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Documento BOE-A-1999-22094

Orden de 13 de octubre de 1999, de autorización de la cesión general de la cartera del ramo de vida de la entidad "Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima" a la entidad Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, sucursal en España de Compañía Suiza, y de revocación de la autorización administrativa para operar en el mencionado ramo a la entidad "Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 15 de noviembre de 1999, páginas 39822 a 39822 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-22094

TEXTO ORIGINAL

La entidad Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, sucursal en

España de Compañía Suiza, ha presentado en la Dirección General de

Seguros solicitud de autorizacion administrativa para la operación de

cesión general de la cartera del ramo de vida de la entidad "Zurich España,

Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima".

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se

desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos

establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de

Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros he

resuelto:

Primero.-Autorizar la cesión general de la cartera del ramo de vida

de la entidad "Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad

Anónima" a la entidad Zurich, Compañía de Seguros sobre la Vida, sucursal

en España de Compañía Suiza.

Segundo.-Revocar a la entidad "Zurich España, Compañía de Seguros

y Reaseguros, Sociedad Anónima", la autorización administrativa para

operar en el ramo de vida conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.b)

de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de

los Seguros Privados.

Contra la Orden que antecede, que pone fin a la vía administrativa,

se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en

el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación

de la misma. Asimismo se podrá interponer recurso

contenciosonistrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la

notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional

novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 13 de octubre de 1999.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de

1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

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