En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Junta de Andalucía de 15 de mayo de 1985 y publicados por
Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía" número 74, de 26 de julio, y con el fin de
atender las necesidades de personal de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en
relación con el artículo 3.2.e), de la misma norma, así como en
los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,
resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Técnica de la Universidad de Granada, con arreglo a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas
de funcionarios de la Escala Técnica de la Universidad de Granada,
por el sistema de promoción interna.
Este número de plazas podrá incrementarse en el caso de que
resulten plazas desiertas en el actual proceso selectivo, convocado
por Resolución de 22 de diciembre de 1998.
En cualquier caso, el número total de plazas convocadas
quedará concretado en la Resolución del Rectorado por la que se
apruebe la relación de aspirantes admitidos y excluidos.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de
la Universidad de Granada, el Reglamento del Personal de
Administración y Servicios de esta Universidad y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que se acompaña como anexo I a esta convocatoria.
1.4 El procedimiento de selección será el de
concursosición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias
que se especifican como anexo II de esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de abril de 2000.
La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará en la Resolución del
Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de
acceso a la función pública y, en particular:
a) Hallarse en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la
fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
b) Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán estar
en situación administrativa de servicio activo, pertenecer a
Cuerpos o Escalas de Administración General o de Administración
universitaria del grupo B, establecidos en el artículo 25 de la Ley
30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
excluidos los Cuerpos o Escalas de Bibliotecas e Informática, tener
destino en propiedad en la Universidad de Granada, poseer una
antigüedad de dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan
y en la Universidad de Granada y reunir los demás requisitos.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como
anexo IV a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente
en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, edificio
"Santa Lucía", calle Santa Lucía, número 2 (Granada).
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad, o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo
señor Rector Magnífico de la Universidad de Granada.
3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán
indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su
caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido
para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los
ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con
indicación de las causas de exclusión. En la lista deberán constar,
en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido
por los miembros que se especifican en el anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de
los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en
el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del
Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad.
Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el
proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá
designar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes;
en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio "Santa
Lucía" (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo V del Real Decreto
54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía", de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará, en
su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicas por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso
ordinario ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública en el Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno
la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación
alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. Dicha
relación contendrá la puntuación obtenida en fase de concurso
y de oposición, desglosando esta última en cada uno de los
ejercicios celebrados.
Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de
Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones
de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores
que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de
Personal copia compulsada de aquellos documentos que acrediten
las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala
Técnica de la Universidad de Granada, a excepción de aquellos
que obren ya en poder del citado servicio como consecuencia
de la aportación realizada para su anterior nombramiento como
funcionario de carrera.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados,
no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán
anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 A los aspirantes aprobados se les adjudicará como primer
destino el mismo puesto de trabajo que vinieran ocupando con
carácter definitivo como funcionarios de carrera del Cuerpo o
Escala desde el que acceden.
8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del
Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios
de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", con indicación de los destinos adjudicados.
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria
y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin
perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto
en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas selectivas.
9.2 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente
recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el mismo órgano que lo ha
dictado, o interponer directamente recurso
contenciosotivo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por
Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada
contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el
Rector de la Universidad, en los términos previstos en los
artículos 114 y concordantes de la mencionada ley.
9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder
a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Granada, 5 de octubre de 1999.-El Rector, Lorenzo Morillas
Cueva.
ANEXO I
Programa
I. Derecho Constitucional
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura,
contenido y valor normativo.
Tema 2. Legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las
leyes de transferencias o delegación. Las leyes de armonización.
Tema 3. Las Comunidades Autónomas: fundamento
constitucional. Delimitación de las funciones y competencias del Estado
y de las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de
las Comunidades Autónomas.
Tema 4. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto
de Autonomía de Andalucía: Estructura y contenido básico.
Competencias de la Comunidad Autónoma. Elaboración de las leyes
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 5. La Administración institucional de la Junta de
Andalucía. Clasificación jurídica y sectorial de los servicios, organismos,
entidades y empresas dependientes.
Tema 6. La autonomía de las Universidades en la
Constitución, en la Ley de Reforma Universitaria y en la doctrina del
Tribunal Constitucional.
II. Derecho Administrativo
Tema 7. La Administración Pública y el Derecho. El principio
de legalidad. Potestades regladas y potestades discrecionales. Los
conceptos jurídicos indeterminados. El control legislativo,
jurisdiccional y político de la Administración.
Tema 8. Relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos
de la relación jurídico-administrativa. Personalidad jurídica de las
Administraciones públicas.
Tema 9. Los órganos administrativos. Principios de
organización. La competencia como técnica de organización
administrativa.
Tema 10. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto
y clase. Jerarquía normativa. La Constitución y las Leyes, Leyes
Orgánicas y Leyes ordinarias, disposiciones del ejecutivo con
fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos. Tratados
internacionales.
Tema 11. El Reglamento. Requisitos y forma que deben
adoptar los reglamentos. Clases de reglamentos. Fundamento y límites
de la potestad reglamentaria. La costumbre, la jurisprudencia y
los principios generales del derecho.
Tema 12. El acto administrativo. Concepto y caracteres.
Elementos. Clases. Notificación y publicación. Distinción entre acto
y reglamento.
Tema 13. Eficacia y validez del acto administrativo. Nulidad
de pleno derecho y anulabilidad, convalidación y conversión.
Irregularidades no invalidantes. La ejecutividad del acto
administrativo.
Tema 14. El procedimiento administrativo: Concepto,
principios generales y clases. Procedimiento administrativo general:
Fases, clases de iniciación y ordenación del procedimiento.
Tema 15. Procedimientos especiales: Clases. Las
reclamaciones previas al ejercicio de las acciones en vía judicial.
Tema 16. Derechos del ciudadano en el procedimiento
administrativo. El interesado. El silencio administrativo y sus efectos.
Tema 17. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Objeto, competencia, plazos, motivos de impugnación y
procedimiento. Los recursos en la administración universitaria.
Tema 18. La revocación. La revisión de oficio de los actos
administrativos. Procesos de lesividad.
Tema 19. La responsabilidad de las Administraciones
públicas: Consideraciones generales, presupuestos, requisitos
temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y
personal.
Tema 20. La Ley de la Jurisdicción
Contenciosotiva: El recurso contencioso-administrativo.
Tema 21. La potestad sancionadora de las Administraciones
públicas. Principios de la potestad sancionadora. El procedimiento
sancionador. Principios generales.
Tema 22. La actividad administrativa de servicio público. La
gestión directa de servicios públicos. Modalidades de gestión
indirecta. La concesión. Empresas mixtas.
III. Derecho Laboral
Tema 23. El Derecho del Trabajo: Concepto y fuentes. La
aplicación de las normas en el ámbito laboral, en especial los
principios pro operarios, de norma mínima y norma más favorable.
Tema 24. Los convenios colectivos: Concepto. El III Convenio
Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía.
Tema 25. El contrato de trabajo: Concepto, objeto y causa
y sujetos del contrato de trabajo. Modalidades de contratación
laboral.
Tema 26. Las prestaciones del trabajador. El lugar y el modo
de la prestación. La jornada laboral. Descansos y permisos en
la Universidad de Granada.
Tema 27. Las prestaciones del empresario. El poder de
dirección del empresario y sus derivaciones. El salario, clases y
garantías.
Tema 28. Las modificaciones de las condiciones de trabajo.
La suspensión del contrato de trabajo. La extinción del contrato
de trabajo, en especial el despido disciplinario.
Tema 29. Derecho sindical. La libertad sindical: Contenido.
La participación de los trabajadores en la empresa. Representación
sindical de los trabajadores. Régimen electoral.
Tema 30. Prevención de riesgos laborales. Objetivos de la
política de prevención de riesgos laborales. Funciones y
competencia de la Administración. Obligaciones de los empresarios y
responsabilidad jurídica derivada del incumplimiento de las
normas de prevención.
Tema 31. La Seguridad Social de los empleados públicos en
el régimen laboral.
IV. Régimen económico y financiero
Tema 32. Régimen económico y financiero de las
universidades. Autonomía económica y financiera.
Tema 33. Financiación de las universidades públicas.
Ingresos públicos: Concepto y clases. Tasas y precios públicos
universitarios. Contratos en virtud del artículo 11 de la LRU.
Tema 34. El patrimonio universitario. Titularidad,
administración y disposición de los bienes de las universidades.
Tema 35. La Ley General Presupuestaria, Ley General de la
Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía:
estructura y principios generales.
Tema 36. El presupuesto: Concepto y clases. Principios y
funciones del presupuesto. Técnicas presupuestarias.
Tema 37. Los créditos presupuestarios: Principios generales.
Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios,
suplementos de crédito, transferencias de crédito. Otras modificaciones
presupuestarias. Especial referencia a la Universidad de Granada.
Tema 38. Ciclo presupuestario. Elaboración, estructura y
aprobación del presupuesto. Especial referencia a la Universidad
de Granada.
Tema 39. Ejecución del presupuesto. Fases. Pagos: Concepto
y clases. Anticipos de caja fija.
Tema 40. Control presupuestario: Concepto y clases. El
control interno: La función interventora. La auditoría como elemento
de control. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.
Tema 41. Contratos administrativos en la Administración
pública. Elementos básicos. Tipos de contratos y formas de
contratación.
Tema 42. Aspectos básicos del régimen de los contratos de
obras, de gestión de servicios públicos, de suministro, de
consultoría y asistencia, servicios y trabajos específicos no habituales
de la Administración.
V. Gerencia pública y administración de recursos humanos
Tema 43. La función directiva. El directivo público. La cultura
administrativa. La ética pública.
Tema 44. La planificación de recursos humanos en las
Administraciones públicas. Los procesos selectivos en la Administración
pública: Pruebas psicotécnicas, entrevistas, perfil del candidato.
La formación del personal.
Tema 45. Definición y análisis de problemas. El proceso de
toma de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. El cambio
organizacional. La resistencia al cambio.
Tema 46. El factor humano en la organización. El grupo en
la organización: Comunicación y comportamiento grupal. El
trabajo en equipo. La motivación.
Tema 47. El personal al servicio de las Administraciones
públicas: Régimen estatutario y Derecho Laboral. Reformas de
la Función Pública española desde 1984.
Tema 48. La oferta de empleo público. Los planes de empleo.
Las relaciones de puestos de trabajo. Análisis y descripción de
puestos de trabajo.
Tema 49. Los funcionarios públicos: Concepto y clases.
Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de la condición de
funcionario. Formación y perfeccionamiento. La carrera
administrativa.
Tema 50. Derechos económicos y profesionales. Situaciones
Administrativas.
Tema 51. Deberes e incompatibilidades de los funcionarios.
Régimen disciplinario. Responsabilidad de los funcionarios
públicos.
Tema 52. Órganos de representación y participación de los
funcionarios. Derechos de sindicación y de huelga.
Tema 53. El personal laboral en el Reglamento del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.
Tema 54. El personal funcionario en el Reglamento del
Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.
Tema 55. La Seguridad Social de los funcionario públicos.
Derechos Pasivos. Mutualismo administrativo.
VI. España y la Unión Europea
Tema 56. La Unión Europea. El proceso de integración,
objetivos y naturaleza jurídica. Los tratados originarios y modificativos.
La integración de España. El Acta Única Europea. Los acuerdos
de Maastricht.
Tema 57. Las instituciones de la Unión Europea: El Consejo,
la Comisión, el Parlamento y el Tribunal de Justicia.
Tema 58. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones
entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los
estados miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español
al Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades
Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.
Tema 59. El Presupuesto de la Función Pública comunitaria.
Programa de Convergencia Económica de la Unión Europea.
Fondos Estructurales: FEDER y FSE.
Tema 60. La libre circulación de los trabajadores. La política
social. Derecho del establecimiento y libre prestación de servicios.
Tema 61. Políticas comunes y sectoriales de las Comunidades
Europeas. Las normas de libre competencia. La cohesión
económica y social.
VII. Gestión universitaria
Tema 62. La administración universitaria. Gerencia y
servicios administrativos. Servicios de apoyo a la docencia y a la
investigación. Servicios a la comunidad universitaria. Referencia a la
Universidad de Granada.
Tema 63. La gestión descentralizada mediante entidades
creadas o participadas por la universidad: Sociedades y
fundaciones universitarias. La cooperación interuniversitaria en la
gestión y en los servicios.
Tema 64. El profesorado universitario: Clases y régimen
jurídico general aplicable. Plantillas y plazas de profesorado.
Selección del profesorado: Acceso y carrera docente. La Comisión de
Reclamaciones del artículo 43 de la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 65. Problemática de la gestión de la investigación en
las universidades. La promoción de la investigación universitaria
y la transferencia de resultados de la investigación. Patentes
universitarias.
Tema 66. La investigación en las universidades. Normativa
y ordenación institucional. Fuentes de financiación de los
proyectos de investigación. Los programas de formación de
investigadores.
Tema 67. La acción de las universidades en el extranjero.
Los convenios de cooperación académica, científica y cultural con
las universidades extranjeras. Las universidades y la Unión
Europea. Las universidades y los organismos internacionales de
educación.
ANEXO II
Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de
concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse
para superar la fase de oposición.
Fase de oposición:
La fase de oposición estará formada por los siguientes
ejercicios, siendo éstos eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionarlo de
preguntas con respuesta alternativa, basado en el contenido del
programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo 1
a esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de cinco puntos para superarlo.
Segundo ejercicio: Consistirá en la elaboración de dos
dictámenes de entre tres propuestos por el Tribunal y relacionados
con los módulos II, IV y VII del programa (anexo I). Para la
realización de este ejercicio el opositor podrá utilizar solamente textos
jurídicos no comentados.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de cinco puntos para superarlo.
Tercer ejercicio: Los aspirantes, en el plazo máximo de tres
horas, deberán desarrollar por escrito dos temas de entre tres,
extraídos al azar, correspondiente a los módulos III, V y VI del
programa (anexo I).
El ejercicio deberá ser leído por los opositores, en sesión
pública, ante el Tribunal, valorándose la formación general, la claridad
y orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita. El
Tribunal podrá plantear al candidato aquellas cuestiones que, en
relación con los temas elegidos, considere oportunas.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de cinco puntos para superarlo.
Fase de concurso:
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario
que los aspirantes aporten la justificación documental de los
méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso, en el plazo
de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la
publicación de las puntuaciones del tercer ejercicio, en instancia
que será facilitada por el Servicio de Personal de la Universidad.
La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará
hasta un máximo de 5,62 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos
los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:
Servicios prestados en la Universidad de Granada en Cuerpos
o Escalas del grupo B a que se refiere la base 2.1 de la convocatoria,
asignándose 0,40/365 puntos día.
Servicios prestados en la Universidad de Granada en otros
Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984,
asignándose 0,20/365 puntos día.
Servicios prestados en otras Administraciones públicas en
Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984,
asignándose 0,10/365 puntos día.
b) Grado personal consolidado: Se valorará el grado personal
consolidado al día de publicación de esta convocatoria
asignándose las siguientes puntuaciones:
Grados 27-26: 4,82 puntos.
Grados 25-24: 4,41 puntos.
Grados 23-22: 4,00 puntos.
Grados 21-20: 3,59 puntos.
Grados 19-18: 3,18 puntos.
Grados 17 o menor: 2,77 puntos.
c) Titulación: Se valorará la máxima titulación que posea el
concursante, de acuerdo con el siguiente baremo:
Diplomado: 0,80 puntos.
Licenciado: 1,60 puntos.
Doctor: 2,40 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de
esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la
fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese
el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad
en la Universidad de Granada.
ANEXO III
Tribunal calificador
El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará
constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Profesor
titular de Universidad y Gerente de la Universidad de Granada.
Vocales: Don Juan Luis Ruiz-Rico Díez, funcionario de la Escala
Técnica de Administración de la Universidad de Jaén; don José
Enrique Soriano Arias, funcionario de la Escala Técnica de la
Universidad de Granada, que actuará como Secretario; don Rafael
Carrillo Paños, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de
la Universidad de Alicante; y doña Pilar Alba Tercedor, Jefe del
Servicio de Profesorado y PAS Universitario de la Dirección
General de Universidades.
Suplentes:
Presidenta: Doña María Jesús Calatrava Escobar, Profesora
titular de Universidad y Vicesecretaria general de la Universidad de
Granada.
Vocales: Don José Antonio Olmedo Benítez, funcionario del
Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado; don José
María Gámez Montes, funcionario de la Escala Técnica de la
Universidad de Granada, que actuará como Secretario; don Antonio
Blánquez Corral, funcionario de la Escala Técnica de
Administración de la Universidad de Jaén; don Fernando Palencia
Herrejón, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad
de Málaga.
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