Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Medio
Ambiente y el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de
la Comunidad Autónoma de Cataluña, el día 3 de marzo de 1999, un
Convenio de encomienda de gestión para la ejecución de las expropiaciones
de los bienes y derechos afectados por el proyecto de desvío del río
Llobregat con medidas correctoras de impacto ambiental, y en cumplimiento
de lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento
Administrativo Común, procede la publicación de dicho Convenio que
figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 2 de noviembre de 1999.-El Secretario general Técnico, Carlos
Vázquez Cobos.
ANEXO
Convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Medio
Ambiente y el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas
de la Comunidad Autónoma de Cataluña para la ejecución de las
expropiaciones de los bienes y derechos afectados por el proyecto de desvío
del río Llobregat con medidas correctoras de impacto ambiental
Madrid, 3 de marzo de 1999.
REUNIDOS
De una parte la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga,
Ministra de Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 762/1996, de 5
de mayo,
De otra, el honorable señor don Pere Macias y Arau, Consejero de
Política Territorial y Obras Públicas, en representación de la Comunidad
Autónoma de Cataluña, en virtud del Acuerdo de Gobierno de la
Generalidad de Cataluña del día 23 de febrero de 1999,
Ambos se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad
legal necesaria para formalizar el presente Convenio de encomienda de
gestión para la ejecución de las expropiaciones de los bienes y derechos
afectados por el proyecto de desvío del río Llobregat con medidas
correctoras de impacto ambiental entre el Ministerio de Medio Ambiente y el
Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.-Que por Real Decreto 2646/1985, de 27 de diciembre, se
traspasaron funciones y servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña
en materia de obras hidráulicas, complementándose la colaboración entre
ambas Administraciones por medio del Convenio suscrito el 27 de
diciembre de 1985, en el que se estableció "b) Que los proyectos y actuaciones
para la contratación de las obras para el encauzamiento del río Llobregat
en su tramo final se inicien inmediatamente después de que se hubiere
aprobado definitivamente por la Generalidad de Cataluña la revisión del
planeamiento urbanístico provisionalmente aprobado por la Corporación
Metropolitana de Barcelona".
La construcción del encauzamiento del río Llobregat en su tramo final
hasta su desembocadura en el mar figuraba en la relación de obras a
cargo del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, con un coste estimado
de 4.000.000.000 de pesetas.
Segundo.-Que en fecha 16 de abril de 1994, se formalizó un Convenio
de cooperación en infraestructuras y medio ambiente en el delta del
Llobregat, por el que se acordó que la Generalidad de Cataluña redactaría
el proyecto de canalización del río Llobregat y la Administración del Estado
aprobaría el mencionado proyecto, reiterando el compromiso alcanzado
en el Convenio de 27 de diciembre de 1985.
Tercero.-Que en ejecución de lo anteriormente mencionado, en fecha 25
de noviembre de 1998, se aprobó definitivamente la modificación del Plan
General Metropolitano de Barcelona, y con fecha 20 de noviembre de 1998,
la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, aprobó el proyecto de desvío
del río Llobregat con inclusión de medidas correctoras de impacto
ambiental, por un importe de 10.000.000.000 de pesetas.
A la vista de lo expuesto y en desarrollo de las actuaciones realizadas
y mencionadas en los expositivos anteriores, las partes intervinientes
ACUERDAN
Primero.-El Ministerio de Medio Ambiente, que ha aprobado el
proyecto de desvío del río Llobregat con inclusión de medidas correctoras
de impacto ambiental, y es la Administración actuante, asume el pago
de las indemnizaciones expropiatorias de los bienes y derechos afectados
por la ejecución del mencionado proyecto.
Segundo.-El Ministerio de Medio Ambiente, al amparo del artículo 15
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por
razones de eficacia encomienda al Departamento de Política Territorial
y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña, quien la acepta en este
acto, la realización de actividades de carácter material y técnico que
conlleve la tramitación de los expedientes expropiatorios de los bienes y
derechos afectados por la ejecución de las obras del proyecto de desvío del
río Llobregat con medidas correctoras de impacto ambiental.
Tercero.-Esta encomienda de gestión no supone cesión de titularidad
de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo
responsabilidad del encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de
carácter jurídico den soporte o en las que se integre la concreta actividad
material objeto de encomienda.
Cuarto.-Atendiendo a las razones de eficacia que motiven en todo
momento la presente encomienda de gestión, el Departamento de Política
Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña remitirá, con
la mayor urgencia posible, todas las actuaciones en que sea necesaria
la intervención del Ministerio.
Quinto.-Una vez finalizados los expedientes se remitirán en un plazo
de diez días con el informe de valoración de los servicios técnicos
correspondientes a la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las
Aguas para su abono por el Ministerio de Medio Ambiente.
Sexto.-La presente encomienda se establece hasta la finalización de
los expedientes expropiatorios.
Séptimo.-Cualesquiera cuestiones litigiosas sobre la interpretación,
cumplimiento y efectos del presente Convenio serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad, firman ambas partes el presente
documento en el lugar y en la fecha indicados al inicio.-La Ministra de Medio
Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.-El Consejero de Política Territorial
y Obras Públicas, Pere Macias i Arau.
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