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Documento BOE-A-1999-23062

Resolución de 24 de noviembre de 1999, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Convenio de Cooperación entre la Oficina de Ciencia y Tecnología (OCYT), de la Presidencia del Gobierno, y la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación Tecnológica (CIRIT), de la Generalidad de Cataluña, para la potenciación de actividades en luz sincrotrón.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 1999, páginas 41601 a 41602 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-23062

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 8 de octubre de 1999, se suscribió un Convenio de

Cooperación entre la Oficina de Ciencia y Tecnología (OCYT), de la Presidencia

del Gobierno, y la Comisión Interdepartamental de Investigación e

Innovación Tecnológica (CIRIT), para la potenciación de actividades en luz

sincrotrón.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.L de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de

dicho Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 24 de noviembre de 1999.-El Subsecretario, Juan Junquera

González.

ANEXO

Convenio de Cooperación entre la Oficina de Ciencia y Tecnología

(OCYT), de la Presidencia del Gobierno, y la Comisión

Interdepartamental de Investigación e Innovación Tecnológica (CIRIT), para la

potenciación de actividades en luz sincrotrón

Reunidos en Madrid, el día 8 de octubre de 1999.

De una parte: El ilustrísimo señor don Fernando Aldana Mayor, Director

de la Oficina de Ciencia y Tecnología del Ministerio de la Presidencia,

actuando por delegación del Ministro de la Presidencia, mediante Orden

de fecha 23 de agosto de 1999.

Y, de otra parte: El señor don Joaquim Triadú i Villa-Abadal, Secretario

general de la Presidencia, en suplencia del Comisionado para

Universidades e Investigación y Presidente de la Comisión Interdepartamental de

Investigación e Innovación Tecnológica (CIRIT), de la Generalidad de Cataluña,

EXPONEN

1. Que el Gobierno español ha decidido iniciar la construcción de

una línea de luz sincrotrón en el European Synchrotron Radiation Facility

(ESRF), de Grenoble, como exponente del interés que esta tecnología tiene

para nuestro país.

2. Que la colaboración de la OCYT con las Comunidades Autónomas

y las Universidades viene propiciada, entre otras disposiciones, por la

Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica y el Real Decreto 111/1998, de 30 de

enero, por el que se crea la Oficina de Ciencia y Tecnología de la Presidencia

del Gobierno.

3. Que la OCYT y la CIRIT desean colaborar mutuamente en la

coordinación de sus actividades en el campo anteriormente citado.

ACUERDAN

Primero.-Que la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología

(CICYT) y la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación

Tecnológica (CIRIT) firmaron un Convenio de Colaboración el 20 de marzo

de 1995, que finalizó el 31 de diciembre de 1997, debido a las nuevas

circunstancias que aparecen con la decisión del Gobierno español de

construir una línea de luz en el ESRF de Grenoble, así como las dificultades

técnicas para dar soporte al equipo que está elaborando el proyecto de

construcción del laboratorio de luz sincrotrón a través de las convocatorias

previstas en la cláusula segunda apartado a) del citado Convenio.

Segundo.-Que ambas instituciones continúan interesadas en colaborar

en el desarrollo de la luz de sincrotón en España en el ámbito de sus

respectivas competencias, con la construcción de un laboratorio de luz

sincrotrón en Cataluña que enlace con la línea de luz en el ESRF de

Grenoble.

Tercero.-Que durante los años 1999 y siguientes será necesaria la

colaboración de las partes para la potenciación de la radiación sincrotrón

en España a través de las actuaciones conjuntas especificadas a

continuación:

a) Mantenimiento del equipo de personas formadas o en formación

en el seno del Instituto de Física de Altas Energías bajo la coordinación

del Profesor Joan Bordas.

b) Potenciar la participación y colaboración, entre grupos de

investigación y/o empresas españolas, para adquirir y desarrollar las tecnologías

involucradas en la construcción y equipamiento de aceleradores, en

especial la línea española en ESRF en estrecha cooperación con el Centro

para el Desarollo Tecnológico Industrial (CDTI).

c) Incrementar las ayudas destinadas a promover, entre los grupos

de investigación y las empresas españolas, la utilización de la luz de

sincrotrón mediante el fomento y apoyo de su participación en los laboratorios

internacionales y extranjeros en los que España participa y colabora.

El presente Convenio no incluye la construcción y equipamiento de

la línea de luz española en la ESRF de Grenoble.

Cuarto.-La aportación de cada parte para 1999 será de 35.000.000

de pesetas la CIRIT y 70.000.000 de pesetas la OCYT.

Quinto.-Los 35.000.000 de pesetas serán aportados por la CIRIT con

cargo a la partida 02.12.741.01/3 y los 70.000.000 de pesetas que aporta

la OCYT se harán con cargo a la aplicación 25.01.542M.780 de los

presupuestos del presente ejercicio económico.

Sexto.-Las partes acuerdan crear una Comisión Paritaria para definir

y realizar las acciones concretas que sirvan para desarrollar las actuaciones

conjuntas especificadas en la base tercera, la financiación aportada y el

organismo u organismos que gestionarán las acciones.

La Comisión estará formada por cuatro miembros, dos de los cuales

serán designados por la CIRIT y los otros dos por la OCYT.

Séptimo.-La Comisión Paritaria citada en la cláusula anterior tendrá

como misión el seguimiento y control de las acciones desarrolladas

mediante este convenio, informando regularmente a las instituciones firmantes

del desarrollo del mismo, así como a la "Comisión Nacional de Luz de

Sincrotrón".

A tal efecto, la CIRIT nombrará un representante en la Comisión

Nacional de Luz de Sincrotrón.

Octavo.-Ambas instituciones podrán crear en el marco de sus

competencias aquellas comisiones que crean necesarias para desarrollar sus

proyectos con relación a la luz del sincrotrón; éstas actuarán con

independencia de este Convenio de colaboración para cuyo desarrollo sólo

será válida la Comisión que se cita en la cláusula sexta.

Noveno.-Este Convenio finaliza el 31 de diciembre de 1999, si bien

se podrá prorrogar por mutuo acuerdo de forma expresa para anualidades

sucesivas en el mes de diciembre de cada año, determinando el presupuesto

de la siguiente anualidad e indicándose cuál será la aportación de cada

parte.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Convenio, y

en señal de mutuo acuerdo, las partes colaboradoras firman este Convenio

por duplicado, en catalán y en castellano, a un sólo efecto y en el lugar

y fecha al principio indicados.

El Secretario general de la Presidencia, Joaquim Triadú i

VillaAbadal y el Director de la Oficina de Ciencia y Tecnología, Fernando Aldana

Mayor.

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