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Documento BOE-A-1999-22659

Orden de 3 de noviembre de 1999 por la que se ejercita el derecho de tanteo, con destino al Museo Nacional de Arte Romano, sobre cuatro lotes de monedas.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 1999, páginas 40913 a 40914 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-22659

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales,

previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y

Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la sesión

del Pleno celebrada el día 9 de septiembre de 1999, y en aplicación de

los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio ("Boletín Oficial del

Estado" del 29), del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto

111/1986, de 10 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 28), de desarrollo

parcial de dicha Ley,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre los bienes

muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada

por la "Sala Áureo, Subastas Numismáticas, Sociedad Anónima", en

Barcelona, el día 22 de septiembre de 1999, que figuraban con los números

y referencias siguientes:

Lote número 89: Antonino Pío. Áereo. A) Su busto laureado y drapeado:

ANTONINVS. AVG. PIVS. P.P. TR. P. XXIII. R) La piedad en pie, a izquierda,

entre dos niños, sosteniendo globo y un niño: PIETATI AVG. COS. III.

7,23 grs.

Lote número 136: Joviano. Antioquía. Sólido. A) Su busto diademado,

drapeado y acorazado. D. N. IOVAANVS P.F. AVG. R) Roma y

Constantinopla sentadas de frente sosteniendo un escudo inscrito: VOT. V. MVLT.

X.: SECVRITAS REIPVBLICAE. 4,37 grs.

Lote número 317: Triente. Emérita. A) + SISEBVTVS Rex. R) + EMERITA

PIVS. 1,53 grs.

Lote número 326: Triente. Emérita. A) + SVINHILA Rex. R) + EMERITA

PIVS. 1,50 grs.

Segundo.-Que se abone a la sala subastadora el precio total de remate

de 698.000 pesetas, más los gastos inherentes, que debe justificar mediante

certificado.

Tercero.-Que dichas piezas se depositen en el Museo Nacional de Arte

Romano, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio

propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de noviembre de 1999.

RAJOY BREY

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Subsecretaria

y Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.

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