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Documento BOE-A-1999-21274

Resolución de 4 de octubre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo de colaboración entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, sobre la realización del programa "Bolsa de vivienda joven en alquiler".

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 1 de noviembre de 1999, páginas 38386 a 38387 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-21274

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, el protocolo de

colaboración sobre la realización del programa "Bolsa de vivienda joven en

alquiler", y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del

artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho

protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 4 de octubre de 1999.-La Secretaria general Técnica, María

Dolores de Cospedal García.

ANEXO

Protocolo de colaboración entre el Instituto de la Juventud del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña sobre

la realización del programa "Bolsa de vivienda joven en alquiler"

En Madrid, a 21 de julio de 1999.

REUNIDOS

De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin

obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en

el ejercicio de su cargo,

Y, de otra parte, la señora doña Rosa M. Pujol i Galobart, sin obligación

de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio

de su cargo.

INTERVIENEN

La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general

del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,

en nombre y representación de la Administración General del Estado

tituto de la Juventud-, según competencias que le corresponden a tenor

de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Y la señora doña Rosa M. Pujol i Galobart, como Secretaria general

de Juventud, nombrada por Decreto 73/1998, de 3 de marzo ("Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" 2595, de 10 de marzo de 1998), en nombre

y representación de la Generalidad de Cataluña, expresamente autorizada

para la firma de este Convenio por Resolución del Consejero de Cultura

de 16 de junio de 1999, que actúa de acuerdo con las facultades que le

otorga el artículo 12.k) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de

Organización, Procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración de la

Generalidad de Cataluña.

EXPONEN

Que con fecha 16 de septiembre de 1997 se firmó la ampliación del

Convenio de colaboración suscrito el 18 de octubre de 1995 entre el

Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la

Generalidad de Cataluña para conjuntamente promover actuaciones que

contribuyan a favorecer el acceso a la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula primera del referido Convenio de ampliación se

establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer

trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar,

así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución,

especificando las aportaciones respectivas.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio

antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo,

según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente protocolo tiene por objeto dar continuidad a las

acciones pactadas en la estipulación primera del Convenio suscrito entre

las dos partes el 18 de octubre de 1995.

Segunda.-Para el año 1999, la distribución pormenorizada de las

aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico,

19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente

suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro multirriesgo-hogar hasta un máximo de

8.500.000 pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será de 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de caución hasta un máximo de 15.000.000

de pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100

de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión

técnica y seguimiento del Programa hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

Total de su aportación: 31.000.000 de pesetas.

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas y

Administraciones Locales incorporadas al programa "Bolsa de vivienda joven

en alquiler".

II. La Secretaría General de Juventud correrá directamente con los

gastos que se produzcan por:

1. Personal necesario para el Programa 11.420.000 pesetas,

equivalente a 68.635,58 euros.

2. Gastos de local 2.284.483 pesetas, equivalente a 12.020,24 euros.

3. Material y publicidad 2.300.000 pesetas, equivalente a 13.823,28

euros.

4. Otros 3.291.517 pesetas, equivalente a 19.782,41 euros.

Total de su aportación: 19.296.000 pesetas, IVA incluido, equivalente

a 114.261,51 euros.

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la partida

07.07.226096, existiendo remanente suficiente del mismo para disponer

el gasto.

Tercera.-El presente Protocolo estará vigente durante todo al año 1999.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto

anteriormente las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas

expresados, en tres ejemplares que hacen fe.

Por el Instituto de la Juventud, Elena Azpiroz Villar.-Por la Generalidad

de Cataluña, Rosa M. Pujol i Galobart.

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