En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 521/1999,
de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1999, y con el fin
de atender a las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Esta Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en uso de
sus competencias que le están atribuidas por delegación conforme
al artículo 2, ocho, a), de la Orden de 21 de mayo de 1996,
("Boletín Oficial del Estado" del 27), previo informe favorable de
la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar
pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Superiores
del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por turno
libre, cinco plazas de la Escala de Titulados Superiores del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por el sistema
de concurso-oposición distribuidas por áreas y especialidades
conforme al anexo VI de la convocatoria.
Si alguna de las plazas convocadas hubiera de ser declarada
desierta porque ninguno de los aspirantes hubiese alcanzado la
puntuación mínima exigida para superar las fases del concurso
y la oposición, dichas plazas incrementarán la convocada en la
especialidad de Seguridad General.
1.2 A las pruebas selectivas les serán aplicables, la Ley
30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988 de 28 de julio; la Ley
17/1993 de 23 de Diciembre; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y
oposición con las pruebas, valoraciones y puntuaciones que se
especifican en el anexo I.
Con carácter previo, a la realización de las pruebas de la fase
de oposición, los aspirantes que no posean la nacional española
deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la
realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un
nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El
contenido de esta prueba se ajustará a la dispuesto en el Real
Decreto 826/1988 de 20 de julio ("Boletín Oficial del Estado"
del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del
conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se
calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración
de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
En la Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos
Sociales, a que hace referencia la base 4.1, se determinará el
lugar y la fecha de realización de la prueba de conocimiento del
castellano.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,
modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,
o del Certificado de aptitud en español para extranjeros expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
1.4 La adjudicación de plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso y se hará
por áreas y especialidades.
1.5 Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo,
a la fecha que dé comienzo la fase de oposición, el Subsecretario
de Trabajo y Asuntos Sociales hará pública la lista de los aspirantes
que, habiendo superado la fase de concurso, puedan realizar la
fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida en
dicho concurso. La lista deberá ser expuesta en el local donde
se vaya a celebrar la fase de oposición. La fase de oposición se
iniciará a partir de los tres meses desde la publicación de la
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Desde la total
conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente,
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y
máximo de cuarenta y cinco días naturales.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados, cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener las
titulaciones que a continuación se indican para cada una de las
siguientes áreas y especialidades. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación.
Para la de Seguridad:
Especialidad en seguridad general: Licenciado en Física,
Licenciado en Geología, Licenciado en Matemáticas o Licenciado en
Química.
Cualquier Ingeniería.
Especialidad en seguridad en máquinas.
Ingeniero de Telecomunicaciones, Ingeniero en Electrónica o
Ingeniero en Automática y Electrónica industrial.
Para la de Higiene:
Cualquiera de las licenciaturas del área de "Ciencias
Experimentales y de la Salud".
Ingeniero Químico.
Para la de Psicosociología/Ergonomía:
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas,
Licenciado en Pedagogía, Licenciado en Psicología, Licenciado en
Publicidad y Relaciones Públicas, Licenciado en Sociología o Licenciado
en Psicopedagogía o Licenciado en Derecho.
Licenciado en Medicina.
Ingeniero Industrial, Ingeniero de Organización Industrial o
Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso
a la función pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "modelo 750"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones de Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones de Gobierno, así como en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las
Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, de Madrid;
en la Dirección General de la Función Pública, calle María de
Molina, 50, de Madrid, y en el Instituto Nacional de la
Administración Pública, calle Atocha, 106, de Madrid.
Será facilitado también en los Servicios Centrales, los Centros
Nacionales y los Gabinetes Técnico Provinciales del Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento
nacional de identidad. Los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar dos fotocopias del documento
que acredite su nacionalidad, y, en su caso, los documentos que
acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas
o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tenga
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de éste de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que
de conformidad con lo dispuesto en la base 1.3 estén exentos
de la realización de la prueba previa de acreditación del
conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia
compulsada del Diploma Superior de Español como Lengua
Extranjera o del Certificado de aptitud en español para extranjeros
expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar
esta documentación no podrán ser declarados exentos debiendo
en consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado 1.3
de esta convocatoria.
El historial profesional de cada aspirante se presentará junto
con la solicitud en el modelo que figura en el anexo II de esta
Resolución. Los datos alegados por los aspirantes serán
acreditados documentalmente con las pertinentes certificaciones,
justificantes o cualquier otro medio fehaciente. En caso contrario
no serán tenidos en cuenta.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Trabajo y
Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a Centro Gestor se hará
constar "Subsecretaría". En el espacio destinado a código que
figura debajo, se cumplimentará el 19001. En el recuadro relativo
a la tasa de derechos de examen, en el espacio destinado a código
se hará constar el 19020, rellenándose sólo los dos primeros
dígitos.
En el recuadro 15 se señalará "Escala de Titulados Superiores
del I.N.S.H.T.", consignándose el código número 6305 en el
espacio reservado para el mismo, que figura a su lado.
En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se
consignará la letra "L" (acceso por el sistema general de acceso
libre).
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid
capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el
recuadro número 20.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
en la base 2.1.3 de esta convocatoria.
En el recuadro 25.A) se hará constar el idioma elegido por
el aspirante para la realización del primer ejercicio de la fase de
oposición.
En el recuadro 25.B) se hará constar el área y, en su caso,
la especialidad por la que se opta, de las previstas en el anexo
VI de la presente convocatoria. El área elegida y la especialidad
condicionarán el contenido de todo el proceso, tanto en la fase
de concurso como en la fase de oposición. En este sentido, los
aspirantes deben realizar el supuesto práctico referente al área,
y en su caso, especialidad a que previamente han optado. La
elección podrá hacerse entre varios propuestos, siempre de la misma
área y, en su caso, especialidad.
Los aspirantes con minusvalía podrán indicarlo en la solicitud,
para lo cual se utilizará el recuadro 21 de la misma. Asimismo
podrán solicitar, expresándolo en el recuadro número 23 las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante,
debiendo optar en ella por uno de los grupos de materias
propuestas.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1.
"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en
los Servicios Centrales del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, así como en las Direcciones Provinciales de dicho Ministerio
y en los Servicios Centrales, Centros Nacionales y Gabinetes
Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado", y que se dirigirán al Subsecretario de Trabajo y
Asuntos Sociales.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno
ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número
1302/9002/26/00236447145, abierta en la sucursal 9002,
paseo de la Castellana, número 67 de Madrid, de la Caja Postal,
a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el
extranjero. Tasa 19.020. Derechos de examen". El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina de la Caja Postal o
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. A estos
efectos, los importes correspondientes a la tasa por los derechos
de examen son los que se establecen en la base 3.3 de la presente
convocatoria.
3.3 De conformidad con lo establecido por el apartado siete
del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos
de examen será de 4.000 pesetas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 66/1997,
de 30 de diciembre, en su redacción dada por la Ley 50/1998,
de 30 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa los
aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal
condición. Igualmente estarán exentos los aspirantes que figuren,
como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un
mes anterior a la fecha de la convocatoria, y siempre que cumplan
los requisitos en el artículo anteriormente citado. En este caso
deberá acompañarse a la solicitud la certificación relativa a la
condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos
en la Ley, que se solicitará en la correspondiente Oficina del
Instituto Nacional de Empleo, y la acreditación de las rentas que
se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del
solicitante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa
de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el
Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales dictará Resolución en
el plazo máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado" y en la que, además de declarar aprobada la lista
de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha del
comienzo del ejercicio de la fase de oposición, así como la relación de
aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre
y documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días contados a partir del día siguiente al de la publicación de
la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
Contra dicha resolución se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día
siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente o
bien, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo
de un mes desde su publicación, ante el órgano convocante.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
pro
cederá la devolución de la tasa por derechos de examen, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo VII a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificando al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992 o si hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con la asistencia de la mayoría de sus miembros titulares
o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo
máximo de treinta días a partir de la designación y mínimo de diez
días antes del inicio de la primera base de la oposición.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar
validamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Dentro del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como aquello que proceda en los casos no previstos.
El Tribunal en su actuación se ajustará en todo momento a
lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas que estime pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación deberá comunicarse al
Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna, 73, 28027 Madrid, teléfono
91 405 99 29.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Q", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, de fecha 14 de abril de 1999 ("Boletín
Oficial del Estado" del 17).
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada fase de la
oposición en único llamamiento, siendo excluidos de ésta quienes
no comparezcan salvo en casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales, al que se comunicarán
las posibles inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión o en las pruebas selectivas a los efectos
procedentes.
Contra dicha exclusión se podrá interponer recurso
contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente
a su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente o bien,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un
mes desde su publicación, ante el órgano convocante.
Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso
de reposición ante la misma autoridad indicada en el párrafo
anterior.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública
en el lugar de celebración de la misma así como en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos otros que estime
oportunos, la relación de aspirantes aprobados por orden de
puntuación alcanzada, con indicación del documento nacional de
identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha
lista al Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales. Dicha lista
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales los siguientes documentos:
A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas según el modelo que figura en el anexo IV.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos y aprobados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central
de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren
para acreditar tal condición, con expresión del número e importe
de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos
señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran
superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de Trabajo
y Asuntos Sociales, funcionarios de carrera mediante Resolución
del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en que se indicará
el destino adjudicado.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse en el plazo de diez días naturales, previa
oferta de los mismos. En el caso de que algunos de los puestos
de trabajo ofrecidos como primer destino supongan la
participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en
las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses
generales del Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser
elegidos por los aspirantes que no posean la nacionalidad
española, siendo la Administración la competente para determinar
cuales serían estos puestos de trabajo.
8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha
de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de su
nombramiento como funcionarios de carrera.
8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la
Administración Pública, el Ministerio para las Administraciones
Públicas, a través del Instituto Nacional de la Administración
Pública y en colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes en cada caso, velará por la formación de los
aspirantes seleccionados en el dominio de las lenguas oficiales de
las Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una
vez nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación de los Tribunales podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecida en el título
VII, capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la mencionada Ley.
Madrid, 3 de Diciembre de de 1999.-El Subsecretario, Marino
Díaz Guerra.
ANEXO I
Pruebas, valoración y puntuación
El procedimiento de selección constará de dos fases: Concurso
y oposición.
Ambas fases tendrán carácter eliminatorio, debiendo alcanzar
en cada una de ellas la puntuación mínima requerida para pasar
a la fase siguiente.
1.o Fase de concurso:
Primera: Se valorará el historial profesional de los solicitantes
conforme al baremo que se adjunta como anexo V de la
convocatoria.
El historial profesional deberá ser presentado en el modelo
oficial que se adjunta como anexo II.
La puntuación a asignar se valorará de 0 a 15 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 7,5 para acceder a la segunda
parte.
Segunda: Consistirá en una entrevista en la que se planteará
cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés para un
mejor conocimiento de las capacidades del opositor. La
puntuación a asignar se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener
un mínimo de 2,5 puntos.
La calificación de esta fase vendrá determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes.
2.o Fase de oposición:
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios
eliminatorios:
Primer ejercicio: Constará de dos partes:
Primera: Consistirá en la realización de una traducción directa,
por escrito, en castellano, de un documento redactado en inglés,
francés o alemán, a elección del aspirante, sin diccionario. Para
la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán de un
tiempo de dos horas.
Segunda: Consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión
pública ante el Tribunal de la traducción realizada, seguida de
una conversación con éste, en la lengua elegida, durante un tiempo
máximo de quince minutos.
Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser
asistido por los asesores especialistas que designe.
La calificación global del ejercicio será de 0 a 8 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 4 puntos.
Segundo ejercicio: Versará sobre el contenido del anexo III.
Consistirá en un examen oral en el que se habrá de desarrollar
un tema de la parte común del programa, para lo cual el opositor
eligirá entre dos extraidos al azar, y un tema de la parte específica
por la que se haya optado, para lo cual el opositor eligirá
igualmente entre dos extraidos al azar.
Los opositores dispondrán de un período de treinta minutos
para la preparación de este ejercicio en una sala en la que
encontrarán la documentación de consulta que el Tribunal estime
oportuna. Dicha documentación será la misma para todos los
opositores.
La exposición oral de los dos temas habrá de realizarse en
cuarenta minutos como máximo y durante la misma podrá
utilizarse el guión que, en su caso, se hubiere realizado.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor durante un período máximo de quince minutos sobre
aspectos de los temas que hubiera desarrollado.
En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de
ambos temas, así como el volumen y comprensión de los
conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión
oral.
Se otorgará una calificación máxima de diez puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el
ejercicio.
Tercer ejercicio: Versará sobre el contenido del anexo III y
constará de dos partes:
Primera: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto
práctico que comprenderá una parte común para todos los
opositores y una parte específica de cada una de las áreas o
especialidad temática elegida. Para realizar este ejercicio los aspirantes
dispondrán de un tiempo de tres horas.
Segunda: Consistirá en la lectura pública o exposición de las
operaciones realizadas ante el Tribunal del ejercicio escrito
desarrollado, seguida de un diálogo en el que se le planteará al
opositor cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés
para un mejor conocimiento de los argumentos y criterios
utilizados por el aspirante en dicho supuesto.
La puntuación de este tercer ejercicio será única tras la
realización y valoración de las dos partes indicadas. La puntuación
máxima será de 12 puntos, siendo necesario obtener, al menos
6 para superarla.
ANEXO II
1. Datos personales:
Primer apellido................, segundo apellido................,
nombre ............................, documento nacional de
identidad .....................................................................,
fecha de nacimiento ........................, domicilio a efectos de
notificaciones ........................, código postal ..........,
localidad ..........
2. Elección de áreas y especialidades definidas en la
convocatoria.
Seguridad:
Seguridad General.............................................. i
Seguridad en Máquinas ........................................ i
Higiene: ......................................................... i
Psicosociología/Ergonomía: ................................... i
3. Titulación universitaria:
.......................................................................
...........................................................................
...........................................................................
4. Formación:
4.1 En áreas a las que se refiere el artículo 34 del Real
Decreto 39/1997, de 17 de enero, SI i
NO i
En el área para la que se concursa SÍ i
NO i
En área distinta SÍ i
NO i
4.2 Doctorado:
Título ................................................................
Fecha ................................................................
4.3 Becario en el área y especialidad para los que se concursa:
Tema.................................................................
Fecha ................................................................
Centro ...............................................................
4.4 Otros cursos (1):
Nombre ..............................................................
Duración (horas lectivas) ...........................................
Institución organizadora ...........................................
5. Experiencia en áreas definidas en la convocatoria (1):
Nombre de la empresa/entidad: ...................................
Actividad o trabajo realizado:......................................
Tiempo de duración: ...............................................
6. Otros méritos (1):
.......................................................................
...........................................................................
...........................................................................
(1) Utilice hoja aparte si fuese necesario.
6.1 Artículos en revistas extranjeras:
Revista...............................................................
Título artículo .......................................................
Fecha publicación ..................................................
6.2 Artículos en revistas nacionales:
Revista...............................................................
Título artículo .......................................................
Fecha publicación ..................................................
6.3 Libros (autor único):
Título ................................................................
Editorial .............................................................
Fecha edición .......................................................
6.4 Libros autoría compartida:
Título ................................................................
Editorial .............................................................
Fecha edición .......................................................
6.5 Comunicaciones en Congresos Internacionales:
Congreso ............................................................
Fecha y lugar celebración ..........................................
Título comunicación................................................
6.6 Comunicaciones en Congresos Nacionales:
Congreso ............................................................
Fecha y lugar celebración ..........................................
Título comunicación................................................
6.7 Trabajos de investigación no publicados:
Título ................................................................
ANEXO III
Temario
Parte común:
Tema 1. Condiciones de trabajo y salud.
Tema 2. Riesgos.
Tema 3. Daños derivados del trabajo.
Tema 4. Prevención y protección.
Tema 5. Bases estadísticas aplicadas a la prevención.
Tema 6. Concepto y definición de Seguridad: Técnicas de
Seguridad.
Tema 7. Accidentes de Trabajo.
Tema 8. Investigación de Accidentes como técnica preventiva.
Tema 9. Análisis y evaluación general del riesgo de accidente.
Tema 10. Normas y señalización en seguridad.
Tema 11. Protección colectiva e individual.
Tema 12. Análisis estadístico de accidentes.
Tema 13. Planes de emergencia y autoprotección.
Tema 14. Análisis, evaluación y control de riesgos
específicos: Máquinas; equipos, instalaciones y herramientas; lugares
y espacios de trabajo; manipulación, almacenamiento y transporte;
electricidad; incendios; productos químicos.
Tema 15. Residuos tóxicos y peligrosos.
Tema 16. Inspecciones de seguridad e investigación de
accidentes.
Tema 17. Medidas preventivas de eliminación y reducción de
riesgos.
Tema 18. Higiene Industrial. Conceptos y objetivos.
Tema 19. Agentes químicos. Toxicología laboral.
Tema 20. Agentes químicos. Evaluación de la exposición.
Tema 21. Agentes químicos. Control de la exposición:
Principios generales; acciones sobre el foco contaminante; acciones
sobre el medio de propagación. Ventilación; acciones sobre el
individuo: Equipos de protección individual: Clasificación.
Tema 22. Normativa legal específica.
Tema 23. Agentes físicos: Características, efectos, evaluación
y control: Ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones no
ionizantes, radiaciones ionizantes.
Tema 24. Agentes biológicos. Efectos, evaluación y control.
Tema 25. Conceptos básicos, objetivos y funciones.
Tema 26. Patologías de origen laboral.
Tema 27. Vigilancia de la salud.
Tema 28. Promoción de la salud en la empresa.
Tema 29. Epidemiología laboral e investigación
epidemiológica.
Tema 30. Planificación e información sanitaria.
Tema 31. Socorrismo y primeros auxilios.
Tema 32. Ergonomía: Conceptos y objetivos.
Tema 33. Condiciones ambientales en Ergonomía.
Tema 34. Concepción y diseño del puesto de trabajo.
Tema 35. Carga física de trabajo.
Tema 36. Carga mental de trabajo.
Tema 37. Factores de naturaleza psicosocial.
Tema 38. Estructura de la organización.
Tema 39. Características de la empresa, del puesto e
individuales.
Tema 40. Estrés y otros problemas psicosociales.
Tema 41. Consecuencias de los factores psicosociales nocivos
y su evaluación.
Tema 42. Intervención psicosocial.
Tema 43. Formación.
Tema 44. Análisis de necesidades formativas.
Tema 45. Planes y programas en formación.
Tema 46. Técnicas educativas.
Tema 47. Seguimiento y evaluación de la formación.
Tema 48. Técnicas de comunicación, información y
negociación.
Tema 49. La comunicación en prevención, canales y tipos.
Tema 50. Información. Condiciones de eficacia.
Tema 51. Técnicas de negociación.
Tema 52. Aspectos generales sobre administración y gestión
empresarial.
Tema 53. Planificación de la Prevención.
Tema 54. Organización de la Prevención.
Tema 55. Economía de la Prevención.
Tema 56. Aplicación a sectores especiales: Construcción,
industrias extractivas, transporte, pesca y agricultura.
Tema 57. Seguridad del producto y sistemas de gestión de
la calidad.
Tema 58. Gestión medioambiental.
Tema 59. Seguridad industrial y prevención de riesgos
patrimoniales.
Tema 60. Seguridad vial.
Tema 61. Nociones de derecho del trabajo.
Tema 62. Sistema español de la Seguridad Social.
Tema 63. Legislación básica de relaciones laborales.
Tema 64. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Tema 65. Responsabilidades en materia preventiva.
Tema 66. Organización de la prevención en España.
Especialidad de Seguridad General:
Tema 1. Metodología de investigación de accidentes.
Tema 2. Análisis estadístico de accidentes.
Tema 3. Evaluación del riesgo de accidente e inspecciones
de seguridad.
Tema 4. Normas y señalización en seguridad.
Tema 5. Protección colectiva e individual.
Tema 6. Planes de emergencia y autoprotección.
Tema 7. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos:
a) Máquinas, equipos, instalaciones y herramientas.
b) Lugares y espacios de trabajo.
c) Manipulación, almacenamiento y transporte.
d) Electricidad.
e) Incendios y explosiones.
f) Productos químicos.
Especialidad de Seguridad en Máquinas:
Tema 1. Marco legal sobre comercialización y/o puesta en
servicio de máquinas (Real Decreto 1435/1992, de 27 de
noviembre, modificado por el Real Decreto 56/1995, de 20 de enero).
Tema 2. Marco legal sobre utilización por los trabajadores
de los equipos de trabajo (Real Decreto 1215/1997, de 18 de
julio).
Tema 3. Conceptos básicos, principios generales para el
diseño:
a) Metodología (UNE-EN 292-1:1993).
b) Prevención intrínseca (UNE-EN 292-2:1993).
c) Protección (UNE-EN 292-2:1993).
Tema 4. Principios para la evaluación del riesgo (UNE-EN
1050:1997).
Tema 5. Partes de los sistemas de mando relativas a la
seguridad. Principios generales para el diseño (UNE-EN 954-1:1997).
Tema 6. Técnicas de análisis de la fiabilidad de los sistemas.
Procedimiento de análisis de los modos de fallo y sus efectos -AMFE
(UNE-20812:1995).
Tema 7. Análisis mediante el árbol de defectos (CEI
61025:1990).
Especialidad de Higiene Industrial:
Tema 1. Toxicología:
a) Relaciones dosis-efecto y dosis-respuesta.
b) Penetración, absorción, distribución, metabolización y
eliminación de los tóxicos.
c) Toxicología de polvos minerales y fibras, metales,
disolventes y plaguicidas.
d) Cancerígenos, mutágenos y teratógenos.
Tema 2. Estrategia de medición y muestreo.
1. Elección del tipo de medida y toma de muestra.
2. Planificación de la toma de muestra.
3. Análisis.
4. Tratamiento estadístico de los resultados.
Tema 3. Ventilación.
1. Extracción localizada: Determinación del diseño de la
instalación, caudal de aspiración, elementos de captación y pérdida
de carga.Elección del ventilador.
2. Ventilación por dilución: Ventilación para la protección
de la salud y control del ambiente térmico. Determinación del
caudal y disposición de los ventiladores. Elección de los
ventiladores.
Tema 4. Ruido: Aislamiento y reducción del ruido.
1. Absorción: Cálculo de la amortiguación del sonido en
recintos. Diseño y elección de materiales.
2. Aislamiento: Cálculo de aislamiento de locales y de
maquinaria. Diseño y elección de materiales.
Tema 5. Ruido: Equipos de protección individual.
1. Cálculo de la atenuación.
2. Elección del equipo
Tema 6. Normativa española y comunitaria.
1. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias
químicas preparados peligrosos.
2. Ruido.
3. Plomo.
4. Cloruro de vinilo monómero.
5. Agentes biológicos.
6. Prohibición de determinadas sustancias y actividades.
7. Agentes cancerígenos.
8. Amianto.
9. Lugares de trabajo.
Especialidad de Ergonomía y Psicosociología aplicada
Tema 1. Metodología e instrumentos utilizados para el
análisis ergonómico de los puestos de trabajo.
Tema 2. Procedimientos básicos de estadística aplicables a
la Ergonomía y a la Psicosociología.
Tema 3. Técnicas empleadas en Ergonomía y Psicosociología
aplicada: Observación, entrevista y encuesta.
Tema 4. El acondicionamiento de los puestos con pantallas
de visualización de datos. Criterios de evaluación y normativa
aplicable.
Tema 5. Condiciones ambientales.
1. Condiciones termohigrométricas: Criterios de evaluación
y normativa aplicable.
2. Iluminación: Criterios de evaluación y acondicionamiento
y normativa aplicable.
3. Ruido en relación con la comunicación y la concentración:
Criterios de evaluación.
Tema 6. Evaluación global de la carga física. Trastornos
musculoesqueléticos: Evaluación de las molestias. Evaluación de
los riesgos asociados a las posturas de trabajo. Manipulación
manual de cargas: Evaluación y normativa aplicable. Movimientos
repetitivos: Problemática derivada, factores causales y sistemas
de evaluación.
Tema 7. Métodos de evaluación de la carga mental de trabajo.
Tema 8. Motivación y satisfacción laboral y su evaluación.
Consencuencias del estrés laboral y su evaluación. Metodología
y técnicas de evaluación de los factores psicosociales. Estrategias
para la implantación de un plan de actuación psicosocial.
ANEXO IV
Don .........................................................................., con
domicilio en ................................................, y documento
nacional de identidad número .........................., declara bajo
juramento o promete a efectos de ser nombrado funcionario de
la Escala ......................................., que no ha sido separado
del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que
no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ................. a ................. de ................. de 1999.
Aspirantes de otras nacionalidades
Don .........................................................................., con
domicilio en ................................................, y documento
nacional de identidad/pasaporte número ..........................,
declara bajo juramento o promete a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala ......................................., que no ha sido
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en
su Estado el acceso a la Función Pública.
En ................. a ................. de ................. de 1999.
ANEXO V
Valoración, méritos alegados
El Tribunal únicamente considerará a efectos de valoración
de méritos en la fase de concurso aquellos que estén directa y
estrictamente relacionados con las áreas y especialidades definidas
en la convocatoria como: Seguridad (general en máquinas),
Higiene y Psicosociología/Ergonomía.
Se valorarán únicamente los méritos alegados por los
interesados, debidamente acreditados mediante la presentación de la
oportuna documentación en relación con los siguientes apartados:
a) Formación en las áreas definidas en la convocatoria.
Puntuación máxima de este concepto 6 puntos.
La formación a valorar será la impartida por las Universidades,
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,
Organismos Oficiales competentes en la materia y centros autorizados
conforme al capítulo III de la Orden de 27 de junio de 1997 por
la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención.
Serán valorados únicamente aquellos cursos que superen las
veinte horas de duración.
1. Formación a la que se refiere el artículo 34 del Real Decreto
39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de prevención.
1.1 En el área para la que se concursa: 2 puntos.
1.2 En área distinta para la que se concursa: 0,5 puntos.
2. Doctorado: 1 punto.
3. Haber sido becario del Instituto en el área y especialidad
para la que se concursa: 1 punto.
4. Cursos relacionados con la prevención de riesgos laborales:
0,5 puntos por cada 100 horas, hasta un máximo de 2 puntos.
b) Experiencia en el área para la que se concursa: 0,5 puntos
por cada semestre cumplido, hasta un máximo de 4 puntos.
c) Otros méritos: hasta un máximo de 5 puntos.
1. Artículos publicados en revistas extranjeras: 0,5 puntos.
2. Artículos publicados en revistas nacionales: 0,2 puntos.
3. Libros editados (como autor único): 1 punto.
4. Libros editados (como autoría compartida): 0,2 puntos.
5. Comunicaciones en congresos internacionales: 0,1 punto.
6. Comunicaciones en congresos nacionales: 0,05 puntos.
7. Trabajo de investigación no publicados: hasta 1 punto.
ANEXO VI
Distribución por áreas y especialidades y número de plazas
para cada una de ellas.
Seguridad:
Seguridad General: 1 plaza.
Seguridad en Máquinas: 1 plaza.
Higiene: 2 plazas.
Psicosociología/Ergonomía: 1 plaza.
ANEXO VII
Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional
de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Tribunal titular:
Presidente: Don Florentino Alonso Arenal, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo
Vocales: Don José Luis Castella López, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo; don Esteban Rodríguez Vera, Escala de Letrados a
Extinguir de AISS y, don José de la Puente Gil, Cuerpo Superior de
Inspectores de Trabajo.
Secretaria: Doña Natividad Domínguez Calaveras, Cuerpo
Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Mario Grau Ríos, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Vocales: Don Juan Guasch Farras, Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;
don Fernando Soto Mora, Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado y, don Eusebio Martín Asenjo, Escala de
Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Secretaria: Doña Ana Ruiz Espinosa, Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid