En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 521/1999,
de 26 de marzo, del Ministerio de Administraciones Públicas, por
el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 1999,
publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 74, de 27
de marzo de 1999, y con el fin de atender las necesidades de
personal en la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, según establece el apartado c) del artículo 4.o
del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial
del Estado" número 213, de 5 de septiembre), resuelve convocar
concurso-oposición libre para ingreso en la Escala de Titulados
Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria
y Energía (código 5600), con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca concurso-oposición libre para cubrir ocho
plazas de la Escala de Titulados Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Industria y Energía (código 5600), entre
Doctores, todas ellas en las áreas de conocimiento y
especialización y con destino en el Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas, que se especifican en el
anexo I.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3); Ley
23/1988, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidas
para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"
del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado ("Boletín Oficial del Estado"
del 10 de abril) y lo dispuesto en esta convocatoria.
1.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número superior de aspirantes que el de plazas convocadas por
especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que
contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
1.4 La duración máxima del proceso de celebración de los
ejercicios será de sesenta días naturales, salvo excepciones
justificadas.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española, la de cualquier otro Estado
miembro de la Unión Europea, o la de aquellos Estados a los
que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores definida
por el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea en aplicación
de los tratados internacionales celebrados por ésta y ratificados
por España.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
ascendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de hecho o de derecho, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los dieciocho años.
c) Estar en posesión del título de Doctor. Los estudios
efectuados en Centros Españoles no estatales o en el extranjero
deberán estar ya homologados.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no
deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas
selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus
soli
citudes de participación que reunen todas y cada una de las
condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlas
hasta el momento de su toma de posesión como funcionarios de
carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en el modelo de instancia aprobado por
la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 7 de octubre de 1998. Modelo que podrá ser recogido
en la Subdirección General de Recursos Humanos del CIEMAT,
avenida Complutense, 22, de Madrid; en el Centro de Información
Administrativa, calle María de Molina, 50, de Madrid, y en las
Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
A la instancia se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o pasaporte.
Ningún aspirante podrá concurrir a más de una especialidad.
Las instrucciones para cumplimentar el modelo de solicitud
serán las que se detallan en el mismo teniendo en cuenta las
siguientes consideraciones:
Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:
En el recuadro correspondiente al Ministerio, consigne
Ministerio de Industria y Energía.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne CIEMAT.
En el recuadro relativo a los derechos de examen, en el código,
consigne 20
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale
los dos últimos dígitos del año de publicación de esta convocatoria.
Instrucciones particulares:
15. Cuerpo o Escala: Consigne Escala de Titulados Superiores
de Organismos Autónomos del MINER, código 5600.
16. Especialidad, área o asignatura: Especialidad Científico
y Tecnológica del CIEMAT.
17. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para
el sistema general de acceso libre.
18. Ministerio/organismo/entidad convocante: Se consignará
Ministerio de Industria y Energía.
20. Provincia de examen: Madrid.
25. En la casilla "A" del epígrafe "Datos a consignar según
las bases de la convocatoria" del modelo de solicitud, se hará
constar expresamente la especialidad a la que se concurre.
3.2 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 22 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.3 La presentación de solicitudes se harán en el Registro
General del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas, avenida Complutense, 22, 28040 Madrid,
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado".
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al Organismo competente. El interesado
adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber
satisfecho los derechos de examen.
3.4 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de
examen será de 4.000 pesetas, debiendo consignar dicho importe
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
El abono de dicho importe se efectuará mediante ingreso en
efectivo en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de
Crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la
recaudación tributaria, presentando la solicitud de admisión
cumplimentada de acuerdo con los datos que figuran en la
convocatoria.
En el caso de las solicitudes presentadas en el extranjero, los
aspirantes realizarán el ingreso de los derechos de examen en
la cuenta corriente número 01040301250302039369 abierta en
la Oficina Institucional de la Administración Central del Banco
Exterior de España, sucursal número 0301, ubicada en la calle
Serrano, bajo la denominación de "CIEMAT, Tasa 20.020
derechos de examen". En este caso, el interesado adjuntará a dicha
solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos
de examen.
Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado
de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo
acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se
realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión
de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en
los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el
pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá
acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.
La falta de una justificación del abono de los derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.
3.5 Las solicitudes, dirigidas al Ilustrísimo señor
Subsecretario de Industria y Energía, deberán acompañarse de un
currículum vitae.
Cada aspirante deberá presentar ante el Tribunal los trabajos
y documentos acreditativos del contenido de su correspondiente
currículum vitae el día en que vaya a desarrollar el primer ejercicio
(fase de concurso) y al comienzo del mismo.
Asimismo, al comienzo del primer ejercicio, los aspirantes
entregarán al Tribunal, en sobre cerrado, y en un máximo de cinco
folios, un resumen en el que se contenga su visión acerca del
estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como
de sus posible líneas de evolución y un proyecto de la actividad
que prevé desarrollar el candidato en relación con ella.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.7 De conformidad con lo establecido en el articulo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo previsto para presentación de
solicitudes, el órgano convocante hará públicas, en el plazo de un
mes, las listas de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión en los tablones de anuncios del CIEMAT,
en Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en la Dirección General de la Función Pública
y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, María de Molina, 50, de Madrid.
Asimismo se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" los lugares
donde se encuentran expuestas dichas listas.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión.
4.3 Contra la resolución definitiva podrá interponerse, previa
comunicación al órgano que la dicte, recurso
contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente
del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
5. Tribunales
5.1 El desarrollo de este concurso-oposición y la calificación
de los aspirantes en el mismo corresponderá a un Tribunal para
cada especialidad, según se detalla en el anexo I. Los tribunales
calificadores de estas pruebas selectivas estarán constituidos en
la forma que se determina en el anexo II de la presente
convocatoria.
5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de
intervenir notificándolo al Subsecretario de Industria y Energía,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), o si
hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria.
Los presidentes podrán solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del
27).
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).
5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,
la autoridad convocante hará público el nombramiento de los
nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que
hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones
que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
validamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en
su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos
de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el proceso selectivo, los Tribunales resolverán
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Com ún ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de
forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los
participantes.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.8 Los tribunales que actúen en estas pruebas selectivas se
incluirán en la categoría primera de las recogidas en el Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).
6. Desarrollo del concurso-oposición
6.1 El concurso-oposición para ingresar en la Escala de
Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de
Industria y Energía constará de dos fases: Fase de concurso y
fase de oposición, que se desarrollarán en castellano.
6.2 El concurso-oposición se desarrollará de forma
independiente para cada una de las especialidades que figuran en el anexo
I de la presente convocatoria.
A tal efecto, el Tribunal correspondiente convocará
sucesivamente a los aspirantes admitidos en cada especialidad que figura
en el anexo I.
6.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra "Q", de conformidad con la Resolución de la Secretaría de
Estado para la Administración Pública, de fecha 15 de abril de
1999 por la que se hace público el resultado del sorteo celebrado
el día 14 de abril de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" número
92, del 17).
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación se inciará
por aquellos cuyo apellido comience por la letra "R", y así
sucesivamente.
6.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
identidad.
6.5 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
La publicación del anuncio de celebración de la fase de
oposición se efectuará por los Tribunales, al menos, en los locales
Donde se haya celebrado la fase concurso, con veinticuatro horas,
como mínimo, de antelación a la señalada para la iniciación de
aquélla. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será
publicado en los locales donde se haya celebrado y por cualquier otro
medio, si se juzga conveniente, con doce horas de antelación al
menos.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad
convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si
tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a
los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las
inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes
en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución definitiva podrá interponerse, previa
comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo
de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del
27), en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
a su publicación ante el órgano competente del Orden
Jurisdiccional contencioso-administrativo.
6.7 La fase de concurso consistirá en la exposición oral y
pública por el aspirante, en el tiempo máximo de media hora,
de los méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita
en el currículum vitae.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante, sin límite
de tiempo, sobre el contenido de la exposición oral del mismo,
pudiendo formular todas las preguntas que considere convenientes
y, fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los temas
de trabajo más relevantes de la investigación.
6.8 La fase de oposición consistirá en la exposición oral y
pública por el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora,
de su visión acerca del estado actual del tema objeto de la plaza
convocada, así como sus posibles líneas de evolución y de la
actividad que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante durante
un tiempo máximo de una hora, acerca de los contenidos
científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere
relevantes en relación con el tema.
7. Relación de méritos que han de tenerse en cuenta
en la selección y sistema de calificación
7.1 En la calificación de los aspirantes en la fase de concurso
se valorarán:
a) Trabajos originales de investigación publicados.
b) Publicación o participación en la publicación de libros,
monografías, etcétera. Participación en patentes y acuerdos de
cesión de tecnología, así como en trabajos de apoyo tecnológico.
Trabajos o estancias en centros de investigación nacionales y
extranjeros, especificando cuáles de las aportaciones científicas
consignadas se han conseguido con posterioridad y como fruto
de dichos trabajos o estancias. Participación en proyectos o
programas y contratos o convenios de investigación. Participación
en congresos científicos, seminarios y cursos. Trabajos en revistas
de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el aspirante.
7.2 La calificación de los aspirantes en la fase de concurso
se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los
correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá
adjudicar a cada aspirante de cero a veinte puntos. Dicha calificación
deberá justificarse individualmente por los miembros de los
Tribunales mediante la formulación por escrito de un juicio razonado
relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes
relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al
acta correspondiente.
El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la
calificación de la fase de concurso, siendo necesario alcanzar diez
puntos, como mínimo, para pasar a la fase de oposición.
Los tribunales publicarán al finalizar la fase de concurso la
relación de aspirantes que hayan superado dicha fase, en cada
especialidad, indicando expresamente las puntuaciones obtenidas.
7.3 La calificación de los aspirantes en la fase de oposición
se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los
correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá
adjudicar a cada aspirante de cero a diez puntos.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la
calificación de la fase oposición, siendo necesario alcanzar cinco
puntos, como mínimo, para superarla.
7.4 En ambas fases (concurso y oposición) se calificará por
separado a cada aspirante, excluyéndose del cómputo de
puntuaciones las más alta y la más baja, sin que en ningún caso
pueda ser excluida más de una máxima y una mínima.
7.5 La puntuación final del concurso-oposición será la suma
de las puntuaciones parciales obtenidas en cada fase.
En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas
de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que
hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. En
caso de que persista el empate, se resolverá a favor del aspirante
que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.
8. Lista de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán
pública, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así
como en la sede del Tribunal, y en aquellos otros que estime
oportuno, la relación de aspirantes aprobados en cada
especialidad, por orden de puntuación alcanzada.
Los Presidentes de los Tribunales elevarán la propuesta de
aspirantes aprobados al Subsecretario de Industria y Energía para su
nombramiento.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos
9.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados
deberán presentar en las dependencias del Centro de
Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas ubicadas en
la avenida Complutente, 22, 28040 Madrid, los siguientes
documentos:
a) Fotocopia compulsada del título de Doctor o certificación
académica que acredite su posesión.
b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni estar afectado por limitación física ni psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III
a esta convocatoria.
d) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 que hayan optado por el cupo
de reserva, deberán acreditar tal condición si obtuvieran plaza
mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos
estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos
ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del Ministerio u Organismo del que
dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten
en su expediente personal.
9.3 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen
de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios quedando
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de
participación.
10. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión
10.1 Los candidatos propuestos serán nombrados
funcionarios de carrera, por la Secretaría de Estado de las Administraciones
Públicas, con especificación del destino adjudicado.
10.2 Los nombramientos serán publicados en el "Boletín
Oficial del Estado".
La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios
de carrera, se efectuará en el plazo de un mes desde la fecha
de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del
Estado".
11. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27).
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las Resoluciones de los Tribunales, conforme a lo
previsto en la mencionada Ley.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 1 de diciembre de 1999.-P. D. (Orden de 11 de
noviembre de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 16), el
Subsecretario, Carlos José González Bueno Catalán de Ocón.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
ANEXO I
ÁREA "MECÁNICA DE FLUIDOS COMPUTACIONAL"
Número de plazas: Una. Denominación : Desarrollo de códigos
numéricos con técnicas de cálculo paralelo para simulación de
flujos turbulentos en geometrías complejas.
Número de plazas: Una. Denominación: Aplicación y desarrollo
de técnicas y modelos para el diseño y simulación de experimentos
con flujos multifásicos y flujos dispersos.
ÁREA "ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA"
Número de plazas: Una. Denominación: Normalización,
rendimientos, fiabilidad y calibración de módulos fotovoltaicos de
uso terrestre.
ÁREA "ENERGÍA SOLAR TÉRMICA"
Número de plaza: Una. Denominación: Sistemas termosolares
de concentración. Desarrollos de componentes y de aplicaciones
termoeléctricas y químicas".
ÁREA "TECNOLOGÍA DE SEGURIDAD NUCLEAR"
Número de plazas: Una. Denominación: Transmisión de calor
en los sistemas pasivos de refrigeración de la contención de
Centrales Nucleares avanzadas. Modelos y análisis de influencias.
ÁREA "TECNOLOGÍA DE SEGURIDAD NUCLEAR"
Número de plazas: Una. Denominación: Detectores gaseosos
para experimentos en colisionadores hadrónicos.
ÁREA "FUSIÓN POR CONFINAMIENTOMAGNÉTICO"
Número de plazas: Una. Denominación: Sistemas de
diagnósticos para dispositivos de fusión por confinamiento magnético.
ÁREA "CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA"
Número de plazas: Una. Denominación: Caracterización
Experimental de Procesos Físico-Químicos.
ANEXO II
Tribunal del área "Mecánica de fluidos computacional"
Titular:
Presidente: Don Amable Liñán Martínez (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad).
Vocales:
Don Pedro García Ybarra (Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad); don Francisco Higuera Antón (Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad); don José Carlos Antoraz Callejo (Cuerpo
de Catedráticos de Universidad).
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Administración de la Seguridad Social).
Suplente:
Presidente: Don Pedro García Ybarra (Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad).
Vocales:
Don José Luis Castillo Gimeno (Cuerpo de Profesores Titulares
de Universidad); don Luis López Bonilla (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad); don Antonio Luis Sánchez Pérez (Cuerpo de
Profesores Titulares de Universidad)
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.)
Tribunal del área "Energía Solar Fotovoltaica"
Titular:
Presidente: Don Eduardo Lorenzo Pigueiras (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad).
Vocales:
Don Valeriano Ruiz Hernández (Cuerpo de Catedráticos de
Universidad); doña María Teresa Gutiérrez García (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER); don Francisco Serrano Casares
(Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Universitarias).
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Admón. de la Seguridad Social).
Suplente:
Presidente: Don Valeriano Ruiz Hernández (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad).
Vocales: Don Mariano Sidrach de Cardona Ortin (Cuerpo de
Profesores Titulares de Escuelas Universitarias); doña Rosario
Heras Celemín (Escala de Titulados Superiores de OO.AA. del
MINER); don Francisco Serrano Casares (Cuerpo de Catedráticos
de Escuelas Universitarias).
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.)
Tribunal del área "Energía Solar Térmica"
Titular:
Presidente: Don Valeriano Ruiz Hernández (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad).
Vocales: Don Eduardo Lorenzo Pigueiras (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad); don Jesús Blanco Alvarez (Escala de
Profesores de Investigación del CSIC); don Manuel Alonso Castro
(Escala de Profesores Titulares de Universidad).
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Administración de la Seguridad Social).
Suplente:
Presidente: Don Eduardo Lorenzo Pigueiras (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad).
Vocales: Don Antonio Lecuona Neumann (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad); don Pedro Ávila García (Escala de Profesores
de Investigación del CSIC); doña Rosario Heras Celemín (Escala
de Titulados Superiores de OO.AA. del MINER).
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.)
Tribunal del área "Tecnología de Seguridad Nuclear"
Titular:
Presidente: Don Agustín Alonso Santos (Cuerpo de
Catedráticos de Universidad).
Vocales: Don José Luis Muñoz Cobo (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad); don Luis Santomá Juncadella (Escala Superior
del Consejo Técnico de Seguridad Nuclear y Protección
Radiológica); doña Rosario Solá Farré (Escala de Titulados Superiores
de OO.AA. del MINER)
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Admón. de la Seguridad Social)
Suplente
Presidente: Doña Rosario Solá Farré (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER).
Vocales: José Antonio Suárez González del Rey (Escala de
Titulados Superiores de OO.AA. del MINER); don José Luis Muñoz
Cobo (Cuerpo de Catedráticos de Universidad); don Agustín Alonso
Santos (Cuerpo de Catedráticos de Universidad).
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.).
Tribunal del área "Física Experimental de Altas Energías"
Titular:
Presidente: Don Manuel Aguilar Benítez de Lugo (Escala de
Titulados Superiores de OO.AA. del MINER).
Vocales:
Don Enrique Fernández Sánchez (Cuerpo de Catedráticos de
Universidad); don Antonio Ferrer Soria (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad); don Antonio Ferrando García (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER).
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Admón. de la Seguridad Social).
Suplente:
Presidente: Don Marcos Cerrada Canales (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER).
Vocales:
Don Alberto Ruiz Jimeno (Cuerpo de Catedráticos de
Universidad); don Bernardo Adeva Andany (Cuerpo de Catedráticos de
Universidad), don Carlos Willmott Zappacosta (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER).
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.).
Tribuna del área "Fusión por confinamiento magnético"
Titular:
Presidente: Don Manuel Aguilar Benítez de Lugo (Escala de
Titulados Superiores de OO.AA del MINER).
Vocales:
Don Luis García Gonzalo (Cuerpo de Catedráticos de
Universidad); don José María López Sancho (Escala de Profesores de
Investigación del CSIC); don Agustín Grau Malonda (Escala de
Titulados Superiores de OO.AA. del MINER).
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Admón. de la Seguridad Social).
Suplente:
Presidente: Don Marcos Cerrada Canales (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER).
Vocales:
Doña M. Carmen Refolio Refolio (Escala de Investigadores
Cientídicos del CSIC); don Ildefonso Díaz Díaz (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad); don Luis García-Tabarés Rodríguez (Escala de
Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MOPU).
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.).
Tribunal del Área "Contaminación atmosférica"
Titular:
Presidente: Don Sergio Alonso Oroza (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad).
Vocales:
Don Angel López Soler (Cuerpo de Profesores de Investigación
del CSIC); don Gotzon Gangoiti Bengoa (Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad); don José Gutiérrez López (Escala de
Titulados Superiores de OO.AA. del MINER).
Secretaria: Doña Encarnación Pacios Martínez (Cuerpo Técnico
de la Administración de la Seguridad Social).
Suplente:
Presidente: Don José Gutiérrez López (Escala de Titulados
Superiores de OO.AA. del MINER).
Vocales:
Don Angel López Soler (Cuerpo de Profesores de Investigación
del CESIC); don Lucio Alonso Alonso (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad); don Sergio Alonso Oroza (Cuerpo de Catedráticos
de Universidad).
Secretario: Don Manuel González Ménguez (Escala Técnicos
Facultativos de OO.AA.).
ANEXO III
Don/doña ...................................................., con domicilio
en ..............................., y con documento nacional de identidad
número .........................
DECLARA bajo juramente o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala 5600, Escala de Titulados
Superior de Organismo Autónomos del Ministerio de Industria y
Energía, Especialidad Científica y Tecnológica del CIEMAT, que
no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
En .................... a ........ de .................... de 1999.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid