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Documento BOE-A-1999-21803

Resolución de 14 de octubre de 1999, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración suscrito el 12 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, para la financiación de actuaciones integrales en el ámbito denominado Sector I de Lavapiés.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 1999, páginas 39235 a 39236 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-21803

TEXTO ORIGINAL

Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de

Fomento y la Comunidad de Madrid, el día 30 de septiembre de 1999,

un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración

suscrito el 12 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y

la Comunidad de Madrid, para la financiación de actuaciones integrales

en el ámbito denominado Sector I de Lavapiés, declarado como área de

rehabilitación preferente, al amparo del Real Decreto 2190/1995, de 28

de diciembre, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno,

del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 ("Boletín

Oficial del Estado" del 16), procede la publicación de dicho Acuerdo, que

figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 14 de octubre de 1999.-El Director general, Fernando Nasarre

y de Goicoechea.

ANEXO

Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración

suscrito el 12 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y la

Comunidad de Madrid, para la financiación de actuaciones integrales

en el ámbito denominado Sector I de Lavapiés, declarado como área

de rehabilitación preferente, al amparo del Real Decreto 2190/1995,

de 28 de diciembre

En Madrid, a 30 de septiembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Rafael Arias-Salgado Montalvo,

Ministro de Fomento, que actúa en representación de la Administración

General del Estado, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional

decimotercera de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y previa autorización

otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica

en fecha 8 de junio de 1999.

Y de otra, el excelentísimo señor don Luis Eduardo Cortés Muñoz,

Vicepresidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y Consejero de

Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en nombre y representación

de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la

Comunidad de Madrid, cargo para el que fue nombrado por Decreto 15/1999,

de 8 de julio, facultado para este acto en virtud del artículo 41 de la

Ley 1/1993, de 13 de diciembre.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad en que cada una

interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este

Acuerdo y al efecto,

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia

exclusiva que el artículo 149.1.11.a y 1.13.a de la Constitución Española atribuye

al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación

de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad de Madrid tiene competencia en materia de

Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de conformidad con lo

previsto en el artículo 26.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de

Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero.

Que la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes es el

Organismo que ejerce la competencia en materia de política de vivienda,

a través de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de conformidad

con lo dispuesto en el Decreto 270/1995, de 19 de octubre.

3. Con fecha 12 de diciembre de 1997 se suscribió un Convenio de

Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid,

para financiar actuaciones de rehabilitación integral en el ámbito

denominado Sector I de Lavapiés, a fin de detener el grave proceso de deterioro

urbano, social y arquitectónico en que se encuentra el sector considerado,

e iniciar seguidamente, todo un complejo proceso de regeneración y

revitalización del área urbana, mediante actuaciones de rehabilitación de

edificios de viviendas, programas de adecuación arquitectónica,

esponjamientos e infraestructuras.

4. La complejidad del proceso rehabilitador, que exige importantes

operaciones de desalojo y realojo de los vecinos afectados, demoliciones

y la reparación integral de los inmuebles, ha supuesto modificar la

programación de las actuaciones inicialmente previstas, siendo necesario

ampliar el plazo de duración del Convenio, y el reajuste de la inversión

pendiente de acuerdo a los ejercicios presupuestarios establecidos.

En su virtud, las partes representadas acuerdan la modificación del

Convenio referido de conformidad con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El presente Acuerdo tiene como finalidad prorrogar la

vigencia del Convenio hasta el año 2001, reasignado las anualidades inicialmente

establecidas y sin que ello conlleve aumento del presupuesto acordado

para la ejecución de las actuaciones.

Segunda.-El desarrollo de las inversiones previstas en el Convenio

suscrito el 12 de diciembre de 1997 es el siguiente:

(En millones de pesetas)

Comunidad

Autónoma

de Madrid

Ayuntamiento

de Madrid Privados TotalMinisterio

de Fomento

Convenio

12-12-1997 .. 3.302,00 1.826,20 1.444,80 2.558,00 9.131,00

Aportaciones

a 31-12-1998. 447,00 265,00 160,00 - 872,00

Aporta ci ón

pendiente ... 2.855,00 1.561,20 1.284,80 2.558,00 8.259,00

Tercera.-Las partes intervinientes aportarán las cantidades pendientes

que alcanzan la cifra de 8.259.000.000 de pesetas, distribuidas en las

cuantías y anualidades que se detallan:

Resumen de las aportaciones

(En millones de pesetas)

Comunidad

Autónoma

de Madrid

Ayuntamiento

de Madrid Privados TotalAnualidad Ministerio

de Fomento

1999 ........ 753,8 309,427 190,0 680,0 1.933,227

2000 ........ 970,5 596,751 750,0 790,0 3.107,251

2001 ........ 1.130,7 655,022 344,8 1.088,0 3.218,522

Total ... 2.855,0 1.561,2 1.284,8 2.558,0 8.259,000

La aportación del Ministerio de Fomento se efectuará con cargo al

Presupuesto de Gastos del Estado, Programa 431A, concepto

presupuestario 752.12.

Las partes intervinientes deberán someterse al procedimiento

normativamente previsto, para reajustar las anualidades establecidas, a fin de

adecuarlas a las necesidades reales de ejecución y a las disponibilidades

presupuestarias que se puedan producir durante el desarrollo del

Convenio.

Cuarta.-Las partes para dar continuidad a las obligaciones asumidas,

establecen a estos efectos una nueva previsión temporal que finalizará

el 31 de diciembre del 2001, plazo de vigencia que podrá ser prorrogado

por el tiempo que las partes acuerden, si llegado su término, existieran

razones que así lo exigiesen.

Quinta.-En todo lo que no se oponga al presente Acuerdo, será de

aplicación lo establecido en el Convenio de 12 de diciembre de 1997.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes

lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicado.

El Ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado Montalvo.- El

Vicepresidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y Consejero de Obras

Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis Eduardo Cortés Muñoz.

Cláusula de Adhesión

En Madrid, a 1 de octubre de 1999.

COMPARECE

Don José María Álvarez del Manzano y López del Hierro,

Alcaldesidente del Ayuntamiento de Madrid, en nombre y representación del

Ayuntamiento de Madrid, nombrado por Acuerdo Plenario adoptado en sesión

celebrada el 3 de julio de 1999, cuyas facultades y competencias se

encuentran recogidas en la Ley de Bases del Régimen Local y demás textos legales

que la desarrollan.

Don Luis Peral Guerra, Viceconsejero de la Consejería de Obras

Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, en calidad

de Presidente de la Entidad Gestora de Rehabilitación del Sector I de

Lavapiés, en uso de las facultades otorgadas conforme a lo previsto en

el artículo 13 de los Estatutos.

Don Ignacio del Río García de Sola, Tercer Teniente-Alcalde y Concejal

responsable de la rama de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras del

Ayuntamiento de Madrid, en calidad de Presidente del Consejo Rector

de la Entidad Gestora de Rehabilitación del Sector I de Lavapiés, en uso

de las facultades otorgadas conforme a lo previsto en el artículo 14 de

los Estatutos.

MANIFIESTA

El Ayuntamiento de Madrid y la Entidad Gestora de Rehabilitación

del Sector I de Lavapiés se adhiere y presta su conformidad a las

estipulaciones contenidas en el presente Acuerdo.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid, José María Álvarez

del Manzano y López del Hierro.

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