Visto el expediente de indulto a don Federico Dionisio Fernández, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, en
sentencia de fecha 15 de octubre de 1997, como autor de un delito contra
la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 10.000
pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de
sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de octubre de 1999,
Vengo en conmutar a don Federico Dionisio Fernández la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 8 de octubre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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