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Documento BOE-A-1999-4515

Resolución de 10 de febrero de 1999, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Oficina de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Gobierno, el Comisionado para Universidades e Investigación de la Generalidad de Cataluña, la Universidad de Barcelona y la Universidad Politécnica de Cataluña para la construcción del Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 1999, páginas 7572 a 7573 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-4515

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de diciembre de 1998, se suscribió un Convenio de colaboración entre la Oficina de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Gobierno, el Comisionado para Universidades e Investigación, la Universidad de Barcelona y la Universidad Politécnica de Catalunya, para la construcción del Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de dicho Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 10 de febrero de 1999.–El Subsecretario, Juan Junquera González.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Oficina de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Gobierno, el Comisionado para Universidades e Investigación, la Universidad de Barcelona y la Universidad Politécnica de Catalunya, para la construcción del Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes

En Madrid, a 28 de diciembre de 1998.

REUNIDOS

El Director de la Oficina de Ciencia y Tecnología del Ministerio de la Presidencia, ilustrísimo señor don Fernando Aldana Mayor, actuando por delegación del Ministro de la Presidencia, mediante Orden de 23 de diciembre de 1998.

El Comisionado para Universidades e Investigación del Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Catalunya, señor Joan Albaigés Riera, actuando en su representación, de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas por el Decreto 318/1992, de 28 de diciembre.

El Rector de la Universidad de Barcelona, excelentísimo y magnífico señor Antoni Caparrós Benedicto, actuando como representante de ésta, de acuerdo con la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.

Y el Rector de la Universidad Politécnica de Catalunya, excelentísimo y magnífico señor Jaume Pagés Fita, actuando como representante de ésta, de acuerdo con la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.

MANIFIESTAN

Que la zona universitaria de Pedralbes, ubicada en la ciudad de Barcelona, está formada por los campus universitarios norte y sur de la Universidad Politécnica de Catalunya (UPC) y por el campus de Pedralbes de la Universidad de Barcelona (UB). En esta zona también se hallan ubicados otros centros de investigación, como los del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Que esta concentración de investigadores, de centros de investigación y desarrollo tecnológico y de servicios científico-técnicos de alto nivel en una zona determinada de la ciudad de Barcelona, la convierten en el lugar idóneo para construir un parque científico y tecnológico donde confluyen centros de investigación, y empresas para desarrollar la investigación científica y tecnológica de más alto nivel, con el soporte de los grupos, de las infraestructuras y de los servicios que ofrece el entorno.

La Oficina de Ciencia y Tecnología (OCYT) y el Comisionado para Universidades e Investigación tienen como grandes objetivos el fomento de acciones que sirvan para facilitar la transferencia de conocimientos y resultados de los grupos de investigación hacia las empresas. Por ello, desde el primer momento han apoyado la creación del Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes y han contribuido financieramente en sus fases iniciales.

Que con fecha 9 de octubre de 1997, el Comisionado para Universidades e Investigación, la Universidad de Barcelona y la Universidad Politécnica de Catalunya firmaron un acuerdo de colaboración para promover el Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes en el marco del II Plan de Investigación de Catalunya 1997-2000.

Que la colaboración de la OCYT con las Comunidades Autónomas y las Universidades viene propiciada, entre otras disposiciones, por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, y el Real Decreto 111/1998, de 30 de enero, por el que se crea la Oficina de Ciencia y Tecnología en la Presidencia del Gobierno.

Esta confluencia de circunstancias y objetivos, junto con la voluntad de coordinar los esfuerzos y optimizar los recursos dada la magnitud del proyecto, hace que las cuatro instituciones signatarias manifiesten su voluntad de colaborar en la construcción del Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes, mediante las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Oficina de Ciencia y Tecnología, el Comisionado para Universidades e Investigación, la Universidad de Barcelona y la Universidad Politécnica de Catalunya colaborarán en la financiación de la construcción y equipamiento del Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes.

Segunda.

La Oficina de Ciencia y Tecnología de la Presidencia del Gobierno aportará de su presupuesto la cantidad de 450.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 25.01.542A.780 «Fondo Nacional para el Desarrollo de la Investigación Científica y Técnica», que se harán efectivos mediante el pago de 150.000.000 de pesetas el primer año, 150.000.000 de pesetas el segundo año, y 150.000.000 de pesetas el tercer año. De este total de 450.000.000 de pesetas, la Universidad de Barcelona percibirá 330.000.000 de pesetas para sus inversiones y la Universidad Politécnica de Catalunya percibirá 120.000.000 de pesetas para las suyas.

Tercera.

El Comisionado para Universidades e Investigación de la Generalitat de Catalunya aportará la financiación que ha otorgado la Unión Europea mediante el programa operativo FEDER 1997-1999 a la Generalitat de Catalunya, correspondiente a los proyectos de la Universidad de Barcelona para la construcción de centros de investigación y equipamiento científico en el campus de Pedralbes, por un importe total elegible de 2.000.000.000 de pesetas, y para los proyectos de la Universidad Politécnica de Catalunya de ampliación del centro CIM y de construcción del Centro de Robótica e Informática Industrial y Equipamiento, por un importe global elegible de 1.380.000.000 de pesetas.

Cuarta.

La Universidad de Barcelona y la Universidad Politécnica de Catalunya aportarán la financiación que ha otorgado la Unión Europea mediante el Programa Operativo FEDER 1997-1999 a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT) correspondiente a los proyectos de la Universidad de Barcelona de construcción y equipamiento del Parque Científico de Pedralbes, por un importe total elegible de 950.000.000 de pesetas y para los proyectos de la Universidad Politécnica de Catalunya de ampliación del Centro CIM y de construcción del Centro de Robótica e Informática Industrial, por un importe global elegible de 160.000.000 de pesetas.

Quinta.

La Universidad de Barcelona, además de los terrenos y edificios a reformar, aportará la parte que no financia la Unión Europea de los proyectos que le corresponden del Programa Operativo FEDER 1997-1999, y que han sido mencionados en las cláusulas tercera y cuarta.

Sexta.

La Universidad Politécnica de Catalunya, además de los terrenos y edificios a reformar, aportará la parte que no financia la Unión Europea de los proyectos que le corresponden del Programa Operativo FEDER 1997-1999, y que han sido mencionados en las cláusulas tercera y cuarta.

Séptima.

Para asegurar la coordinación de las instituciones que participan en este proyecto, se constituirá una comisión de seguimiento con un representante de cada una de las instituciones signatarias. El representante de la Oficina de Ciencia y Tecnología será el responsable de convocar regularmente esta Comisión de Coordinación.

Octava.

Podrán adherirse a este Convenio de colaboración otras instituciones públicas de investigación científica y tecnológica que deseen participar en el Parque Científico y Tecnológico de Pedralbes. Esta adhesión se efectuará mediante una addenda al Convenio que deberán ratificar todas las partes signatarias.

Novena.

Este Convenio tendrá una vigencia de tres años, si bien podrá ser rescindido por mutuo acuerdo entre las partes o a petición de una de ellas con un preaviso de seis meses. En tal caso, la parte que instara la rescisión deberá aportar los fondos económicos necesarios para afrontar las obligaciones contraídas.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Convenio y en señal de mutuo acuerdo, las partes colaboradoras firman este Convenio por cuadruplicado, en catalán y en castellano, a un solo efecto y en el lugar y fecha al principio indicados.–El Director de la Oficina de Ciencia y Tecnología, Fernando Aldana Mayor.–El Comisionado para Universidades e Investigación, Joan Allbaigés i Riera.–El Rector de la Universidad de Barcelona, Antoni Caparrós i Benedicto.–El Rector de la Universidad Politécnica de Catalunya, Jaume Pagés i Fita.

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