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Documento BOE-A-1999-4615

Resolución de 26 de enero de 1999, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como sitio histórico a favor del Valle de las Batuecas, en La Alberca (Salamanca).

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 1999, páginas 7813 a 7814 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1999-4615

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Espafíol, y el Real Decreto 64/1984, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley de Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.

Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural como sitio histórico a favor del Valle de las Batuecas, en La Alberca (Salamanca), según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.

Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de La Alberca (Salamanca), que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en el sitio histórico que se pretende declarar no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.

Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 26 de enero de 1999.‒El Director general, Javier Toquero Mateo.

ANEXO
Descripción

Las Batuecas es un pequeño valle de escarpadas laderas y abundante y variada vegetación, situado al sur de la provincia de Salamanca, que debe su nombre al río que lo atraviesa en dirección noroeste, sudeste.

La ausencia de documentos escritos hasta finales del XVII, sobre las Batuecas y su adscripción geográfica a una de las comarcas más aisladas de España, contribuyeron a forjar una visión legendaria y mítica, ampliamente difundida por la literatura y la tradición popular.

Diseminadas entre los abrigos de cuarcitas que configuran el valle, y a lo largo del curso del río, se localiza un conjunto de pinturas prehistóricas esquemáticas de singular importancia.

La técnica de este arte es sumamente simple y uniforme, se reduce en general a tintas planas y trazos lineales, generalmente en rojo y en ocre, y en menor medida el negro o amarillo, así como el blanco, que en el caso de las Batuecas, es relativamente frecuente. En cuanto a la temática, predominan las barras y puntos, seguidos en frecuencia por los antropomorfos y los zoomorfos, en ocasiones formando escenas, observándose como peculiaridad de las Batuecas, una clara tendencia naturalista.

La cronología que se propone para este ciclo de la Pintura Rupestre Esquemática, arranca del Neolítico Medio, con su mayor desarrollo durante el Neolítico Final y el Calcolítico.

En la actualidad, se encuentran inventariados los siguientes abrigos rupestres en el Valle de las Batuecas:

1. Canchal de las Cabras Pintadas.

2. Canchal del Águila.

3. Canchales de la Pizarra.

4. Canchales del Zarzalón.

5. Cueva del Cristo.

6. Umbría del Canchal del Cristo.

7. Canchales de Mahoma.

8. Umbría de la Cotorrina.

9. Majadilla de las Torres.

10. Canchal de los Acerones.

11. Corral de Morcilla.

12. Covacho del Pallón.

13. Risco del Ciervo.

14. Canchal de Villita.

15. Canchal de las Torres.

Todos estos abrigos se encuentran declarados bien de interés cultural, por ministerio de la Ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 40.2 mientras que el Canchal de las Cabras Pintadas goza de una declaración específica por Decreto de 25 de abril de 1924; si bien ninguna de estas declaraciones dispone del ámbito espacial necesario para encauzar jurídica y materialmente su protección, conforme a las prescripciones impuestas en la Ley de Patrimonio de 1985 se procede a la delimitación de su entorno o área de protección.

A la entrada del valle se localiza el convento del desierto carmelitano, construido en este yermo, como lugar de vida retirada y eremítica, a finales del siglo XVI, junto a numerosas ermitas ubicadas tanto dentro como fuera del recinto conventual, diseminadas en su mayoría por los riscos circundantes y cuyas ruinas se conservan en la actualidad.

El monasterio responde a la norma carmelitana de sencillez y austeridad.

El recinto está constituido por dos cercas, dentro de las que se encuentran el convento y sus dependencias. La iglesia, construida en 1602, y ampliada en 1686, constituye el edificio central del conjunto conventual, se encuentra rodeada por una calle enlosada de pizarra y amplios jardines a modo de claustro.

Adosadas a su pared norte se encuentran la sacristía y la biblioteca, el cementerio de los religiosos, la capilla de San Jerónimo, la de San Pablo Ermitaño y San Juan Bautista.

Al sur se sitúan varias celdas oratorio de los monjes. En el muro oeste, una puerta abre el paso al refectorio, cocina, talleres, alojamientos de los criados, panadería, lavadero, etc.

Durante los siglos XVII y XVIII se va configurando la estructura definitiva del monasterio.

En 1836 la desamortización obliga a los monjes a abandonar las Batuecas, pasando posteriormente a propiedad privada, hasta que en 1915, el lugar fue adquirido por los Carmelitas de Castilla y en 1936 por los Carmelitas Descalzos del Cerro de los Ángeles, y desde 1950 residen los Carmelitas Descalzos, que han restablecido la vida eremítica.

Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta que en el Valle de las Batuecas concurren distintos elementos de singular interés, merecedores igualmente de alcanzar la categoría de bien de interés cultural, por un lado las pinturas rupestres y por otro lado el desierto carmelitano, como una misma expresión de sentimiento trascendental religioso, uno pagano y el otro cristiano, suscitados por el propio valle y su naturaleza, se propone la declaración del Valle de las Batuecas como bien de interés cultural dentro de la categoría de sitio histórico, definida en el artículo 15.4 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a fin de incluir en un mismo ámbito todos y cada uno de los elementos que configuran este lugar o paraje natural.

Delimitación de la zona afectada por la declaración

Sudeste: Por el viejo camino que desde la Alberca se dirige al convento de Batuecas, por la continuación de éste que se dirige al Portillo del Cid, hasta el límite con la provincia de Cáceres.

Sur: Por el límite entre las provincias de Salamanca y Cáceres.

Oeste: Por el límite entre los términos municipales de la Alberca y Monsagro.

Norte y nordeste: Por la linde entre los montes de utilidad pública números 48 y 49 hasta su confluencia con el camino mencionado al principio.

Este ámbito se encuentra protegido por otras normativas sectoriales, pues se trata de un monte de utilidad pública, el número 48, es reserva regional de caza, está catalogado como zona de reserva del recientemente declarado Parque Natural de las Batuecas, además de constituir una zona de especial protección de las aves.

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