Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-20966

Acuerdo de 20 de septiembre de 1999, de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, adoptado en reunión conjunta, en funciones de Mesa de las Cortes Generales, por el que se convoca oposición para la provisión de seis plazas del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 27 de octubre de 1999, páginas 37553 a 37556 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1999-20966

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.8 del Estatuto

del Personal de las Cortes Generales, las Mesas del Congreso de

los Diputados y del Senado, en su reunión conjunta del día 20

de septiembre de 1999, en funciones de Mesa de las Costes

Generales, han acordado convocar oposición para proveer seis plazas

del Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas, dotadas

con las retribuciones establecidas en el Presupuesto de las Cortes

Generales.

De dichas plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.9

del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva un 25

por 100 para su provisión por turno restringido entre funcionarios

de otros Cuerpos de las Cortes Generales que estén en posesión

de la titulación a que se refiere la base segunda, apartado b), de

la presente convocatoria. Las vacantes que no se cubran por este

turno incrementarán el turno libre.

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:

Primera.-El Tribunal calificador que juzgará las oposiciones

al Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes

Generales será nombrado por las Mesas de ambas Cámaras, en

reunión conjunta, y estará compuesto de la siguiente forma:

Presidente: Un Secretario del Congreso de los Diputados o

del Senado.

Vocales:

-Un Diputado o Senador.

-El Secretario general del Congreso de los Diputado o el

Letrado Mayor del Senado, o, a propuesta del Letrado Mayor de las

Cortes Generales, uno de los Secretarios generales Adjuntos del

Congreso de los Diputados, el Letrado Mayor Adjunto del Senado

o el Director de Asistencia Técnico-Parlamentaria de la Secretaría

General del Congreso de los Diputados o del Senado.

-El Jefe de Departamento de Redacción del Diario de Sesiones

de la Dirección de Asistencia Técnico-Parlamentaria de la

Secretaría General del Congreso de los Diputados o del Senado.

Secretario: Un funcionario del Cuerpo de Redactores

Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales que ocupe plaza

de Redactor.

Las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en

reunión conjunta, podrán efectuar la designación también o, en

su caso, delegarla en los Presidentes de las Cámaras, de los

miembros suplentes del Tribunal, que sustituirán a los titulares en caso

de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de

la función.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia,

cuando menos, de tres de sus miembros.

Serán de aplicación las normas sobre composición y

funcionamiento de los Tribunales calificadores de las pruebas selectivas

para el acceso a los Cuerpos de funcionarios de las Cortes

Generales aprobadas por las Mesas del Congreso de los Diputados

y del Senado en su reunión conjunta del día 8 de abril de 1991

("Boletín Oficial de las Cortes Generales, sección Cortes Generales,

serie B, número 7, del 26).

Segunda.-Para tomar parte en la oposición será necesario,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Estatuto del

Personal de las Cortes Generales, reunir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española y ser mayor de edad.

b) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario

u otro equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha

en que termine el plazo de presentación de instancias.

c) No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas por sentencia firme.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el

desempeño de las funciones correspondientes.

e) Cumplir los requisitos que se establecen en la presente

convocatoria en el momento en que expire el plazo de presentación

de solicitudes.

Tercera.-La oposición constará de los ejercicios siguientes,

que podrán realizarse simultáneamente para los turnos libres y

restringido:

1.o Escritura al dictado y traducción en caracteres comunes

de dos textos elegidos a la suerte por los aspirantes entre los

tomos de discursos pronunciados en las Cortes que habrá sobre

la mesa del Tribunal. El ejercicio consistirá en la realización de

las siguientes pruebas que serán calificadas en conjunto por el

Tribunal:

a) Escritura al dictado y traducción en caracteres comunes

del primer texto elegido, que se dictará a la velocidad de 130

a 140 palabras por minuto.

b) Escritura al dictado y traducción en caracteres comunes

del segundo texto elegido, que se dictará a una velocidad superior

a la rapidez media de la oratoria parlamentaria.

2.o Realización de una prueba consistente en la traducción

en caracteres comunes mecanografiados de un discurso de cinco

minutos de duración, contenido en una cinta magnetofónica que

se facilitará a cada opositor. La duración total del ejercicio será

de una hora treinta minutos. El Tribunal valorará la corrección

de la redacción efectuada, así como la calidad del trabajo

mecanografico que se presente.

Para la práctica de este ejercicio, el Tribunal adoptará las

medidas necesarias para facilitar a los aspirantes los correspondientes

dictáfonos; los opositores podrán utilizar sus propias máquinas

de escribir.

3.o Exposición por escrito, durante el tiempo máximo de dos

horas, de dos temas sacados a la suerte entre los que constituyen

el programa correspondiente a este ejercicio que se incluye en

el anexo a la convocatoria.

4.o Realización, en una sala con medios audiovisuales que

permitan el seguimiento de las sesiones del Pleno del Congreso

de los Diputados o del Senado, de otras tres pruebas prácticas,

que integrarán este último ejercicio, juzgándose la perfección del

trabajo que presenten por su conformidad con el realizado por

el turno-guión de los Redactores oficiales. La duración de cada

una de estas pruebas será de diez minutos.

5.o En el caso de que algún opositor padezca una minusvalía

que, sin llegar a impedirle el desempeño de las funciones

correspondientes, le imponga limitaciones en cuanto al procedimiento

de realización de los ejercicios, y lo haga constar expresamente

en la instancia, así como las medidas que solicita para mitigar

esta circunstancia, el Tribunal podrá adoptar las disposiciones

necesarias para atender la solicitud, siempre que con ello no se

altere el contenido y la finalidad de la prueba, y se respete el

principio de igualdad de oportunidades.

Cuarta.-Los ejercicios serán todos eliminatorios y se

calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo

de cinco puntos para aprobar un ejercicio y poder realizar el

siguiente. Al final de cada ejercicio se hará pública en el tablón

de anuncios del Congreso de los Diputados o del Senado una

relación de los aspirantes aprobados, con expresión de la

puntuación alcanzada.

Quinta.-Después del último ejercicio, el Tribunal, por

conducto del Letrado Mayor de las Cortes Generales, elevará a los

Presidentes de las Cámaras propuesta unipersonal para cada una

de las plazas que, en su caso, proponga cubrir, de acuerdo con

el orden que resulte de sumar las calificaciones de los ejercicios

superados por cada opositor, acompañando el expediente de la

oposición con todos los ejercicios y las actas de las sesiones del

Tribunal.

Sexta. 1. Quienes deseen tomar parte en la oposición

deberán presentar en la Dirección de Gobierno Interior de la Secretaría

General del Congreso de los Diputados (Palacio del Congreso de

los Diputados), en días laborables, excepto sábados, de diez a

catorce horas y de dieciséis a dieciocho horas -o remitir en la

forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común-, desde el día

siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado" hasta el 26 de noviembre de 1999, una instancia, según

modelo oficial anejo a la presente convocatoria, dirigida al Letrado

Mayor de las Cortes Generales, a la que se acompañará fotocopia

del documento nacional de identidad, así como del resguardo del

impreso del ingreso en cuanta bancaria o de transferencia que

se haya utilizado para hacer efectivos los derechos de examen.

En dicha solicitud se consignarán nombre y dos apellidos; número

del documento nacional de identidad; fecha de nacimiento;

domicilio a efectos de notificaciones; teléfono; título que se posea,

así como el turno, libre o restringido, por el que se opte. Asimismo,

se hará declaración expresa de asumir el compromiso de tomar

posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde la notificación

del nombramiento.

2. Los candidatos abonarán la cantidad de 2.000 pesetas en

concepto de derechos de examen, cuyo importe se hará efectivo

efectuando su ingreso en la cuenta corriente 303038654,

denominada "Cortes Generales, oposición al Cuerpo de Redactores

Taquígrafos y Estenotipistas", de la Oficina Institucional del Banco

Exterior de España (código 0301, calle Serrano, número 37,

28001 Madrid), directamente en cualquiera de sus sucursales o

mediante transferencia. En el resguardo de ingreso o transferencia,

cuya fotocopia se ha de unir a la instancia, deberá figurar

necesariamente el número y denominación de la cuenta mencionada,

así como el nombre y apellidos y número de documento nacional

de identidad del aspirante.

Séptima. 1. Una vez terminado el plazo de presentación de

instancias y a la vista de las presentadas, el Tribunal, mediante

resolución, hará pública en el "Boletín Oficial del Estado" y en

el "Boletín Oficial de las Cortes Generales", así como en los

tablones de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado,

la relación provisional de candidatos excluidos en la oposición,

con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. En el

"Boletín Oficial de las Cortes Generales", así como en los tablones

de anuncios del Congreso de los Diputados y del Senado, se hará

pública, además, la lista provisional de admitidos. En el plazo

de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al

de la publicación de dicha resolución en el "Boletín Oficial del

Estado", podrán presentarse reclamaciones a la citada relación

o subsanarse los defectos en que los aspirantes hubieren incurrido

y que hayan motivado, en su caso, la exclusión.

2. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal publicará por el

mismo procedimiento la relación definitiva de candidatos admitidos

a la oposición.

Octava. 1. Los ejercicios comenzarán a partir del mes de

septiembre del año 2000. La fecha y hora que se señale para

la celebración del primer ejercicio se hará pública en el "Boletín

Oficial del Estado" y en los tablones de anuncios del Congreso

de los Diputados y del Senado con quince días de antelación,

como mínimo.

2. El orden de actuación vendrá determinado por el que

resulte del sorteo público, de aplicación a todos los procesos de

selección convocados durante el año 2000 en el ámbito de las Cortes

Generales, que realice la Administración parlamentaria.

Novena.-Los opositores propuestos por el Tribunal calificador

para ocupar plaza deberán presentar en la Dirección de Gobierno

Interior citada, dentro del plazo de treinta días, contados a partir

de la propuesta de nombramientos, los documentos siguientes:

a) Documento nacional de identidad original, así como una

fotocopia del mismo, para su compulsa.

b) Título original de Diplomado Universitario o equivalente

al que se refiere la base segunda de esta convocatoria, así como

una fotocopia del mismo, para su compulsa.

Madrid, 20 de septiembre de 1999.-El Presidente del Congreso

de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde.-La

Presidenta del Senado, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.

ANEXO

Programa de temas para las oposiciones al Cuerpo

de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas

de las Cortes Generales (tercer ejercicio)

1. El Estado español. Estado de Derecho, social y

democrático.

2. Las fuentes del Derecho en España. La Constitución como

norma jurídica. La Ley. Leyes orgánicas.

3. Las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos

leyes y Decretos legislativos.

4. La Constitución española de 1978. Principios básicos. La

reforma de la Constitución.

5. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución

española.

6. La Corona en la Constitución española. Las funciones

constitucionales del Rey. La sanción de las leyes.

7. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el

Senado. Relaciones entre las Cámaras. Las Diputaciones

permanentes.

8. El sistema electoral español. Las elecciones generales al

Congreso de los Diputados y al Senado.

9. Las funciones de las Cortes Generales. Los Reglamentos

del Congreso de los Diputados y del Senado. Procedimiento de

reforma.

10. El estatuto de los parlamentarios. Inviolabilidad e

inmunidad. El suplicatorio; su tramitación. Los Grupos Parlamentarios.

11. La Presidencia y la Mesa de las Cámaras. Designación,

período de mandato y cese. Competencias. La Junta de Portavoces.

12. Las Comisiones. Clases. Competencias. Estructura. La

Presidencia de las Comisiones. Las Ponencias. El Pleno de las

Cámaras.

13. El funcionamiento del Congreso de los Diputados y del

Senado. El orden del día. Las sesiones. Los debates. Las

votaciones. La disciplina parlamentaria.

14. El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa. El

procedimiento legislativo ordinario. Proyectos y proposiciones de

ley. Las enmiendas y votos particulares: Concepto, clases y

tramitación.

15. Los Presupuestos Generales del Estado: Su significación

y estructura. Tramitación legislativa. Enmiendas al proyecto de

ley de Presupuestos.

16. Procedimientos legislativos especiales: Proyectos y

proposiciones de Ley Orgánica. Estatutos de Autonomía. Tratados

y Convenios Internacionales. Competencia legislativa plena de

Comisiones. Lectura única de un proyecto de ley. Procedimiento

de urgencia.

17. Los procedimientos de control del Ejecutivo (I). La

investidura. La moción de censura y la cuestión de confianza.

18. Los procedimientos de control del Ejecutivo (II). Las

interpelaciones. Las preguntas. Proposiciones no de ley y mociones.

El debate de comunicaciones, programas e informes del Gobierno

y de otros órganos estatales.

19. Las Secretarías Generales del Congreso de los Diputados

y del Senado. El Letrado Mayor de las Cortes Generales. El

Secretario general del Congreso de los Diputados. El Letrado Mayor

del Senado. Estructura y órganos de la administración

parlamentaria. Funciones del Cuerpos de Redactore Taquígrafos y

Estenotipistas.

20. El personal de las Cortes Generales (I). Los funcionarios

de las Cortes Generales. Ingreso y cese. Situaciones.

21. El personal de las Cortes Generales (II). Derechos, deberes

e incompatibilidades de los funcionarios de las Cortes Generales.

Régimen disciplinario.

22. El Defensor del Pueblo.

23. El Gobierno. Composición. Funciones constitucionales.

Relaciones con las Cortes Generales.

24. La Administración Central del Estado. Órganos

superiores. Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios

y los Directores generales. La Administración periférica.

25. Las nacionalidades y regiones. Las Comunidades

Autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

26. Organización institucional de las Comunidades

Autónomas. La distribución de competencias entre el Estado y las

Comunidades Autónomas. Las relaciones de las Comunidades

Autónomas con el Estado.

27. La Administración local. El municipio. La provincia.

28. La potestad reglamentaria de la Administración. Los actos

administrativos. Concepto, elementos, clases, eficacia e invalidez.

29. El procedimiento administrativo. Principios. Iniciación,

instrucción y terminación. Silencio administrativo. Los contratos

administrativos.

30. Los recursos administrativos. La jurisdicción

contencioso-administrativa.

31. Los funcionarios públicos. Naturaleza jurídica de la

relación funcionarial. Situaciones administrativas. Derecho, deberes

e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

32. El Poder Judicial. Configuración constitucional. El

Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio

Fiscal.

33. El Tribunal Constitucional. Composición. Naturaleza. Los

procesos de control de la constitucionalidad de las normas. El

recurso de amparo. Los conflictos de competencia.

34. La Unión Europea. Sus instituciones.

ANEXO: (Ver imagen página 37556).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid