De conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de
la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para
la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero
("Boletín Oficial del Estado" número 89, de 14 de abril), y por haber variado
las circunstancias que originaron la definición de la zona de seguridad,
se hace necesario modificar los límites de dicha zona, marcados en la
Orden 69/1980, de 16 de diciembre.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado
Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe del Mando de
Canarias, dispongo:
Primero.-A los efectos prevenidos en el capítulo II del título I del
Reglamento citado, el acuartelamiento "Breña Baja" (isla de La Palma)
se considera incluida en el grupo primero de los señalados en el artículo 8
del citado Reglamento.
Segundo.-De conformidad con lo preceptuado en los artículos 9.2 y 11.1
del citado Reglamento, se establece la zona de seguridad del acuartelamiento
citado en el artículo anterior, la cual vendrá comprometida por los límites
que se señalan, definidos por los siguientes puntos (coordenadas UTM):
Punto X Y
1 230091.5 3172820.4
2 230000.0 3172839.9
3 229923.1 3173014.1
3.d 229828,8 3173118,2
3.c 229767,3 3173146
3.b 229786,7 3173353,6
3.a 229815,5 3173550,7
4 229849.4 3173645.9
5 229754.1 3173764.5
6 229805.6 3173797.6
Tercero.-Queda derogada la Orden 69/1980, de 16 de diciembre, en
lo que se refiere a esta instalación militar.
Cuarto.-Disposición final: La presente Orden entrará en vigor al día
siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 3 de diciembre de 1999.
SERRA REXACH
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid