En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 2536/1985,
de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero
de 1986), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
Politécnica de Madrid, y se dispone la publicación completa de
los mismos, y con el fin de atender a las necesidades del personal
de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 3.2.e) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25
de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado"
de 1 de septiembre), así como de los Estatutos de esta Universidad,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala
de Gestión Universitaria de la Universidad Politécnica de Madrid,
con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas
pertenencientes a la Escala de Gestión Universitaria de esta
Universidad, grupo B, por el sistema de acceso libre.
Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados
se incorporarán a las del sistema general de acceso libre.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de
abril ("Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" del 24); el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado; los Estatutos de la Universidad Politécnica de
Madrid, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección será el de oposición, con
los ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, a petición
de los interesados de entre los puestos ofertados.
1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
de la primera quincena del mes de marzo de 1999.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español u ostentar la condición de nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
2.1.3 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de
tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la
fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se
considera equivalente al título de Diplomado Universitario, el
haber superado tres cursos completos de una misma licenciatura,
ingeniería o arquitectura, de conformidad con lo establecido en
la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad
de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3),
en la Dirección General de la Función Pública (calle María de
Molina, 50, Madrid), en el Centro de Información Administrativa
de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública
(calle María de Molina, 50, Madrid), y en los Rectorados de todas
las Universidades públicas del Estado, así como en el Registro
General de la Universidad Politécnica de Madrid (Rectorado,
avenida Ramiro de Maeztu, 7, Madrid), o a través de la dirección
de Internet http://www.upm.es.
A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del
documento nacional de identidad o documentación acreditativa
correspondiente (2.1.1).
3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1 "Ejemplar para el
órgano convocante" del modelo de solicitud) se presentarán en el
Registro General del Rectorado de la Universidad, avenida Ramiro de
Maeztu, número 7, o en los lugares establecidos en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado" y se dirigirán al excelentísimo señor Rector
magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas corrspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo correspondiente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
original de haber satisfecho los derechos de examen.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los
lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha
en que tengan entrada en el Regitro General de la Universidad
Politécnica de Madrid.
3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de la solicitud:
En el espacio destinado a "Cuerpo o Escala", los aspirantes
harán constar "Gestión Universitaria" y en el destino para "forma
de acceso" se consignará letra "P", acceso libre.
3.4 En el recuadro relativo a "Datos a consignar según las
bases de la convocatoria", apartado A), deberá consignarse el
idioma, francés y/o inglés, que los aspirantes eligen para el cuarto
ejercicio, optativo y de mérito.
3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se
ingresarán en la cuenta número 0085-0621-18-0000012155 de
la entidad Banco de Santander, sucursal 621, calle Cea Bermúdez,
número 25, bajo el nombre "Universidad Politécnica de Madrid,
pruebas selectivas", indicando "Escala de Gestión Universitaria".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria
a través de la cual se realiza la transferencia a la cuenta indicada,
acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará
la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago
en la mencionada entidad supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, ante el órgano
expresado en la base 3.2.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrecionalmente apreciada por el Rector.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad Politécnica de Madrid dictará Resolución en
el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado" y en la que además de declarar aprobada la lista de
admitidos y excluidos se indicará el lugar y la fecha de comienzo
del primer ejercicio, la relación de los aspirantes excluidos,
aclarando las causas de exclusión, así como los centros donde estarán
expuestas las listas certificadas completas de admitidos y
excluidos. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo
improrrogable de diez días, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones
de admitidos.
Contra la exclusión sólo podrá interponerse recurso ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de
la revisión de oficio, de acuerdo con los artículos 8.1.a) y 10.1.j)
de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín Oficial del Estado"
del 14).
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas, mediante transferencia
bancaria a la cuenta corriente que designen y que debe indicarse
por el aspirante en su solicitud.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el anexo III de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la
Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", resolución por la que se nombran a los nuevos miembros
del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 o
por otras causas.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión,
el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Asimismo, el Tribunal
podrá señalar los criterios de valoración de la fase de oposición,
que deberán ser publicados en los lugares indicados en la base 6.4
de esta convocatoria.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario titular
o suplente o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad,
al menos, de sus miembros.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, así
como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, así como
de otro personal colaborador para tareas internas de organización
y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse
al Rectorado de la Universidad Politécnica.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de la oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia, de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes previa
aprobación por la Secretaría de Estado parar la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Politécnica
de Madrid (avenida Ramiro de Maeztu, número 7, 28040 Madrid,
teléfono 91 336 60 00).
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra J, de conformidad con lo
establecido en la Resolución de la Dirección General de la Función
Pública, de 15 de junio de 1998 ("Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid" del día 19), por la que se publica el resultado del
sorteo para la determinación del orden de actuación de los
aspirantes en todos los procesos selectivos de acceso que se convocan
en ejecución de la oferta de empleo público de la Comunidad
de Madrid para 1998.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
6.4 Concluido el primer ejercicio, los aspirantes podrán
llevarse los cuestionarios del examen y el Tribunal procederá a
publicar en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, los referidos
cuestionarios y la plantilla de respuestas, en su caso, en un plazo
máximo de cuarenta y ocho horas a contar desde la fecha de
realización del mismo.
6.5 La publicación de celebración del segundo y restantes
ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se
haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal
señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro
horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación
del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será
publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada
sede del Tribunal, y por cualquier otro medio, si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud
de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
público, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportuno, la relación de aspirantes y aprobados,
por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su
documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Rector de la Universidad, especificando,
igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de
Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de Madrid los
siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada o testimonio notarial del título
exigido en la base 2.1.3 de la presente convocatoria, o, en su defecto,
certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del título o certificación de haber
superado tres cursos completos de una misma licenciatura
universitaria, ingeniería o arquitectura.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
C) Certificado médico oficialmente exigible para el acceso a
la función pública, de no padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica que sea incompatible con el
desempeño de las correspondientes funciones.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado y, salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación o del examen se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1
no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran
incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las
pruebas.
8.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse por orden de puntuación ante el Rectorado
de la Universidad, previa oferta de los mismos, de acuerdo con
lo establecido en el punto 1.5 de esta convocatoria.
8.4 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal
calificador se procederá al nombramiento de funcionarios de la
Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Politécnica de
Madrid, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", con indicación del destino adjudicado.
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de
fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes
aprobados y del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas
selectivas enviado a la Universidad convocante.
8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha
de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del
Estado".
9. Bolsa de trabajo
9.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de la
Escala de Gestión Universitaria, se formará lista de espera con
los aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios
de la oposición no superen el proceso selectivo quedando
ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados.
En caso de igualdad de puntuación se estará a la prelación
dispuesta en la base 2.4 del anexo I.
9.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista de
espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en su
totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma
y presentada con la solicitud de participación en las presentes
pruebas selectivas. De no quedar acreditada su voluntad, decaerá
el derecho a integrar la citada lista.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado" del 14).
A tal efecto, contra las decisiones del Tribunal podrá
interponerse, por persona legitimada, recurso ordinario en el plazo
de un mes a partir de la notificación o publicación ante el
excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad Politécnica
de Madrid. Contra las resoluciones de éste podrá interponerse,
por persona legitimada, recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante la Sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid.
De no producirse contestación a los recursos administrativos
se entenderán denegados por silencio administrativo negativo.
Asimismo, la Administracion podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 2 de febrero de 1999.-El Rector, Saturnino de la Plaza
Pérez.
Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid.
ANEXO I
Ejercicios y valoración
1. Ejercicios
La oposición estará formada por tres ejercicios de carácter
eliminatorio y un cuarto ejercicio optativo y de mérito.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
cien preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una
de ellas la correcta, en relación con el contenido del programa
que figura en el anexo II de esta convocatoria.
Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25 por 100
de una correcta.
El citado cuestionario será el resultado de un sorteo público
al comienzo del ejercicio, de entre dos propuestos por el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Estará orientado a apreciar la capacidad
de los aspirantes para llevar a cabo las funciones relacionadas
con los contenidos del programa: Derecho Administrativo,
Administración de Recursos Humanos, Gestión Económica Financiera
y Gestión Universitaria. Consistirá en la resolución de tres
supuestos de carácter práctico, elegidos por el candidato de entre cuatro
propuestos por el Tribunal, uno por cada una de las partes del
programa.
Cada supuesto práctico constará de quince preguntas. Cada
una de las preguntas tendrá cuatro respuestas alternativas, siendo
sólo una de ellas la correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
Tercer ejercicio: Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres
horas, deberán desarrollar, por escrito, tres epígrafes de entre
cinco propuestos, según el procedimiento que se indica en el
siguiente párrafo.
En el mismo acto del ejercicio se procederá a elegir, mediante
sorteo, cinco temas, uno de cada uno de los siguientes grupos
de materias del programa: Organización del Estado y de la
Administración Pública, Derecho Administrativo, Gestión de personal,
Gestión Financiera y Gestión Universitaria. De cada uno de los
temas resultantes, el Tribunal propondrá un epígrafe relacionado
con el tema en cuestión, sin que tengan que coincidir literalmente
con los contenidos en el programa.
Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión
pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación
y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.
Cuarto ejercicio: Optativo y de mérito. Consistirá en una
traducción directa, sin diccionario, de un texto presentado por el
Tribunal.
Los idiomas sobre los que versará dicha traducción serán
francés y/o inglés, a elección del aspirante.
Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo
máximo de sesenta minutos para cada idioma.
2. Calificación de los ejercicios
2.1 Fase de oposición:
Primer ejercicio: Se calificará de0a10puntos, siendo
necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.
Corresponde al Tribunal calificador la fijación del número
necesario de preguntas válidamente contestadas para alcanzar la
calificación mínima de cinco puntos. Todo ello a la vista de la dificultad
de los cuestionarios propuestos y del grado de conocimiento
alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigido para el acceso
a esta Escala.
Segundo ejercicio: Se calificará de0a15puntos. Para
superarlo será necesario obtener, como mínimo, 7,5 puntos y no haber
sido calificado con menos de dos puntos en ninguno de los tres
supuestos de carácter práctico.
Tercer ejercicio: Se calificará de0a5puntos cada uno de
los epígrafes, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo
total de 7,5 puntos, y no haber obtenido 0 puntos en ninguno
de los epígrafes.
Cuarto ejercicio: Se calificará de0a3puntos en cada uno
de los idiomas, y dicha calificación no servirá en ningún caso
para la superación de la oposición.
2.2 El Tribunal queda facultado para la determinación del
nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones,
de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para
cada ejercicio.
Todo ello a la vista de la dificultad de los ejercicios propuestos
y del grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel
necesariamente exigido para el acceso a la Escala.
2.3 La calificación final del proceso selectivo vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
de la oposición, no pudiendo resultar aprobados un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total se dará prioridad
al aspirante con:
A) Mayor puntuación en el primer ejercicio.
B) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
C) Mayor puntuación en el tercer ejercicio.
ANEXO II
Programa
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma
de la Constitución.
Tema 2. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones
del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 4. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre
el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y
responsabilidad del Gobierno.
Tema 5. El Poder Judicial. El principio de unidad
jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal
Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.
Tema 6. La Administración Central del Estado. El Consejo
de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios generales y
Directores generales. Órganos centrales y órganos territoriales.
Tema 7. Organismos públicos: Los organismos autónomos
y entidades públicas empresariales. Órganos colegiados.
Tema 8. El Estado y las Comunidades Autónomas.
Distribución de competencias. La coordinación entre las diferentes
Administraciones Públicas.
Tema 9. Organización territorial del Estado. Las
Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía. El sistema institucional
de las Comunidades Autónomas.
Tema 10. Organización territorial del Estado. La
Administración local: La provincia y el municipio. Otras entidades de la
Administración Local.
Tema 11. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de
Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad
de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función
ejecutiva. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y
potestades.
Tema 12. Nacimientos y objetivos de las Comunidades
Europeas. Tratados originarios y modificativos.
Tema 13. Las instituciones de la Unión Europea. Consejo.
Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras instituciones.
Tema 14. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones
entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los
Estados miembros. Adecuación del ordenamiento español al
Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas
en la aplicación del Derecho Comunitario.
II. Derecho Administrativo
Tema 1. La Administración Pública Española: Los principios
constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación. Sometimiento a la Ley y al derecho.
Tema 2. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto,
clases y jerarquía. La Ley. Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias.
Disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de Ley. El principio
de legalidad.
Tema 3. El Reglamento, concepto, clases y límites. La
costumbre. Los principios generales del derecho. Los tratados
internacionales. El Derecho Comunitario Europeo.
Tema 4. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
Requisitos, eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 5. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad.
Anulabilidad.
Tema 6. Los contratos administrativos. Concepto y clases.
Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios
y otras alteraciones contractuales. Incumplimientos del contrato
administrativo.
Tema 7. Tipos de contrato. Contrato de obra. Contrato de
suministro. Contrato de concesión de servicios públicos. Contratos
de consultoría y asistencia técnica. Contratos de servicios y
trabajos específicos no habituales de la Administración.
Tema 8. Procedimiento y formas de la actividad
administrativa: Concepto y clases. Especial referencia a las modalidades de
gestión de los servicios públicos.
Tema 9. El procedimiento administrativo (1). Concepto,
naturaleza y clases. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los órganos
administrativos. Los interesados en el procedimiento
administrativo. El tiempo en el procedimiento administrativo.
Tema 10. El procedimiento administrativo (2). Sus fases.
Iniciación. Ordenación: Tramitación, comunicación y notificación.
Instrucción: Informes, propuestas de resolución, audiencia al
interesado. Terminación: Modos. El silencio administrativo.
Tema 11. El procedimiento administrativo (3). La revisión de
los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos
administrativos: Principios generales y clases.
Tema 12. El procedimiento administrativo (4). Los
procedimientos especiales. Procedimiento de elaboración de
disposiciones generales. Procedimiento sancionador. La responsabilidad de
las Administraciones Públicas. Procedimientos de responsabilidad
patrimonial. Procedimiento Económico-Administrativo.
Tema 13. El recurso contencioso-administrativo. Significado,
características. Las partes: Capacidad, legitimación y postulación.
Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia. Especial
referencia a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tema 14. La Administración Pública y la justicia ordinaria.
Las reclamaciones administrativas previas a la vía judicial civil
y a la vía laboral.
III. Administración de Recursos Humanos
Tema 1. La función pública en el Estado Español: Principios
constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto. Órganos
superiores de la Función Pública. Registro de Personal. La Ley 1/1986,
de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Tema 2. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. Provisión de puestos de trabajo. La carrera
administrativa. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionario.
Tema 3. Ingreso en Cuerpos o Escalas de Funcionarios:
Normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.
Convocatorias y procedimiento selectivo.
Tema 4. Derechos y deberes de los funcionarios.
Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones.
Tema 5. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de
cada una de ellas.
Tema 6. El sistema de retribuciones de los funcionarios.
Retribuciones básicas y complementarias. Retribuciones de
funcionarios en prácticas. Retribuciones de funcionarios destinados en el
extranjero. Indemnizaciones por razón del servicio.
Tema 7. El régimen especial de la Seguridad Social de los
funcionarios. La MUFACE. Concepto y clases de prestaciones. El
sistema de Derechos Pasivos.
Tema 8. La representación de los funcionarios públicos. Las
Juntas de Personal. La negociación colectiva. El derecho de
reunión. El derecho de huelga.
Tema 9. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. Su régimen jurídico. Modalidades de
contratación. Especial consideración del Convenio Colectivo vigente para
el personal laboral de la Universidad.
Tema 10. La sindicación del personal laboral en el ámbito
de la Administración Pública. Comités de Empresa y Delegado
de personal.
Tema 11. El régimen general de la Seguridad Social. Ámbito
de aplicación. Afiliación y cotización. Acción protectora.
Incapacidad temporal. Invalidez.
Tema 12. Prevención de riesgos laborales. Objetivos de la
política de prevención de riesgos laborales. Funciones y
competencias de la Administración: Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, Inspección de Trabajo y Seguridad social
y Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Tema 13. Obligaciones de los empresarios y responsabilidad
jurídica derivada del cumplimiento de las normas de prevención.
Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de
riesgos.
Tema 14. Organización de recursos para las actividades
preventivas: Servicios de prevención propios. Servicios de prevención
ajenos. Servicios de prevención mancomunados. Clasificación de
las funciones preventivas y capacidades y aptitudes para
desarrollarlas.
IV. Gestión Económico-Financiera
Tema 1. El Presupuesto: Concepto. Principios
presupuestarios. Ciclo presupuestario. El presupuesto de la Comunidad de
Madrid.
Tema 2. Universidad Politécnica de Madrid: Régimen
económico y financiero. El patrimonio. Los recursos financieros. La
gestión universitaria y el control interno. Especial referencia a las
tasas y precios públicos por la prestación de servicios académicos
universitarios.
Tema 3. Universidad Politécnica de Madrid: El presupuesto
de la Universidad Politécnica de Madrid. Modificaciones de los
créditos iniciales, transferencias de crédito. Créditos
extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito.
Incorporaciones de crédito. Generaciones de crédito. Desglose de
aplicaciones presupuestarias.
Tema 4. Contabilidad pública: Preventiva, ejecutiva y crítica.
El control del gasto público. Especial referencia al control de
legalidad. El Tribunal de Cuentas.
Tema 5. Liquidación y cierre del ejercicio de la Universidad
Politécnica de Madrid. Rendición de la cuenta. La Auditoría interna
en la Universidad Politécnica de Madrid. Fiscalización por el
Tribunal de Cuentas.
Tema 6. Universidad Politécnica de Madrid: Ordenación del
gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases de
procedimiento. Contraído. Intervenido. Ingreso en formalización.
Documentos contables que intervienen en la ejecución de los
gastos y de los pagos.
Tema 7. Universidad Politécnica de Madrid: Gastos para la
compra de bienes y servicios. Gasto de transferencias. Corrientes
y de capital. Gastos de inversión.
Tema 8. Universidad Politécnica de Madrid. Pagos: Concepto
y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pago por
ejercicio cerrado. Anticipos de caja fija. Pagos "a justificar".
Justificación de libramientos.
V. Gestión Universitaria
Tema 1. La autonomía universitaria. Principios inspiradores
y su extensión en la Ley de Reforma Universitaria. Creación,
régimen jurídico y estructura de las Universidades.
Tema 2. El gobierno de las Universidades. El Consejo de
Universidades. Competencias educativas y órganos gestores de la
Comunidad Autónoma de Madrid.
Tema 3. Los órganos colegiados de gobierno de la
Universidad Politécnica de Madrid. El Consejo Social. El Claustro
Universitario. La Junta de Gobierno.
Tema 4. Los órganos unipersonales de gobierno de la
Universidad Politécnica de Madrid. El Rector, los Vicerrectores. El
Secretario General. El Gerente.
Tema 5. Naturaleza, fines y estructura general de la
Universidad Politécnica de Madrid. Los Departamentos universitarios:
Constitución, competencias y órganos de gobierno. Las
Facultades, Escuelas Técnicas y Escuelas Universitarias: Creación,
funciones y órganos de gobierno.
Tema 6. Clases y régimen jurídico del profesorado
universitario. Los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos
Docentes Universitarios. Especial referencia al artículo 11 de la
Ley de Reforma Universitaria.
Tema 7. El régimen retributivo del profesorado universitario.
Tema 8. El acceso y permanencia en la Universidad. Los
procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.
Tema 9. La regulación de los estudios de tercer ciclo.
Doctorado.
Tema 10. Organización administrativa. Clases y régimen
jurídico del personal de Administración y Servicios.
Tema 11. La Administración universitaria y los servicios.
Servicios universitarios. Los servicios de asistencia a la comunidad
universitaria.
Tema 12. El Alumnado universitario. Planes de Estudio:
Acceso, permanencia, convalidación.
ANEXO III
Tribunal
Titulares:
Presidente: Don Fernando Lanzaco Bonilla, Gerente de la
Universidad Politécnica de Madrid.
Vocales:
Primero: Don José Luis Maté Hernández, Vicerrector de la
Universidad Politécnica de Madrid.
Segundo: Don Edelmiro Rúa Álvarez, perteneciente al Cuerpo
de Catedráticos de la Universidad.
Tercera: Doña Montserrat Botaya Sindreu, Vicegerente de la
Universidad Politécnica de Madrid.
Cuarto: Don José Luis Enríquez Escudero, perteneciente al
Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria.
Quinto: Don Félix Mayoral González, como representante del
personal de Administración y Servicios de la Universidad
Politécnica de Madrid.
Sexta: Doña María José Bustos Garrido, como representante
del personal de Administración y Servicios de la Universidad
Politécnica de Madrid.
Séptima: Doña Araceli García Sánchez, perteneciente a la
Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid,
que actuará como Secretaria.
Suplentes:
Presidente: Don Adolfo de Francisco García, Vicerrector de la
Universidad Politécnica de Madrid.
Vocales:
Primero: Don Juan Manuel del Valle Pascual, perteneciente
a la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica
de Madrid.
Segundo: Don Jseús Pérez Sanz, perteneciente al Cuerpo de
Catedráticos de Escuela Universitaria.
Tercera: Doña Matilde Navarro Dongil, perteneciente a la
Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.
Cuarta: Doña Elena Martínez García-Consuegra, perteneciente
al cuerpo de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica
de Madrid.
Quinto: Don José Antonio Jiménez Díaz, como representante
del personal de Administración y Servicios de la Universidad
Politécnica de Madrid.
Sexto: Don Juan Manuel Gómez Fernández, como
representante del personal de Administración y Servicios de la Universidad
Politécnica de Madrid.
Séptimo: Don Jenaro Martínez Blanco, perteneciente al Cuerpo
de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid, que actuará
como Secretario.
ANEXO IV
Don ........................................................,
con domicilio en...............................................
y con documento nacional de identidad número.................
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala........................., que no hasido
separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas
y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
En ......................, a ..... de ........... de1999.
ANEXO V
Solicitud de inclusión en la Bolsa de Trabajo para contratación
como funcionario interino, en caso de no superar el proceso
selectivo
Apellidos y nombre..........................................
DNI ............;domicilio (calle/plaza)........................
Localidad...........Provincia...........Código Postal.....
De conformidad con lo dispuesto en la base 9 de la convocatoria
para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad
Politécnica de Madrid, realizada por Resolución........("Boletín
Oficial del Estado".........................),solicita ser incluido
en la bolsa de trabajo para la contratación como funcionario
interino.
En ......................, a ..... de ........... de1999.
Firmado
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid