Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los
aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las
dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar
vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán
acumularse a la convocatoria del turno libre.
Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real
Decreto 521/1999, de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 27), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
el año 1999, y con el fin de atender las necesidades de personal
del Ministerio de Economía y Hacienda, en uso de las competencias
que le están atribuidas en el artículo 1.a), del Real
Decreto 1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
de 5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección
General de la Función Pública,
Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para el
ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública,
código 0605, con sujeción a las siguientes
Bases de las convocatorias
1. Normas generales
1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas
selectivas para cubrir 10 plazas.
1.2 En la convocatoria para promoción interna se convocan
pruebas selectivas para cubrir dos plazas de las previstas en el
artículo 5 del Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo.
1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la Función
Pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el
Real Decreto 521/1999, de 26 de marzo, y lo dispuesto en las
presentes convocatorias.
1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso
selectivo.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de estas convocatorias.
1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.
1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir del 1 de marzo del año 2000, y la duración máxima de
esta fase será de siete meses, contados a partir de la realización
del primer ejercicio.
1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante. Estos funcionarios en
prácticas deberán superar el curso selectivo al que se refiere la
base 1.4 el cual comenzará en el plazo máximo de dos meses,
a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de las presentes
convocatorias.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente
posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación
obtenida, una vez desaparecidas las causas que impidieron su
realización.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a
su nombramiento como funcionarios de carrera de acuerdo con
lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo.
1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula
de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior
a diez en la convocatoria de acceso libre, ni superior a dos en
la convocatoria de promoción interna.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrá participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de
dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Arquitecto. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
funciones propias del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda
Pública.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función
Pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a
alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, estar incluidos en
el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo uno de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, tener una antigüedad de, al menos,
dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan, antigüedad
que se computará con referencia al día de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes y reunir los demás requisitos
exigidos en esta convocatoria.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a los
de los Cuerpos o Escalas del grupo B serán computables, a efectos
de antigüedad, para participar por promoción interna en estas
pruebas selectivas.
2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales, habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que, para su acceso en los Cuerpos y
Escalas de la Administración del Estado, establece el Real Decreto
182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de
nacionalidad española de organismos internacionales a los
Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,
en la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Economía y Hacienda, y en las representaciones
diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del
documento nacional de identidad.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos
que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de éste de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que
se detallan a continuación:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Economía y Hacienda.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne
Subsecretaría y el código 15001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,
consigne el código 15020.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria
consigne 99.
15 Cuerpo, Escala o grupo profesional o categoría. Consigne
el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública y el código 0605.
17. Forma de acceso: Consigne la letra "L" si se presenta
por la convocatoria de acceso libre y "R" si se presenta por la
de promoción interna.
18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante. Consigne
Ministerio de Economía y Hacienda.
19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la convocatoria.
21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado de minusvalía
según el dictamen del órgano competente.
25. Consigne en el apartado A) la titulación poseída, en el
apartado B) el idioma elegido para el quinto ejercicio, de carácter
voluntario, y en el apartado C) el Cuerpo de pertenencia.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Ministerio de Economía y Hacienda, calle Alcalá, números
5 a 11, o paseo de la Castellana, 162, de Madrid, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, desarrollado por el Real
Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
del 22), en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente
al de la publicación de estas convocatorias en el "Boletín Oficial
del Estado", y se dirigirá al Subsecretario de Economía y Hacienda.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas (24,04
euros) y se ingresarán en efectivo en cualquier banco, caja de
ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria.
Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de
la convocatoria para promoción interna gozarán de una
bonificación del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 2.000 pesetas
(12,02 euros).
Los residentes en el extranjero ingresarán los derechos de
examen en la cuenta corriente número 0104-0808-28-0302345038
del Banco Exterior.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de dicha condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para
el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición
de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,
se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional
de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará
mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
mencionadas supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la
base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el
Subsecretario de Economía y Hacienda dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos
y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se
encuentran expuestas al público las listas certificadas completas
de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y
la fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán
ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del
Ministerio de Economía y Hacienda, en la Dirección General del Catastro
en Madrid, en la Dirección General de Patrimonio del Estado,
en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas,
en las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias, así como
en la Dirección General de la Función Pública y en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas. En las listas deberán constar en todo caso los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad o
documento que acredite la nacionalidad así como, en su caso, la causa
de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo
órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el órgano judicial competente de acuerdo
con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la
tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos
indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de
septiembre, corresponderá al Departamento ministerial
convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo
la posterior tramitación para su abono. A estos efectos se aplicará
el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín
Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de
devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a
instancia del interesado mediante solicitud dirigida al
Departamento ministerial convocante.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a estas convocatorias.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía y Hacienda,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de estas
convocatorias.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la
celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y para
actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente
y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la
mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará
la sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en
el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y
mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de
Economía y Hacienda, a propuesta del Tribunal, a través de la
Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y de Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas
competentes.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Hacienda (paseo
de la Castellana, 162, planta 16, de Madrid).
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
A efectos de información se podrá llamar a los
teléfonos 91 583 54 66 y 91 583 54 67.
5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá
interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el
plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra "Q" de conformidad con lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 15 de
abril de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 17), por la que
se publica el resultado del sorteo celebrado el día 14 de abril
de 1999.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "R", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera
otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a
la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate
del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado la prueba anterior y por cualquier otro medio
si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes
convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario de Economía y Hacienda,
comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a
los efectos procedentes.
Contra la resolución que declara la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano
judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. Lista de aprobados
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en
el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes
de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre
como en la de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad
o documento que acredite la nacionalidad.
El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección
General de Gestión de Recursos Humanos, copias certificadas de
ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía y
Hacienda, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada
uno de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín
Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
siguiente a aquel en que se haga pública la lista definitiva de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Gestión
de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Hacienda,
paseo de la Castellana, 162, planta 16, de Madrid, los siguientes
documentos:
A) Fotocopia del documento nacional de identidad o
documento que acredite su personalidad.
B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite su
homologación.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas
convocatorias.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la indicada anteriormente, declaración
jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública, según el modelo que figura como anexo V a estas
convocatorias.
D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,
si obtuvieran plaza, mediante certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependiesen para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"
de 6 de marzo). Igualmente deberán hacerlo así quienes tengan
la condición de personal laboral o funcionario interino.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza
mayor no presentaren la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa
oferta de los mismos.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas
convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de
Economía y Hacienda, funcionarios de carrera mediante
Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá
efectuarse en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial
del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en
colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios
competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos
se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecida por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 29 de noviembre de 1999.-El Ministro, P. D. (Orden
de 26 de noviembre de 1998, "Boletín Oficial del Estado" de 10
de diciembre), el Subsecretario, Fernando Díez Moreno.
Ilmos. Sres. Subsecretario de Economía y Hacienda, Secretario
general técnico y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
I. Proceso de selección
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cinco
ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el quinto, que es de
carácter voluntario.
No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, los aspirantes que
concurran a la convocatoria de promoción interna pertenecientes
al Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda
Pública, que tengan una antigüedad mínima de dos años en dicho
Cuerpo, estarán exentos de la realización del primer ejercicio.
El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito, en un
tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de sesenta
preguntas con tres respuestas alternativas sobre materias incluidas
en los siguientes grupos del programa:
I. Derecho Civil y Mercantil (25 temas).
II. Derecho Constitucional y Administrativo (25 temas).
El segundo ejercicio será de naturaleza escrita y consistirá en
desarrollar, durante un tiempo máximo de cuatro horas, dos temas
extraídos al azar, uno de cada uno de los grupos siguientes:
III. Valoración inmobiliaria y Gestión del Catastro (27 temas).
IV. Organización, Informática y Gestión de Patrimonio (23
temas).
El tercer ejercicio consistirá en el desarrollo de tres supuestos
prácticos, durante un máximo de seis horas, sobre materias
relacionadas con:
a) Contratación administrativa.
b) Valoración e inspección catastral.
c) Valoración inmobiliaria.
d) Normativa urbanística.
e) Gestión patrimonial inmobiliaria.
Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que,
en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no
computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera,
en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.
Los opositores podrán disponer de la documentación
complementaria que estimen oportuna, por su parte, para la realización
de los ejercicios prácticos, y aportada por ellos mismos.
El cuarto ejercicio será de naturaleza oral y consistirá en la
exposición, durante un tiempo máximo de treinta minutos, de tres
temas, extraídos al azar, uno de cada uno de los siguientes grupos:
V. Teoría Económica y Hacienda Pública (25 temas).
VI. Derecho Financiero y Tributario (25 temas).
VII. Derecho Urbanístico y Organización del Sector de la
Construcción (25 temas).
El opositor, utilizando únicamente el programa de la oposición,
dispondrá de un máximo de diez minutos para preparar un guión
de dichos temas, pasando a continuación, una vez consumidos
o no los diez minutos, a desarrollarlos oralmente.
Los ejercicios primero, segundo y tercero se leerán
públicamente, siendo eliminados aquellos aspirantes que no se presenten
a la lectura.
El quinto ejercicio, de carácter voluntario, consistirá en una
traducción directa sin diccionario, durante un tiempo máximo de
una hora, de un texto determinado por el Tribunal en un idioma
extranjero de los considerados oficiales en el seno de la Comunidad
Europea, a elección del opositor.
Cada opositor hará constar en la instancia por la que solicita
su participación en estas pruebas selectivas el idioma del que
desee ser examinado, en su caso.
B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de
superar con aprovechamiento un curso selectivo, simultaneado,
en su caso, con la realización de prácticas en los puestos de trabajo,
de una duración máxima de cuatro meses, organizado por el
Instituto de Estudios Fiscales.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses,
contados a partir de la finalización de la fase de oposición.
II. Valoración
Fase de oposición:
Los ejercicios se calificarán por el sistema de puntos, a
excepción del primero, cuya calificación será de "apto" o "no apto" y
del que estarán exentos los aspirantes de promoción interna
pertenecientes al Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la
Hacienda Pública.
Cada ejercicio se calificará con una puntuación máxima de
20 puntos, necesitándose un mínimo de 10 puntos en cada uno
de ellos para pasar al siguiente, o en su caso para superarlo.
La puntuación de cada ejercicio estará constituida por la media
aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, eliminándose la más alta y la más baja.
El Tribunal expondrá públicamente la relación de aprobados
en cada ejercicio, especificando la puntuación total o calificación
que hubiera obtenido. Los que no figuren en la relación se
considerarán excluidos y sin ningún derecho a seguir tomando parte
en la oposición.
La calificación final de esta fase vendrá determinada por la
suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición.
Curso selectivo:
Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por
el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15
puntos como mínimo.
Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior
y determinará el orden final de los aspirantes, a todos los efectos,
sin perjuicio de lo establecido en la base 1.1.4. En caso de empate,
el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
alcanzada en el curso selectivo, y, en caso de persistir el empate, a
la correspondiente al segundo, tercero y cuarto ejercicios de la
fase de oposición.
ANEXO II
Temario
I. Derecho Civil y Derecho Mercantil
Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones.
Distinción entre el Derecho objetivo y Derecho subjetivo. Derecho
público y Derecho privado. El Derecho Civil en España. El Código Civil
y la legislación complementaria.
Tema 2. Las fuentes del Derecho en el sistema jurídico
positivo español: especial referencia a la Ley. La costumbre. Los
principios generales del Derecho. Significado de la jurisprudencia.
Tema 3. El sujeto del Derecho. Las personas físicas y las
personas jurídicas: nacimiento, extinción y capacidad.
Representación, nacionalidad y domicilio de las personas jurídicas.
Tema 4. El objeto del Derecho. Las cosas. Concepto y
clasificación. Especial referencia a los bienes muebles e inmuebles,
de dominio público y de propiedad privada. El patrimonio. Los
frutos. Los gastos y las mejoras.
Tema 5. Los derechos reales. Naturaleza, caracteres y
diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos
reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española.
Tema 6. El derecho real de dominio. Extensión y contenido.
Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio
y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La
teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español.
La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio. La pérdida
en virtud de adquisiciones "a non domino".
Tema 7. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas
del Código Civil. La propiedad horizontal.
Tema 8. La posesión: Su naturaleza jurídica. Clases de
posesión según el Código Civil. Efectos de la posesión. Protección
del estado posesorio. Los interdictos. Deslinde y amojonamiento.
Tema 9. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de
usufructo: Naturaleza y caracteres. Derechos y obligaciones del
usufructo: su constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos
de uso y habitación. El derecho real de superficie. Censos y foros.
Tema 10. El derecho real de servidumbre: concepto,
caracteres y elementos. Clases de servidumbres. Adquisición de las
servidumbres. Pérdida de las servidumbres. Las servidumbres
voluntarias.
Tema 11. Servidumbres legales. Concepto. Distinción con las
limitaciones del dominio. Las servidumbre legales en el Código
Civil. Servidumbres de regulación administrativa. Especialidades
forales en materia de servidumbres.
Tema 12. Los derechos reales de garantía. La hipoteca.
Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La
hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento.
Tema 13. El Registro de la Propiedad en España.
Organización y principios que lo informan. Clases de asientos. Publicidad
registral. Las certificaciones registrales. Contenido y efectos.
Tema 14. La obligación: Su naturaleza y elementos. Clases
de obligaciones. El cumplimiento de las obligaciones. Extinción.
Incumplimiento y cumplimiento anormal. Prueba de las
obligaciones.
Tema 15. El negocio jurídico. Elementos esenciales. La
ineficacia o invalidez del negocio jurídico. El contrato: fundamento
y función. Elementos y objeto del contrato. Interpretación,
ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato
preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de
opción. Los contratos normativos y los contratos de adhesión.
Tema 16. El contrato de compraventa: Su naturaleza.
Obligaciones del vendedor y del comprador. Los derechos de tanteo
y retracto: Naturaleza y clases. El contrato de permuta.
Tema 17. El contrato de arrendamiento, su función y especies.
Normas fundamentales del Código Civil. Régimen especial de
arrendamientos de fincas urbanas. Ley 29/1994, de 24 de
noviembre. Supuestos que contempla. Censo de viviendas.
Tema 18. Los contratos de arrendamiento de obra y de
servicios: Naturaleza, elementos y contenido. Responsabilidades
civiles del propietario, del constructor, del Arquitecto y del
Arquitecto Técnico. Prescripción de responsabilidades.
Tema 19. Las sociedades mercantiles. El contrato de
sociedad. Nacionalidad de las Sociedades. Clases de sociedades. El
proceso extintivo de las Sociedades mercantiles. Transformación
y fusión de sociedades.
Tema 20. La sociedad anónima (I). Régimen vigente en el
Derecho español. Fundación. Los Estatutos. El capital social y
las reservas. La acción. La emisión de obligaciones.
Tema 21. La sociedad anónima (II). Organos. Censura de
cuentas. Impugnación de los acuerdos sociales. El cierre del
ejercicio, el Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Tema 22. La unión o concentración de Empresas. Las
Sociedades Cooperativas.
Tema 23. Las obligaciones y los contratos mercantiles. La
prescripción en Derecho Mercantil.
Tema 24. El contrato de seguro. Reaseguro, contraseguro,
coaseguro y seguro subsidiario. Seguro individual y seguro
colectivo.
Tema 25. El seguro contra daños. Seguros de personas.
II. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo
Tema 1. La Unión Europea. Sistema institucional.
Tema 2. El ordenamiento jurídico comunitario. Su relación
con el ordenamiento jurídico español.
Tema 3. La Constitución Española de 1978: Características
y estructura. Los derechos y libertades públicas. Los derechos
económicos y sociales.
Tema 4. Las Cortes Generales. Sus funciones.
Funcionamiento.
Tema 5. La Corona. El Gobierno: Composición, organización
y funciones. La iniciativa legislativa.
Tema 6. El Tribunal Constitucional y el Tribunal de Cuentas.
El Defensor del Pueblo.
Tema 7. El Poder Judicial. El Consejo de Estado.
Tema 8. La Administración y el Derecho Administrativo. Las
fuentes del Derecho Administrativo.
Tema 9. La ley. Decretos-leyes, y Decretos Legislativos. El
Reglamento. La potestad reglamentaria.
Tema 10. Los ordenamientos autonómicos y las Comunidades
Autónomas. Las entidades municipales y las entidades
provinciales. Los Cabildos Insulares. La personalidad jurídica de las
Administraciones Públicas.
Tema 11. La organización y funcionamiento de la
Administración General del Estado. Principios de organización,
funcionamiento y relación con los ciudadanos. Órganos centrales y
órganos territoriales. La Administración General del Estado en el
exterior. Órganos colegiados. Organismos públicos.
Tema 12. El Ministerio de Economía y Hacienda. Su
organización y funciones. Servicios centrales y periféricos. La Agencia
Estatal de Administración Tributaria: organización y
competencias.
Tema 13. Los Arquitectos de la Hacienda Pública. Trabajos
y actuaciones que llevan a cabo en los distintos centros y
dependencias del Ministerio de Economía y Hacienda y de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria. Asistencia y asesoramiento
a órganos colegiados.
Tema 14. La función pública. Naturaleza de la relación
funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial.
Situaciones Administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios.
El Régimen disciplinario de la función pública. El régimen de
incompatibilidades.
Tema 15. La potestad administrativa. El principio de
legalidad. Actividad de las Administraciones Públicas. Derechos de
los ciudadanos. Actos presuntos. Disposiciones administrativas
y actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.
Tema 16. El procedimiento administrativo. Revisión de actos
en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos. Reclamaciones
previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Potestad
sancionadora. Responsabilidad de las Administraciones Públicas
y de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Tema 17. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Extensión y límites. Recursos. La Administración General del Estado
y la Justicia: Conflictos jurisdiccionales. Cuestiones de
competencia y conflictos de atribuciones.
Tema 18. Los contratos de las Administraciones Públicas en
general. Requisitos para contratar con la Administración:
Capacidad, solvencia y clasificación de las empresas.
Tema 19. Actuaciones relativas a la contratación. Los pliegos.
Tramitación de expedientes. Procedimientos y formas de
adjudicación. Revisión de precios. Cesión y subcontratación.
Tema 20. El contrato de obra. Redacción y supervisión del
proyecto de obra. Ejecución y modificación. Resolución y efectos.
El contrato de elaboración de proyecto de obra.
Tema 21. El dominio público y el patrimonio privado de los
entes públicos. El patrimonio privado del Estado. Adquisición y
enajenación de bienes y derechos del Estado. El inventario general
de bienes y derechos del Estado.
Tema 22. La acción administrativa con relación a las aguas,
las minas, los montes, las costas y el medio ambiente.
Tema 23. La Ley del Patrimonio Histórico Español. Normas
de desarrollo y complementarias. Bienes que lo integran. La
declaración de interés cultural. Los bienes inmuebles y su protección.
Medidas de fomento.
Tema 24. La acción administrativa en la actividad
inmobiliaria. Legislación de actuaciones protegibles en materia de
vivienda y suelo. Viviendas de protección oficial. Normas. Cédulas de
calificación. Beneficios. Infracciones. Descalificación y efectos.
Medidas de financiación de actuaciones, protegidas en materia
de vivienda y suelo.
Tema 25. La expropiación forzosa: teoría sobre su
justificación y naturaleza. Ley de Expropiación Forzosa y sus
modificaciones. Determinación del justo precio. Procedimientos
expropiatorios especiales.
III. Valoración inmobiliaria y gestión del catastro
Tema 1. Teoría del valor. El precio. Relación entre valor y
precio. Criterios de valoración de inmuebles. Métodos de
valoración según su finalidad. Evolución histórica del derecho de
propiedad y su influencia sobre el valor de los inmuebles.
Tema 2. Sistemas de valoración. Valor en venta. Valoración
por mercado. Valor por comparación. Valor de reposición. La
depreciación: sus clases. Estudios del mercado inmobiliario:
aplicaciones.
Tema 3. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento
y gastos. Valoración por rendimientos. Capitalización. Influencia
de la legislación sobre arrendamientos urbanos y otras limitaciones
administrativas de la rentabilidad.
Tema 4. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La
parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de
valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario.
Correcciones del valor.
Tema 5. Valor de las construcciones. Valoración analítica y
valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario.
Valor intrínseco o de coste y valor de reposición. Depreciaciones.
Tema 6. Valoraciones administrativas. El sistema de
valoración catastral. Los criterios de valoración de la Ley sobre régimen
del suelo y valoraciones. Valoración a efectos del Impuesto sobre
el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos.
Tema 7. Normas de valoración de inmuebles para cobertura
de provisiones técnicas en el sector asegurador. Criterios de
valoración. Principios. Aptitud de los inmuebles. La doble vía para
la valoración. Comprobación de las valoraciones. Revisiones
posteriores.
Tema 8. El Catastro. Concepto. Orígenes y diversos modelos
existentes. Evolución histórica del Catastro en España.
Tema 9. Situación actual de la institución catastral. Objetivos
y fines. El proceso de coordinación del Catastro con otros sistemas
registrales de carácter público. Especial referencia al Registro de
la Propiedad.
Tema 10. El Catastro inmobiliario urbano. Legislación básica.
El valor catastral de los bienes urbanos. Normas técnicas.
Tema 11. La coordinación de valores. Areas económicas
homogéneas. Módulos básicos. Las Juntas Técnicas Territoriales
de coordinación inmobiliaria urbana. La Comisión Superior de
coordinación inmobiliaria urbana. Procedimiento de coordinación.
Tema 12. Los estudios de mercado inmobiliario y las
ponencias de valores. Delimitación del suelo de naturaleza urbana.
Polígonos de valoración. Coordinación, aprobación y modificación de
las ponencias de valores: Procedimientos.
Tema 13. Valoración catastral. Valoración del suelo.
Criterios. Valores de repercusión y unitarios. Coeficientes correctores
de aplicación.
Tema 14. Valoración de las construcciones en el
procedimiento de valoración catastral. Criterios. Tipologías edificatorias.
Coeficientes correctores a aplicar. Coeficientes correctores de la suma
del valor del suelo y de la construcción. El valor catastral.
Tema 15. La formación y revisión de los catastros. Contenido
y procedimientos. Documentación catastral. La referencia
catastral. El padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La
notificación de valores.
Tema 16. Contratación de los trabajos catastrales. Pliego de
cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
Organos competentes. Control y supervisión.
Tema 17. Las modificaciones de valor. Procedimientos. La
conservación y mantenimiento del Catastro. Referencia al
planeamiento urbanístico.
Tema 18. La gestión catastral y la gestión tributaria en el
Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Colaboración
interadministrativa. Competencias.
Tema 19. Procedimiento de gestión catastral. Alteraciones
de orden físico, jurídico y económico. Contenido y efectos.
Recursos y reclamaciones contra los actos de gestión catastral.
Tema 20. Ordenación de la cartografía oficial. Sistemas
cartográficos. Técnicas actuales. Especial referencia a la
ortofotografía. Cartografía catastral. Cartografía informatizada.
Tema 21. Base de datos catastral. Informatización de los
Catastros rústico y urbano. El sistema de información catastral.
Coordinación con otras administraciones.
Tema 22. El sistema de información geográfica. Concepto y
clases. El sistema de información geográfica y catastral:
características y usos.
Tema 23. Estadística y valoración urbana (I). Conceptos
fundamentales de la Estadística. La Estadística descriptiva.
Representaciones gráficas.
Tema 24. Estadística y valoración urbana (II). Medidas de
posición y medidas de dispersión. Números índices.
Tema 25. Estadística y valoración urbana (III). Ajuste por el
método de los mínimos cuadrados. Represión y correlación.
Regresión simple y regresión múltiple. Aplicaciones en el campo de
la valoración.
Tema 26. Estadística y valoración urbana (IV). Concepto de
muestreo. Tipos. Muestreo de poblaciones finitas e infinitas.
Tema 27. Estadística y valoración urbana (V). Inferencia
estadística: Planteamiento general. Métodos de inferencia: Estimación
y contrastes. Concepto y propiedades de los estimadores. Métodos
de estimación. Contraste de Hipótesis.
IV. Organización, Informática y Gestión de Patrimonio
Tema 1. Las organizaciones: Definición y tipos. Teoría de
la organización. La organización científica del trabajo. La escuela
de los principios de administración.
Tema 2. El factor humano en la organización. El elemento
humano en las organizaciones prestadoras de servicios. El grupo
en la organización. Características y tipos de grupos.
Tema 3. La comunicación interna en las organizaciones.
Tipos. Flujos, barreras y redes en la comunicación. El clima
laboral. La motivación.
Tema 4. La formación de la ciencia administrativa: Orígenes
y evolución. Los problemas de la investigación administrativa.
Métodos y técnicas de análisis de las organizaciones públicas.
Tema 5. El desarrollo histórico de la Administración Pública:
Tendencias centralizadoras y descentralizadoras. Las
transformaciones de la organización y las tareas de la Administración Pública.
Tema 6. La Administración como organización. La estructura
del poder en la Administración. Sociología de las Administraciones
Públicas: Organización formal e informal.
Tema 7. Sistemas administrativos comparados: Los modelos
británico, francés y norteamericano.
Tema 8. El sistema administrativo español. Su evolución.
Características generales. Líneas de reforma.
Tema 9. La influencia del sistema político sobre las
estructuras administrativas. La dirección política. Aparato del Estado,
ideología política e instituciones políticas.
Tema 10. La empresa: Concepto, realidad, economía y
entorno.
Tema 11. Clases de empresas: Criterios de clasificación.
Tema 12. La localización de la empresa. Empresa y mercado.
El tamaño de la empresa.
Tema 13. Modelos de organización empresarial. La dirección.
Tema 14. Los objetivos de la empresa. La planificación.
Tema 15. El control de la empresa. Principales sistemas de
control. Eficiencia y eficacia.
Tema 16. Teoría de la decisión. Teoría de juegos.
Tema 17. El sistema de información y su estructura.
Concepto. Componentes y funcionamiento de un sistema de
información; aspectos físicos y lógicos. Bases de datos. Sistemas
operativos.
Tema 18. Microinformática. Sistemas físicos. Paquetes
integrados. Redes de área local. El diseño asistido por ordenador.
La ofimática.
Tema 19. Seguridad informática. Protección de los sistemas
y de la información. Auditoría informática.
Tema 20. La organización de la informática en la
Administración del Estado. El sistema público de adquisición de bienes
y servicios informáticos.
Tema 21. La gestión de los patrimonios inmobiliarios.
Sistemas y métodos de gestión. La administración según tipos de
inmuebles. Sociedades gestoras de patrimonios.
Tema 22. Estructuración de activos. Labores de inventario.
Políticas de optimización de activos inmobiliarios: Inversión,
reinversión y desinversión.
Tema 23. La gestión de servicios integrado ("facility
management"). Modelos y organización. Funciones de la gestión de
servicios integrados. La evaluación de necesidades y el diseño
de soluciones. Gestión y control del mantenimiento del patrimonio
inmobiliario.
V. Teoría Económica y Hacienda Pública
Tema 1. La ciencia económica: Concepto, objeto y contenido.
Divisiones de la misma. Macroeconomía y microeconomía. El
método de la ciencia económica. La evolución del pensamiento
económico. Los sistemas económicos: Concepto.
Tema 2. Teoría de la demanda. Elasticidad e inelasticidad.
Su efecto sobre los precios. La oferta y su elasticidad. El mercado.
Su equilibrio y desequilibrio. Desplazamiento de las curvas de
oferta y demanda. La formación de los precios. Efectos sobre la
distribución de bienes y la asignación de recursos.
Tema 3. El mercado de competencia y concurrencia perfectas.
Mercados imperfectos. Monopolios y oligopolios de oferta y de
demanda. Sus efectos. Mercados intervenidos. El proteccionismo.
El dumping.
Tema 4. Teoría de la producción. Los factores. La tierra y
la determinación de su renta. Trabajo y capital. La empresa. Los
costes de producción: fijos, variables, marginales y medios.
Producción, plazo y escala. Costes constantes y variables.
Maximización de beneficios.
Tema 5. La empresa como realidad económica. Clases de
empresas y características. Concentración de empresas.
Agrupación temporal de empresas. Empresas multinacionales.
Tema 6. Magnitudes macroeconómica. La riqueza. El capital
nacional. Medición. Producto nacional: PIB y PNB. La renta
nacional y el gasto nacional. Relaciones recíprocas. El flujo circular
de la renta. Inversión y ahorro.
Tema 7. La contabilidad nacional. Las balanzas comercial y
de pagos.
Tema 8. La economía y sus ciclos. Estabilización y desarrollo.
Tema 9. Estructura económica de España. Los sectores
productivos. Las relaciones intersectoriales. La distribución del
producto interior bruto y de la renta nacional. La industria de la
construcción.
Tema 10. Los Organismos económicos internacionales.
Organización, ámbito y competencias. El Banco Mundial. El Fondo
Monetario Internacional. La OCDE, el GATT y la Organización
Mundial de Comercio. La Unión Europea.
Tema 11. El dinero, la renta y el gasto. Los sistemas
monetarios: patrones automáticos y patrones dirigidos. Relación entre
el valor del dinero y el nivel de precios.
Tema 12. El sistema monetario español. La inflación: Control
y medidas correctoras. Política monetaria.
Tema 13. El sistema financiero español. El Banco de España.
Las entidades oficiales de crédito. La Banca privada. Las Cajas
de Ahorro. Otros intermediarios financieros. La Bolsa. Entidades
de Seguros.
Tema 14. La actividad financiera del sector público. La
Hacienda Pública. La financiación de los gastos y sus efectos sobre
la estabilidad. Gastos, impuestos y crecimiento económico. Bienes
públicos y bienes sociales. Selección de proyectos de gasto
público. Aspectos distributivos. Las empresa públicas.
Tema 15. El Presupuesto como instrumento de elección
social. El Presupuesto: aspectos generales. El ciclo presupuestario
los modelos presupuestarios. Presupuesto por programas.
Presupuesto de base cero.
Tema 16. Teoría de los ingresos públicos. Concepto y
clasificación. Distribución del coste de los servicios públicos. Los
precios privados, cuasiprivados, públicos y políticos. Las tasas
y contribuciones especiales.
Tema 17. Teoría del impuesto. Elementos. Principios de la
imposición. Beneficio y capacidad del pago. Su distribución.
Proporcionalidad y progresividad. El mínimo de existencia. Efectos
posteriores al pago. Clasificación de los impuestos.
Tema 18. Los sistemas fiscales. Evolución y estructura de los
impuestos. Condicionantes de la estructura tributaria. Sistemas
tributarios actuales: Experiencia internacional.
Tema 19. La imposición sobre la renta de las personas físicas.
Concepto y naturaleza. Capacidad de pago, concepto fiscal de
renta y base imponible. Las tarifas y sus problemas. Efectos
económicos.
Tema 20. La imposición sobre el patrimonio y la riqueza.
La imposición sobre el patrimonio neto. La imposición sobre
sucesiones y donaciones. La imposición sobre transmisiones
patrimoniales onerosas.
Tema 21. La imposición sobre las sociedades: Concepto y
características de esta imposición. Base imponible: Problemas y
alternativas de determinación. Tipos de gravamen, integración e
incidencia.
Tema 22. La imposición sobre el gasto: Concepto y
antecedentes. La imposición general sobre las ventas: Concepto y
clasificación. Impuestos plurifásicos o monofásicos sobre las ventas.
La imposición sobre el valor añadido. Efectos económicos.
Tema 23. La imposición sobre consumos específicos.
Valoración actual de estos impuestos. La imposición sobre el comercio
exterior. Gravamen sobre importaciones y exportaciones. Los
ajustes fiscales en frontera.
Tema 24. Déficit público y hacienda extraordinaria. La
inflación como una forma de imposición.
Tema 25. La deuda pública: concepto, clases y naturaleza.
La creación de dinero. Efectos económicos del déficit público.
VI. Derecho Financiero y Tributario
Tema 1. El Derecho Financiero y el Derecho Presupuestario.
La Ley General Presupuestaria. Principio generales: los derechos
económicos y las obligaciones exigibles de la Hacienda Pública.
El Tesoro Público.
Tema 2. El Presupuesto del Estado en España: Concepto y
contenido. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto.
Modificaciones presupuestarias.
Tema 3. El control de la actividad financiera en España.
Concepto y clases. El control externo. El Tribunal de Cuentas. El
control interno. La Intervención General de la Administración del
Estado. La función interventora.
Tema 4. El desarrollo de la función fiscalizadora de ingresos,
gastos y pagos públicos. La formulación y tramitación de reparos.
La contabilidad pública: la Cuenta General del Estado.
Tema 5. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Las
fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento
tributario español.
Tema 6. La Ley General Tributaria. Armonización fiscal
comunitaria. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias.
Ambito temporal y ámbito espacial. El fraude de ley.
Tema 7. Los tributos, impuestos, tasas y contribuciones
especiales. La relación jurídica-tributaria. El hecho imponible y el
devengo. Exenciones objetivas. Base imponible y base liquidable.
Regímenes de determinación o estimación de la base imponible.
Cuota y deuda tributaria.
Tema 8. Los elementos personales de la deuda tributaria.
Sujetos pasivos. Exenciones subjetivas. Los responsables
tributarios. Capacidad, representación; domicilio y número de
identificación fiscal. La extinción de la obligación tributaria. El pago.
La prescripción.
Tema 9. El procedimiento de gestión tributaria. La
declaración. Las liquidaciones tributarias. Las autoliquidaciones. La
comprobación de valores. La recaudación de los tributos. Órganos
recaudadores. Procedimiento. Aplazamientos y fraccionamientos
del pago. La prelación de los créditos de la Hacienda Pública.
Tema 10. La inspección de los tributos: órganos, funciones
y facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras:
especial referencia a las actas y sus tipos.
Tema 11. Infracciones y sanciones tributarias. El
procedimiento sancionador de infracciones tributarias simples. El delito
fiscal.
Tema 12. La inspección catastral del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles. Órganos competentes y sus funciones. Tipificación de
las infracciones. Sanciones y criterios de graduación de las
mismas.
Tema 13. La revisión de actos en vía administrativa.
Procedimientos especiales de revisión: recurso de reposición y
reclamación económico-administrativa.
Tema 14. El Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible.
Determinación de la base imponible: Rendimientos del trabajo
y del capital; Rendimientos de actividades empresariales y
profesionales.
Tema 15. El Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (II). Incrementos y disminuciones de patrimonio. Rendimientos
irregulares o de ciclo superior a un año. Imputación de entidades
en régimen de transparencia fiscal. Determinación de la deuda
tributaria. Periodo de imposición y devengo.
Tema 16. El Impuesto sobre Sociedades. Concepto y
naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo.
La base imponible. La deuda tributaria. La transparencia fiscal.
El Impuesto especial sobre bienes inmuebles de entidades no
residentes.
Tema 17. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas
Físicas. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible.
La deuda tributaria.
Tema 18. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados. El hecho imponible. El sujeto
pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. El Impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones. El hecho imponible. El sujeto pasivo.
La base imponible. La deuda tributaria.
Tema 19. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Concepto y
naturaleza. Ámbito de aplicación. Las entregas de bienes y las
prestaciones de servicios. El hecho imponible, el sujeto pasivo
y la base imponible. Tipos impositivos: Las obligaciones del sujeto
pasivo. La gestión del impuesto. Deducciones y devoluciones.
Regímenes especiales.
Tema 20. Los impuestos especiales. Las tasas, los precios
públicos y las exacciones parafiscales. Los monopolios fiscales.
La Lotería Nacional. El arancel aduanero y la renta de aduanas.
La introducción de mercancías en territorio aduanero.
Tema 21. Los ingresos patrimoniales. La enajenación de
bienes y derechos del Estado. La deuda pública del Estado: Concepto
y clases.
Tema 22. La financiación de las Comunidades Autónomas:
Principio de solidaridad. El régimen común. Tributos propios y
cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de
Compensación Interterritorial.
Tema 23. La financiación de las Comunidades Autónomas
de régimen foral: País Vasco y Navarra. Regímenes especiales
de Canarias, Ceuta y Melilla. La financiación de las Haciendas
Provinciales y Locales.
Tema 24. El sistema impositivo local. Análisis cuantitativo.
Los Impuestos municipales potestativos y los obligatorios.
Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras. Impuesto sobre el Incremento de Valor de
los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Tema 25. El Impuesto de Bienes Inmuebles en la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales. Antecedente: las Contribuciones
Territoriales. Naturaleza, devengo y periodo impositivo. Hecho
imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipo de
gravamen. Cuota. Gestión tributaria.
VII. Derecho Urbanístico y Organización del Sector
de la Construcción
Tema 1. El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la
legislación urbanística en España. Principios básicos del
ordenamiento estatal.
Tema 2. La Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de
marzo de 1997. La ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen
de suelo y valoraciones. Alcance de la disposición derogatoria.
Tema 3. La organización administrativa del urbanismo. Los
principios de organización. Competencias de la Administración
Central, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
Tema 4. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo.
Clasificación del suelo. Determinaciones y desarrollo de cada clase
de suelo.
Tema 5. Régimen jurídico del suelo urbano, urbanizable y
no urbanizable. Derechos y deberes de los propietarios.
Tema 6. El planeamiento urbanístico. Naturaleza y valor
normativo de los planes. El planeamiento supramunicipal. El
planeamiento municipal: función, contenido y formación. El
planeamiento de desarrollo.
Tema 7. La ejecución del planeamiento. Sistemas de
actuación.
Tema 8. El régimen de valoraciones de suelo. Valor de suelo
según su clasificación, valoraciones de obras, edificaciones y otros
bienes y derechos.
Tema 9. La expropiación por razón de urbanismo.
Procedimiento de determinación del justiprecio. Procedimiento de
tasación conjunta. Supuestos de reversión. Supuestos
indemnizatorios.
Tema 10. La intervención administrativa en el mercado de
suelo. El Patrimonio Municipal de Suelo. El derecho de superficie.
Tema 11. Legislación sectorial en materia de suelo y
urbanismo. Normas estatales sobre carreteras, autopistas, costas,
puertos y patrimonio histórico. Servidumbres en materia de transporte
y distribución de energía. Servidumbres aeronáuticas.
Tema 12. La investigación operativa aplicada a la empresa.
Teoría de la programación lineal. Programación dinámica.
Tema 13. La Dirección. Asesorías y Staff. La Administración.
La Organización Económico-Financiera. La Organización
Comercial. Recursos Humanos. La Organización Técnica.
Tema 14. El proceso de dirección. La toma de decisiones:
técnicas de apoyo. Estilos de dirección. Dirección por objetivos:
conceptos, desarrollo, seguimiento y evaluación. La planificación
y el control.
Tema 15. La inversión en la empresa. Concepto. Clases de
inversión. Selección de inversiones.
Tema 16. La inversión en bienes de equipo. Duración óptima.
Decisiones de renovación de equipos.
Tema 17. La financiación interna o autofinanciación. La
amortización. Métodos de amortización. Causas de la
depreciación. La función financiera de las amortizaciones.
Tema 18. Empresas constructoras y empresas inmobiliarias,
esquemas de organización y del funcionamiento. Su financiación.
La calidad en la industria de la construcción y su control.
Tema 19. Adaptación del Plan General de Contabilidad a
empresas constructoras e inmobiliarias: principios contables. Las
cuentas de balance, de gestión, de resultados y de orden. El
balance: concepto y estructura.
Tema 20. Análisis de balances: su evolución. Ratios. La
valoración externa de las empresas: distintos tipos de valor.
Determinación del valor global: métodos.
Tema 21. Auditoría contable: conceptos básicos.
Procedimientos de alteración o simulación de la situación patrimonial
y de los resultados; su investigación y prevención.
Tema 22. Organización de una obra. Técnicas de
programación matemática. Diagrama de Gantt. Sistema Pert-tiempos y
probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistema Pert-costes.
Método CPM.
Tema 23. Plan de una obra. Estudio de seguridad y salud.
El estudio básico. Plan de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 24. Técnicas de amortización y de valoración de costes
de uso y mantenimiento. Control de calidad en ejecución de obra.
Tema 25. Ejecución de una obra. Funciones de dirección y
control. Régimen económico y actualización de costes mediante
índices, coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de
precios.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en
el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública
Titulares
Presidente: Doña Dolores Aguado Fernández, del Cuerpo de
Arquitectos de la Hacienda Pública.
Vocales:
Doña Catalina Miñarro Brugarolas, del Cuerpo de Abogados
del Estado.
Don José Luis Zúñiga Molleda, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Don Jesús Blanco González, del Cuerpo de Arquitectos de la
Hacienda Pública.
Doña Ana Jiménez Díaz-Valero, del Cuerpo de Arquitectos de
la Hacienda Pública.
Don Javier Cárdenas Chávarri, Catedrático de Universidad.
Secretario: Don Manuel González Castejón, del Cuerpo
Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la
Administración del Estado.
Suplentes
Presidente: Don José Ramos Illán, del Cuerpo de Arquitectos
de la Hacienda Pública.
Vocales:
Don Vicente García Alvira, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Don Manuel Jesús Sánchez Rey, del Cuerpo Superior de
Interventores y Auditores del Estado.
Doña María Luz Sánchez Moral, del Cuerpo de Arquitectos
de la Hacienda Pública.
Doña Clotilde de la Higuera González, del Cuerpo de Abogados
del Estado.
Don Luis Villanueva Domínguez, Catedrático de Universidad.
Secretario: Don Fernando Aragón Amunárriz, del Cuerpo de
Arquitectos de la Hacienda Pública.
ANEXO IV
Don ............................................................, con domicilio
en ....................................., calle ....................................., y
documento nacional de identidad número ...........................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo ......., que no ha sido separado del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ................., a ........ de ................. de ........
ANEXO V
Don ............................................................, con domicilio
en ......................................, calle ......................................,
y de nacionalidad ..........................................., declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del
Cuerpo ..................., no estar sometido a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función
Pública.
En ................., a ........ de ................. de ........
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