Visto el expediente de indulto de doña Nasiha Ahmed Mohamed, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por la Audiencia
Provincial de Málaga, Sección Primera que, en sentencia de fecha 29 de
noviembre de 1995 la condenó como autora de un delito de parricidio,
a la pena de veinte años y un día de reclusión mayor, con la accesorias
de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de diciembre
de 1999,
Vengo en conmutar a doña Nasiha Ahmed Mohamed la pena privativa
de libertad impuesta por otra de quince años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 10 de diciembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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