boletín Oficial del Estado"), se
señala en relación con el alcance de la auditoría de las cuentas anuales
que "el Auditor determinará el alcance de su trabajo de acuerdo con las
Normas Técnicas de Auditoría. Al aplicar dichas Normas Técnicas y decidir
los procedimientos de auditoría, así como su extensión, el Auditor utilizará
su juicio profesional teniendo en cuenta, muy especialmente, los conceptos
de importancia y riesgo relativos".
Con el objeto de desarrollar dicho concepto, así como de fijar unas
pautas que sirvieran de guía al Auditor en la realización de su trabajo,
el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, el Consejo General
de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios
Oficiales de Titulados Mercantiles de España presentaron ante este
Instituto la Norma Técnica de Auditoría sobre el concepto de "importancia
relativa", para su tramitación y sometimiento a información pública,
conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de Auditoría
de Cuentas.
Por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
de 5 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 17), se procedió
a efectuar el anuncio de la citada Norma Técnica de Auditoría, la cual
fue publicada, a su vez, en el "Boletín" número 31, de octubre de 1997,
del propio Instituto, para someterla a información pública, de conformidad
con lo establecido en el artículo 5.2 de la Ley 19/1988, de 12 de julio,
de Auditoría de Cuentas.
En dicho trámite se han presentado diferentes alegaciones al texto
sometido a información pública, que modifican su redacción en algunos
aspectos. Habiendo sido sometidas las citadas modificaciones a la Comisión
de Auditoría y al Comité Consultivo del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, se han incorporado algunos aspectos de éstas al texto
definitivo.
En consecuencia, y de acuerdo con lo establecido en el citado artículo
5.2 de la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, la Presidencia de este
Instituto dispone lo siguiente:
Una vez superado el trámite de información pública, establecido por
la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, se acuerda el
paso a definitiva de la Norma Técnica de Auditoría sobre el concepto
de "importancia relativa", incluyendo determinadas modificaciones
respecto al texto sometido a información pública, y se ordena, asimismo,
su publicación íntegra en el "Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad
y Auditoría de Cuentas".
Madrid, 14 de junio de 1999.-El Presidente, Antonio Gómez Ciria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid