Visto el expediente de indulto de don Andrés Gámez Herrera, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén, en sentencia de
fecha 24 de junio de 1998, resolutoria de recurso de apelación interpuesto
contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén, de fecha 31 de
octubre de 1997, como autor de un delito continuado de falsedad en
documento mercantil, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión
menor y multa de 500.000 pesetas y un delito continuado de estafa, a la
pena de cinco meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de
todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5
de noviembre de 1999,
Vengo en indultar a don Andrés Gámez Herrera las penas privativas
de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de
la condena.
Dado en Madrid a 5 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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