Por Orden de 25 de febrero de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de
14 de abril), se conceden las ayudas para participar en la actividad de
recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados entre el 14
de marzo y el 12 de junio, y entre el 3 de octubre y el 4 de diciembre
de 1999.
En el apartado séptimo, se ha advertido un error material, por lo que
procede su rectificación.
Por todo ello, he dispuesto:
Artículo único.-Se modifica el apartado séptimo de la Orden de 25
de febrero de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de abril) por la
que se conceden ayudas para participar en la actividad de recuperación
y utilización educativa de pueblos abandonados entre el 14 de marzo y
el 12 de junio, y entre el 3 de octubre y el 4 de diciembre de 1999, quedando
redactado como sigue:
"Las Direcciones Provinciales de Cáceres y Guadalajara deberán hacer
acopio de la documentación acreditativa de la justificación del gasto y
remitirán, a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, la
certificación que acredite que el mismo se ha destinado a la finalidad
prevista, así como una relación de los alumnos beneficiarios de las ayudas
concedidas.
En el caso de Búbal, el coordinador de la actividad, que actúa como
Subcajero Pagador, remitirá la documentación justificativa indicada
anteriormente al Habilitado del Ministerio de Educación y Cultura, que le
permita la oportuna justificación de los libramientos."
Madrid, 28 de octubre de 1999.-P. D. (Órdenes de 17 de marzo, "Boletín
Oficial del Estado" del 2, y de 17 de junio, "Boletín Oficial del Estado" del
19), la Directora general de Formación Profesional y Promoción Educativa,
Dolores de la Fuente Vázquez.
Ilmas. Sras. Directora general de Coordinación y de la Alta Inspección
y Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio.
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