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Documento BOE-A-1999-24572

Orden de 17 de diciembre de 1999 por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de la III serie de monedas conmemorativas de la Casa de Borbón.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 1999, páginas 45521 a 45522 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-24572
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/12/17/(4)

TEXTO ORIGINAL

Las Órdenes de 16 de julio de 1997 y 20 de noviembre de 1998 acordaron, respectivamente, la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas conmemorativas de la Casa de Borbón. En dichas monedas conmemorativas se reproducían distintos motivos y leyendas que guardan relación con diversos reyes borbones: Felipe V, Luis I, Fernando VI, Carlos III, Carlos IV, Fernando VII y Juan Carlos I.

Dada la gran difusión cultural y artística que la acuñación de estas monedas conmemorativas ha supuesto, se va a proceder a la emisión y acuñación de una nueva serie de monedas conmemorativas de la Casa de Borbón, estando dedicada su temática a otros reyes borbones integrantes de dicha dinastía.

La Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artículo 81, autoriza con carácter general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a acuñar y a comercializar monedas conmemorativas y especiales de todo tipo. En la misma disposición se establece que la acuñación y venta de monedas será acordada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, que fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales, el límite máximo, las fechas iniciales de emisión, así como los precios de venta al público.

En su virtud dispongo:

Primero. Acuerdo de emisión.

Se acuerda para el año 1999, la emisión, acuñación y puesta en circulación de la 3.a serie de monedas conmemorativas de la Casa de Borbón.

Segundo. Características de las piezas.

Las piezas a acuñar tendrán las siguientes características:

Moneda de 2.000 pesetas de valor facial (8 reales A, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o en menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 40 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el campo central del anverso figura el retrato de la reina Isabel II, según el pintor Federico de Madrazo, y a la derecha la leyenda ISABEL II (en letras mayúsculas) ; rodeándolo de izquierda a derecha, la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA (en letras mayúsculas), y a continuación, en la parte inferior, entre dos flores de lis, el año de acuñación, 1999, y en medio de éste, la marca de Ceca ; a su vez, circundando toda la leyenda, aparece una gráfila de perlas.

En el reverso aparece, en la parte central, una reproducción del primer sello de correos que circuló en España, aún sin dentar, con el retrato de la soberana, cuyo autor fue el grabador Bartolomé Corominas, sobre las líneas de un cuadrado, con los vértices en sentido vertical, que representa el trepado de los sellos actuales ; rodeándolo de izquierda a derecha figura la leyenda III CENTENARIO DE LA CASA DE BORBÓN (en letras mayúsculas) ; a continuación, en la zona inferior, la cifra de valor 2000 (sin punto) y la abreviatura de pesetas entre dos puntos ; rodeando toda la leyenda, figura una gráfila de perlas.

Moneda de 2.000 pesetas de valor facial (8 reales B, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o en menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 40 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso aparece en la zona central un detalle del retrato del rey Alfonso XII, realizado por el pintor Ricardo Navarrete, según el cuadro que se conserva en el Museo Casa de la Moneda de Madrid ; a la derecha, de forma descendente, figura la leyenda ALFONSO XII (en letras mayúsculas) ; rodeando la imagen del rey, de izquierda a derecha, la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA (en letras mayúsculas) ; a continuación, en la parte inferior, entre dos flores de lis, el año de acuñación, 1999, y en medio de éste, la marca de Ceca. Circundando la leyenda, aparece una gráfila de perlas.

En el reverso figura, en la zona central, la locomotora del tren real, llegando al apeadero de la Casa de Campo, en 1879 ; debajo aparece la leyenda TREN REAL 1879 (en letras mayúsculas) ; rodeándola de izquierda a derecha, aparece la leyenda III CENTENARIO DE LA CASA DE BORBÓN (en letras mayúsculas) ; a continuación en la parte inferior la cifra de valor 2000 (sin punto) y la abreviatura de pesetas entre dos puntos. Rodeando toda la leyenda figura una gráfila de perlas.

Moneda de 2.000 pesetas de valor facial (8 reales C, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o en menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 40 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el campo central del anverso aparece la imagen del rey Alfonso XIII, inspirada en un retrato que conserva Patrimonio Nacional ; rodeándolo de izquierda a derecha, la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA (en letras mayúsculas), y a continuación, en la parte inferior, entre dos flores de lis, el año de acuñación de la moneda, 1999, y en medio de éste, la marca de Ceca. Circundando toda la leyenda aparece una gráfila de perlas.

En el reverso, en la zona central, aparece una vista del Palacio Nacional de Montjuïc, y la fuente de Carles Buigas, símbolos ambos de la Exposición Internacional de Barcelona, celebrada en 1929 ; en la parte superior, a la izquierda de la cúpula central de la leyenda PALACIO (en letras mayúsculas), y en la parte derecha, en dos líneas DE MONTJU(en letras mayúsculas) ; rodeándola de izquierda a derecha la leyenda III CENTENARIO DE LA CASA DE BORBÓN (en letras mayúsculas) ; a continuación, en la zona inferior, la cifra de valor 2000 (sin punto) y la abreviatura de pesetas entre dos puntos. Circundando toda la leyenda figura una gráfila de perlas.

Moneda de 80.000 pesetas de valor facial (8 escudos, oro de 999 milésimas):

Tolerancia en ley: Mínima de 999 milésimas.

Peso: 27 gramos, con una tolerancia en más o en menos de 0,27 gramos.

Diámetro: 38 milímetros.

Forma: Circular con canto estriado.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso, en el centro del campo de la pieza, se reproduce una moneda de oro de cien pesetas del año 1897, con la efigie del Rey Alfonso XIII, niño, según grabado de Bartolomé Maura ; rodeándola de izquierda a derecha aparece la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA (en letras mayúsculas) ; en la zona inferior, entre dos flores de lis, el año de acuñación de la moneda, 1999, y en medio de éste, la marca de Ceca. Circundando toda la leyenda, aparece una gráfila de perlas.

En el reverso, en el centro del campo de la pieza, se reproduce a su vez el reverso de la moneda de oro de cien pesetas, del año 1897, con el escudo de armas de Alfonso XIII y el Toisón de oro ; rodeando la reproducción, de izquierda a derecha, la leyenda III CENTENARIO DE LA CASA DE BORBÓN (en letras mayúsculas) ; en la parte inferior, la cifra de valor 80000 (sin punto) y la abreviatura de pesetas entre dos puntos ; a su vez circundando toda la leyenda figura una gráfila de perlas.

Moneda de 10.000 pesetas de valor facial (cincuentín, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre):

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas.

Peso: 168,75 gramos, con una tolerancia en más o en menos de 1 gramo.

Diámetro: 73 milímetros.

Forma: Circular con canto liso.

Calidad: Proof.

Motivos:

En el anverso figuran, en la zona central de la pieza, los retratos de los miembros de la familia real: En la parte superior SS. MM. Don Juan Carlos y Doña Sofía ; en la izquierda, los Duques de Lugo, Doña Elena y Don Jaime de Marichalar, y sobre éstos la cifra 19 ; en la parte derecha los Duques de Palma de Mallorca, Doña Cristina y Don Iñaqui Urdangarín, y sobre éstos la cifra 99. En la parte inferior, S. A. R. Don Felipe de Borbón, y a la derecha de éste la marca de Ceca ; rodeándolo, una orla de perlas, y circundándola de izquierda a derecha, la leyenda JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA (en letras mayúsculas). Separando dicha leyenda aparece una corona real en la zona superior central ; en la parte inferior central figuran, entre una cadena de eslabones del Toisón, y en imagen latente, la cifra 99 y la M coronada ; a su vez, y rodeando todo el conjunto, figura una segunda orla de perlas.

En el reverso figura, en la parte central, el escudo de España, enmarcado en un círculo alrededor del cual aparece la leyenda III CENTENARIO DE LA CASA DE BORBÓN (en letras mayúsculas), la cifra de valor 10000 (sin punto) y la abreviatura de pesetas entre dos puntos ; a su vez, esta leyenda va enmarcada en una moldura ; rodeando todo el tema central, figuran las efigies de los monarcas españoles de la dinastía Borbón, de arriba a abajo y colocados en el campo de la moneda en el siguiente orden: Isabel II, Alfonso XII, Alfonso XIII, Felipe V, Luis I, Fernando VI, Carlos III, Carlos IV y Fernando VII, enmarcados los bustos de los Reyes con flores de lis y filigranas de líneas. Debajo de cada uno de los monarcas figura su nombre en mayúsculas.

Tercero. Número de piezas.

El número máximo de piezas a acuñar para cada una de estas monedas será el siguiente:

Denominación unitaria

Facial

Número de piezas

Moneda de 8 reales A.

2.000

25.000

Moneda de 8 reales B.

2.000

25.000

Moneda de 8 reales C.

2.000

25.000

Moneda de 8 escudos.

80.000

2.500

Cincuentín.

10.000

8.000

Cuarto. Fecha inicial de emisión.

La fecha inicial de emisión será el último trimestre de 1999.

Quinto. Acuñación y puesta en circulación.

Las referidas monedas se acuñarán por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que las entregará al Banco de España.

Dada la naturaleza de estas piezas, que se comercializarán como a continuación se indica, se entregarán de nuevo por el Banco de España a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, contra pago de su valor facial, que será abonado al Tesoro.

Sexto. Proceso de comercialización.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procederá a la comercialización de estas monedas, tanto en colecciones como aisladamente, por sí o a través de entidad o entidades contratadas al efecto, que se comprometerán a expenderlas al público con regularidad, así como a su exportación.

Séptimo. Precios de venta al público.

Los precios de venta al público de esta emisión, excluido el IVA, son los siguientes:

Denominación unitaria

Facial

Precio de venta al público

(IVA excluido)

Moneda de 8 reales A.

2.000

5.000

Moneda de 8 reales B.

2.000

5.000

Moneda de 8 reales C.

2.000

5.000

Moneda de 8 escudos.

80.000

114.000

Cincuentín.

10.000

18.000

Estas piezas podrán venderse individualmente o formando colecciones, en cuyo caso el precio será la suma de los precios individuales de las piezas que las formen.

Los precios de venta al público establecidos en el punto anterior podrán ser modificados por Orden del Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, como consecuencia de las oscilaciones que se produzcan en las cotizaciones de los metales preciosos utilizados en su fabricación.

Octavo. Medidas para la aplicación de la Orden.

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera acordará las medidas que resulten precisas para la aplicación de esta Orden, actuando como órgano de consulta una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de la citada Dirección General, del Banco de España y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

Noveno. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de diciembre de 1999.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España e Ilmos. Sres. Director del Tesoro y Política Financiera y Presidente Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/12/1999
  • Fecha de publicación: 28/12/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 29/12/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
  • EN RELACIÓN con la Orden de 16 de julio de 1997 (Ref. BOE-A-1997-16470).
Materias
  • Monedas conmemorativas

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