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Visto el expediente de indulto de don Gabriel González Madera, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.º, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de
lo Penal número 2 de Vitoria, que, en sentencia de fecha 19 de enero
de 1999, le condenó como autor de un delito continuado de robo con
fuerza en las cosas, a la pena de un año de prisión, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 29 de octubre de 1999,
Vengo en conmutar a don Gabriel González Madera la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de arresto de veinte fines de semana, a
condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos
años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 29 de octubre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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