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Documento BOE-A-1999-24173

Resolución de 11 de diciembre de 1999, del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se hace público el programa de premios para el sorteo que se ha de celebrar el día 22 de diciembre de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 20 de diciembre de 1999, páginas 44638 a 44639 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-24173

TEXTO ORIGINAL

EXTRAORDINARIO DE NAVIDAD

El próximo sorteo de la Lotería Nacional, que se realizará por el sistema

tradicional, tendrá lugar el día 22 de diciembre, a las ocho treinta horas,

en el salón de sorteos, sito en la calle Guzmán el Bueno, 137, de esta

capital, y constará de 145 series de 66.000 billetes cada una, al precio

de 30.000 pesetas (180,30 euros) el billete, divididos en décimos de 3.000

pesetas (18,03 euros), distribuyéndose 1.386.000.000 de pesetas

(8.330.027,77 euros) en 10.419 premios para cada serie.

Los billetes irán numerados del 00000 al 65999.

Pesetas

Premios de cada serie

1 de 300.000.000 (1.803.036,31 euros) ............... 300.000.000

1 de 144.000.000 (865.457,43 euros) ................. 144.000.000

1 de 72.000.000 (432.728,72 euros) .................. 72.000.000

2 de 30.000.000 (180.303,63 euros) .................. 60.000.000

4 de 7.200.000 (43.272,87 euros) ...................... 28.800.000

1.531 de 150.000 (901,52 euros) ............................ 229.650.000

2 aproximaciones de 3.000.000 de pesetas

(18.030,36 euros) cada una, para los números

anterior y posterior al del que obtenga el premio

primero .................................................. 6.000.000

2 aproximaciones de 1.800.000 pesetas (10.818,22

euros) cada una, para los números anterior y

posterior al del que obtenga el premio segundo .. 3.600.000

2 aproximaciones de 1.440.000 pesetas (8.654,57

euros) cada una, para los números anterior y

posterior al del que obtenga el premio tercero .. 2.880.000

99 premios de 150.000 pesetas (901,52 euros) cada

uno, para los 99 números restantes de la centena

del premio primero .................................... 14.850.000

99 premios de 150.000 pesetas (901,52 euros) cada

uno, para los 99 números restantes de la centena

del premio segundo .................................... 14.850.000

99 premios de 150.000 pesetas (901,52 euros) cada

uno, para los 99 números restantes de la centena

del premio tercero ..................................... 14.850.000

659 premios de 150.000 pesetas (901,52 euros) cada

uno, para los billetes cuyas dos últimas cifras

sean iguales y estén igualmente dispuestas que

las del que obtenga el premio primero ............ 98.850.000

659 premios de 150.000 pesetas (901,52 euros) cada

uno, para los billetes cuyas dos últimas cifras

sean iguales y estén igualmente dispuestas que

las del que obtenga el premio segundo ............ 98.850.000

659 premios de 150.000 pesetas (901,52 euros) cada

uno, para los billetes cuyas dos últimas cifras

sean iguales y estén igualmente dispuestas que

las del que obtenga el premio tercero .................. 98.850.000

6.599 reintegros de 30.000 pesetas (180,30 euros) cada

uno, para los billetes cuya última cifra sea igual

a la del que obtenga el premio primero ........... 197.970.000

10.419 1.386.000.000

De los números que obtengan los premios primero, segundo y tercero

se derivarán las aproximaciones, centenas y terminaciones, como asimismo

del que obtenga el premio primero, el reintegro.

Con respecto a las aproximaciones señaladas para los números anterior

y posterior de los premios primero, segundo y tercero, se entenderá que

si saliese premiado en cualquiera de ellos el número 0, su anterior es

el 65999, y si éste fuese el agraciado, el número 0 será el siguiente.

Para la adjudicación de los premios de centenas de 150.000 pesetas

(901,52 euros), se entenderá que si cualquiera de los premios primero,

segundo o tercero correspondiera, por ejemplo, al número 25, se

considerarán agraciados los 99 números restantes de la misma, es decir, desde

el 0 al 24 y desde el 26 al 99.

Tendrán derecho al premio de 150.000 pesetas (901,52 euros) todos

los billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente

dispuestas que las de cualquiera de los que obtengan los premios primero,

segundo o tercero.

Tendrán derecho al reintegro de su precio todos los billetes cuya última

cifra sea igual a la del que obtenga el premio primero.

De los premios de centenas, terminaciones y reintegro ha de entenderse

que quedan exceptuados los números de los que respectivamente se

deriven, agraciados con los premios primero, segundo o tercero.

El sorteo se efectuará con las solemnidades prescritas en la Instrucción

del Ramo. En la misma forma se hará después un sorteo especial para

adjudicar la subvención a uno de los establecimientos benéficos de la

población donde se celebre el sorteo. Dicho sorteo especial quedará aplazado

si en el momento de la celebración del que se anuncia se desconocen

los establecimientos que puedan tener derecho a la mencionada

subvención.

Estos actos serán públicos y los concurrentes interesados en el sorteo

tendrán derecho, con la venia del Presidente, a hacer observaciones sobre

dudas que tengan con respecto a las operaciones del mismo.

Verificado el sorteo, se expondrá al público la lista de los números

que hayan obtenido premio, único documento por el que se efectuará el

pago de éstos.

Pago de premios

Los premios inferiores a 5.000.000 de pesetas (30.050,61 euros) por

billete podrán cobrarse en cualquier Administración de Loterías.

Los iguales o superiores a dicha cifra se cobrarán, necesariamente,

a través de las oficinas bancarias autorizadas, directamente por el

interesado o a través de Bancos o Cajas de Ahorro, y en presencia del

Administrador expendedor del billete premiado.

Los premios serán hechos efectivos en cuanto sea conocido el resultado

del sorteo a que correspondan y sin más demora que la precisa para

practicar la correspondiente liquidación y la que exija la provisión de fondos

cuando no alcancen los que en la Administración pagadora existan

disponibles.

Madrid, 11 de diciembre de 1999.-El Director general, Luis Perezagua

Clamagirand.

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