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Documento BOE-A-1999-24995

Orden de 29 de diciembre de 1999 por la que se autoriza la prórroga del uso del inmueble denominado "Teatro Real", de Madrid, a la "Fundación del Teatro Lírico".

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1999, páginas 46566 a 46566 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-24995

TEXTO ORIGINAL

El Estado es propietario del inmueble denominado "Teatro Real", de

Madrid, bien de dominio público afectado al Ministerio de Educación y

Cultura, que está calificado como bien de interés cultural conforme a lo

dispuesto por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico

Español.

La "Fundación del Teatro Lírico", constituida por el Ministerio de

Cultura (hoy Educación y Cultura) y la Comunidad Autónoma de Madrid,

es una fundación cultural privada, reconocida y clasificada como tal por

Orden de 8 de febrero de 1996, que tiene como fines producir, programar

y gestionar actividades líricas, musicales, coreográficas y otras de índole

cultural.

Por Orden de 1 de abril de 1997, el Ministerio de Educación y Cultura

autorizó el uso del inmueble "Teatro Real" a la "Fundación del Teatro

Lírico", de acuerdo con el pliego de condiciones que figuraba como anexo.

Asimismo, mediante Orden de 5 de mayo de 1999, la citada autorización

de uso fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 1999, modificándose

el apartado relativo al destino del inmueble del pliego de condiciones

para obtener una mayor concreción en el texto y facilitar su cumplimiento.

Próximo a cumplirse el plazo de autorización concedido en la Orden

de 5 de mayo de 1999 y solicitada en tiempo una nueva prórroga de uso

por la fundación, se concede la misma por un nuevo período de seis meses.

Igualmente, se ha considerado oportuno aclarar en la presente Orden

la situación de futuro para los servicios de restauración o tienda de regalos,

en el sentido de permitir la continuidad de sus actividades sin necesidad

de obtener una nueva autorización hasta que sea resuelta una nueva

adjudicación por medio del correspondiente concurso que a esos efectos se

convoque.

Por todo lo expuesto, dispongo:

Primero.-Se autoriza la prórroga de la autorización del uso del

inmueble del "Teatro Real", de Madrid, a la "Fundación del Teatro Lírico", hasta

el 30 de junio del año 2000.

Segundo.-Los titulares de los servicios de restauración, cafetería o

tienda de regalos, que ocupan las dependencias del inmueble del "Teatro

Real", de forma no esporádica u ocasional, con instalaciones fijas para

fines distintos de los propios del Teatro, no necesitarán solicitar y obtener

una nueva autorización para este período de tiempo prorrogado en la

cesión de uso, continuando en el uso de las instalaciones hasta la resolución

de la convocatoria de los correspondientes concursos que a tal efecto se

celebren.

No obstante, los nuevos adjudicatarios que resulten para los servicios

citados deberán solicitar y obtener, en el plazo de un mes desde la

adjudicación y, en todo caso, antes del inicio de sus actividades, la

correspondiente autorización del Ministerio de Educación y Cultura.

Tercero.-Se mantiene la vigencia de las Órdenes de 1 de abril de 1997

y 5 de mayo de 1999 en todo aquello que no se oponga a la presente

Orden.

Cuarto.-La presente Orden producirá efectos desde su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 29 de diciembre de 1999.

RAJOY BREY

Ilma. Sra. Subsecretaria del Ministerio de Educación y Cultura.

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