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Con el fin de atender las necesidades de personal de
Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso
de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50.1 de
los Estatutos de la Universidad "Carlos III" de Madrid, aprobados
por Decreto 197/1995, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid
("Boletín Oficial del Estado" número 183, de 2 de agosto), dentro
del marco de lo dispuesto por el artículo 3.2.e) de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de
conformidad con lo establecido por el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado,
ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala
de Gestión, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas
por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso
libre.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a cuatro plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a cuatro plazas.
1.3 De acuerdo con lo que determina la disposición adicional
decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio, se reservará un 3 por 100 de las plazas
para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que se reúnan
los requisitos que en dicha norma se establecen. Dicho cupo de
reserva se aplicará al sistema general de acceso libre, al que se
acumularán las plazas reservadas que no queden cubiertas.
1.4 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán, igualmente, al sistema general de acceso
libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna
finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre.
El Presidente de Tribunal coordinará ambos procesos con esta
finalidad.
1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos
sistemas.
1.6 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción
interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en todo caso,
preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso
libre para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, podrán
solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran
desempeñando. En caso de que la Universidad acuerde acceder
a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación
de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo.
1.7 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de
esta convocatoria.
1.8 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura
en el anexo II de la presente convocatoria.
1.9 El proceso selectivo constará para acceso libre de una
fase de oposición, y para promoción interna, de una fase de
concurso y una fase de oposición.
El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el anexo III
de la presente convocatoria.
1.10 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado
lo dispuesto en la base 1.6 de esta convocatoria.
1.11 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
del día 1 de abril de 1999.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la función pública, y en particular:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta
convocatoria.
d) Titulación académica: Estar en posesión del título de
Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
f) En el caso de aspirantes a las plazas reservadas a personas
afectadas de minusvalías, deberán presentar una discapacidad de
grado igual o superior al 33 por 100.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán estar en situación de activo,
pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos o Escalas de
Administrativos (grupo C), tener destino en la Universidad "Carlos III" de
Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo
o Escala a que se pertenezca, y reunir todos los demás requisitos
exigidos.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en
algunos de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados serán
computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán
hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña
como anexoIalapresente convocatoria, que se facilitará en el
Registro General de la Universidad "Carlos III" de Madrid, calle
Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid), o calle Butarque, 15, 28911
Leganés (Madrid), y en la Dirección General de la Función Pública,
calle María de Molina, 50, Madrid, del Ministerio de
Administraciones Públicas.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad "Carlos III" de Madrid, en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad "Carlos III" de Madrid, calle
Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid), o calle Butarque, 15, 28911
Leganés (Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas. Estos
derechos se ingresarán bien directamente o mediante transferencia
bancaria en la Caja Postal, oficina 9059 de Getafe (Madrid), en
la cuenta corriente 00-13893030, de la Universidad "Carlos III"
de Madrid, realizando el ingreso en concepto de "Pruebas
selectivas Escala de Gestión grupo B. Universidad Carlos III".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria
o caja de ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la
cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen
determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el
ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad
bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,
en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que
se ha efectuado el ingreso.
c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que
soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación
expedida por el Servicio de Recursos Humanos, ajustada al modelo
que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta
documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los
méritos señalados en el anexo III de esta convocatoria.
3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Gestión.
En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará "P" para
promoción interna y "L" para acceso libre.
Los aspirantes por el sistema general de acceso libre con grado
de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar
en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados
deberán indicarlo en el recuadro 8 de la solicitud, y expresar,
en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria, utilizando para ello el recuadro 9.
En el recuadro "Datos a consignar según las bases de la
convocatoria", apartado A), se deberá consignar el idioma francés
o inglés que los aspirantes eligen para el tercer ejercicio, voluntario
y de mérito.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
3.9 Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida,
justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad dictará, en el plazo de un mes, resolución
en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En
esta resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la
causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer
ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán
expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión
de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que
dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, justificando
su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de reserva
de discapacitados o el de promoción interna, no cumplan alguno
de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva
o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación
acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación
definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre,
siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello.
4.3 La resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos
pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de
concurso.
5.1.1 Fase de oposición: Los ejercicios a realizar por los
aspirantes se especifican en el anexo III de la presente convocatoria.
Los dos primeros ejercicios de la fase de oposición tendrán
el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación
de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la
imposibilidad de continuar el proceso selectivo. El tercer ejercicio será
voluntario y de mérito. Su valoración será la que se especifica
en el anexo III.
5.1.2 Fase de concurso: Finalizada la fase de oposición,
tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase
aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En
esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes,
de conformidad con el baremo fijado en el citado anexo III. En
ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser
computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en
la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten, junto con
la solicitud, certificación expedida por el Servicio de Recursos
Humanos, ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta
convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna
para la mejor valoración de los méritos, tal y como se establece
en la base 3.5 de la presente convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará
como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en las presentes
pruebas selectivas.
5.1.3 Valoración final: La valoración final del proceso
selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar
aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que
el total de plazas convocadas.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de
la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las
puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior
al número de plazas convocadas en cada grupo.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la
fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar, y así
sucesivamente, de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas
reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá finalmente
por sorteo entre los aspirantes elegidos.
5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema general de acceso libre será el de oposición.
5.2.1 Fase de oposición: Los ejercicios a realizar por los
aspirantes se especifican en el anexo III de la presente convocatoria.
La primera y la segunda parte del primer ejercicio y el segundo
de la fase de oposición tendrán el carácter de eliminatorios, de
tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá
para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso
selectivo. El tercer ejercicio será voluntario y de mérito. Su valoración
será la que se especifica en el anexo III.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios,
primero, segundo y, en su caso, tercero.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad
al aspirante con:
a) Mayor puntuación en la segunda parte del primer ejercicio.
b) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el empate,
éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes
elegidos.
6. Tribunal calificador
6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas
estará compuesto del siguiente modo: El Gerente o persona en
quien delegue; dos representantes de la Universidad, designados
por el Rector; una persona designada por las Administraciones
públicas o por la Comunidad de Madrid, en su caso; una persona
designada por la Junta de Personal Funcionario de Administración
y Servicios de la Universidad "Carlos III" de Madrid, y un
funcionario del Área de Personal, que actuará como Secretario, con
voz pero sin voto.
6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del
Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por
razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.
6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá
solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior.
6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 6.3.
6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,
así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones
posibles de tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad
"Carlos III" de Madrid, calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid),
teléfonos 91 624 93 32 y 91 624 93 38. El Tribunal dispondrá que
en esta sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal,
atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas
pruebas selectivas.
6.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva
redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será
nula de pleno derecho.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" del 18), por la que se publica el sorteo celebrado
el día 3 de abril de 1998.
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su
personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los aspirantes minusválidos o discapacitados que en su
solicitud hayan hecho constar petición de adaptación deberán
concurrir al ejercicio para el que aquélla se concrete provistos del
correspondiente certificado acreditativo de la minusvalía o
discapacidad, al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada
petición.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11, el
primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del
día 1 de abril de 1999, publicándose en la misma resolución a
la que se refiere la base 4.1 el lugar, fecha y hora de su celebración,
así como la composición expresa del Tribunal.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal en
los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la
sede del Tribunal, señalada en la base 6.10, y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del
mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas,
a los efectos procedentes. Esta resolución pondrá fin a la vía
administrativa y, consiguientemente, el interesado podrá formular el
recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses, previa comunicación al Rector de la Universidad.
8. Listas de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal, señalada en la base 6.10, y en
aquellos otros que estime oportunos, las relaciones independientes
de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso
libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad,
en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios
y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna
se expresará, asimismo, en dicha relación, la puntuación de la
fase de concurso.
8.2 El presidente del Tribunal enviará copias certificadas de
ambas listas al Rector de la Universidad "Carlos III" de Madrid;
dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramiento
como funcionario de carrera
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan
superado las presentes pruebas selectivas presentarán, para su
nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro
General de esta Universidad, calle Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid),
o calle Butarque, 15, 28911 Leganés (Madrid), en escrito dirigido
a la Dirección de Servicios de Recursos Humanos y Organización,
los siguientes documentos:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o
acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del
original para su comprobación. En caso de formato antiguo del
documento nacional de identidad, una copia del número de
identificación fiscal.
b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada,
o acompañada del original para su comprobación y compulsa.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33
por 100 deberán acreditar tal condición mediante certificación
de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales
o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
9.2 Igualmente, durante el plazo citado en la base anterior
y con carácter previo a la formalización del nombramiento como
funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán
a un reconocimiento médico, de acuerdo con las instrucciones
que a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos, al
objeto de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la
base 2.1 de la presente convocatoria.
9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal
laboral fijo de cualquiera de las Administraciones públicas estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal
o del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar
tal condición.
9.4 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la
presente base, el Rectorado de la Universidad "Carlos III" de Madrid
dictará resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de
la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas
convocadas. Esta resolución será objeto de publicación en la sede
de los Tribunales, indicada en la base 6.10.
9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición
de los destinos, la autoridad convocante procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución, que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión
de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes,
contado desde la fecha de la publicación de la resolución citada
en el "Boletín Oficial del Estado".
9.7 La jornada de trabajo será la establecida con carácter
general en la Universidad, y el horario de las mismas será el
establecido en la Unidad en la que se ubica la plaza.
9.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
10. Bolsa de trabajo
10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de
la Escala de Gestión, se formará lista de espera con los aspirantes
de acceso libre que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios
de la oposición, no superen el proceso selectivo, quedando
ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados.
En caso de igualdad de puntuación, se estará a la prelación
dispuesta en la base 5.2.1.
10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista
de espera figura como anexo V, y deberá ser cumplimentada en
su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma
y presentada con la solicitud de participación en las presentes
pruebas selectivas.
11. Norma final
11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las
presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal,
sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está
facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas
en todo lo no previsto en las bases.
11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
el plazo de dos meses desde su publicación. Asimismo, cuantos
actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de
los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados, en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Getafe, 13 de enero de 1999.-El Rector, por delegación
(Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla
Torras.
ANEXO: (Ver imagen página 8082).
ANEXO II
ESCALA DE GESTIÓN
Temario
I. Organización del Estado y de la Administración pública
1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.
Derechos y deberes fundamentales: Garantía y suspensión. El
Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.
2. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del
Congreso de los Diputados y del Senado. Órganos dependientes de
las Cortes: El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
3. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales. Designación, nombramiento y
responsabilidad del Gobierno.
4. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la
justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo.
Los Tribunales Superiores de Justicia. El Ministerio Fiscal. La
organización judicial española.
5. La Administración pública: Principios constitucionales
informadores. La noción de Administración pública en la Ley
30/1992.
6. La Administración General del Estado. Órganos superiores
de la Administración General del Estado. La organización periférica
de la Administración General del Estado.
7. La organización territorial del Estado. La delimitación de
las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Relaciones entre las diferentes Administraciones públicas.
8. Las Comunidades Autónomas: Tipología. Los Estatutos de
Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La
organización política y la administración en las Comunidades
Autónomas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.
9. La Administración local: La provincia, el municipio y la
isla. Otras entidades de la Administración local.
II. La Unión Europea
1. Las Comunidades Europeas: Objetivos y naturaleza jurídica
de las Comunidades. Los Tratados originarios y modificativos. El
Tratado de la Unión Europea.
2. Instituciones de las Comunidades Europeas: El Consejo.
El Parlamento. La Comisión. El Tribunal de Justicia. Efectos de
la integración europea sobre la organización del Estado español.
3. Las fuentes del Derecho comunitario. Derecho originario,
derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Las
relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico
español.
III. Derecho Administrativo
1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases
de fuentes. La jerarquía de las fuentes. Leyes orgánicas: Concepto,
caracteres y valor jurídico. Las Leyes ordinarias. Disposiciones
del poder ejecutivo con fuerza de ley.
2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.
Los principios generales del Derecho. Los Tratados
Internacionales.
3. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación. Revisión, anulación y revocación.
4. El procedimiento administrativo. Concepto y clases. La Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Principios generales del procedimiento administrativo.
5. Los sujetos del procedimiento administrativo. Iniciación
del procedimiento. Instrucción: Alegaciones, informes y prueba.
El trámite de audiencia.
6. El tiempo en el procedimiento administrativo. Términos
y plazos. Cómputo y alteración de los plazos. Terminación del
procedimiento: Terminación normal y terminación presunta. El
silencio administrativo.
7. El procedimiento económico-administrativo.
8. Los recursos administrativos. Clases y regulación actual.
La reclamación administrativa previa a la vía civil.
9. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,
capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del
proceso. La sentencia.
10. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Principios generales. Elementos. Perfección, formalización y extinción.
La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.
Incumplimiento de los contratos administrativos.
11. Tipos de contratos administrativos. Contrato de obra.
Contrato de suministro. Contrato de prestación de servicios.
Nociones básicas sobre formas de gestión de los servicios públicos.
12. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y
elementos. Procedimiento general de la expropiación. Garantías
jurisdiccionales.
13. Las propiedades administrativas: Teoría general y
clasificación. El dominio público: Régimen jurídico. La concesión
demanial. Los bienes patrimoniales de las Administraciones públicas:
Concepto y régimen jurídico.
14. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones
públicas. Concepto y clases. Requisitos generales. Efectos.
IV. Gestión pública y gestión de recursos humanos
1. La Administración al servicio del público. Los procesos
de modernización de las Administraciones públicas. La calidad
en los servicios públicos y los procesos de mejora continua.
2. La crisis de la burocracia como sistema de gestión: La
utilización de las técnicas del sector privado en la AP. La
formulación de políticas públicas: Identificación de necesidades,
problemas y alternativas. La evaluación de políticas públicas.
3. La dirección por objetivos. La programación de proyectos:
Técnicas. La gestión de proyectos. Seguimiento y evaluación de
proyectos. Técnicas de gestión de la calidad del servicio:
Determinación de indicadores de gestión de los servicios públicos.
Modelos de evaluación de servicios. Trabajo en equipo.
4. Sistemas de información para la gestión. La informática
como herramienta de dirección y de gestión. Planificación de
actividades, diagramación de procesos, seguimiento de proyectos.
5. La informática como elemento de comunicación y de
trabajo en equipo (Internet, Intranet y correo electrónico). La
informática y la modernización de los procesos administrativos.
6. La planificación de recursos humanos en las
Administraciones públicas: La oferta de empleo público. Los planes de
empleo. Las relaciones de puestos de trabajo. La gestión del
cambio y la adecuación de los puestos de trabajo en la Administración
pública.
7. El personal al servicio de las Administraciones públicas.
Régimen jurídico. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, y la Ley
23/1988, de 28 de julio.
8. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
públicas. Los procesos selectivos en la Administración pública.
Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
9. Situaciones administrativas. Supuestos y efectos de cada
una de ellas. Derechos y deberes de los funcionarios.
Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario.
10. Provisión de puestos de trabajo en la Administración
pública. La carrera administrativa. Sistemas de evaluación,
promoción y reconocimiento. La formación y el perfeccionamiento
de los recursos humanos.
11. El sistema de retribuciones de los funcionarios. Políticas
salariales. Retribuciones básicas y retribuciones complementarias.
Las indemnizaciones por razón del servicio.
12. La sindicación de los funcionarios. Las peculiaridades del
ejercicio de la libertad sindical. Limitaciones a su ejercicio. La
representación de los funcionarios. Las Juntas de Personal.
13. El régimen español de Seguridad Social de los
funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora. Concepto
y clases de prestaciones. Derechos pasivos.
14. El personal laboral al servicio de las Administraciones
públicas: Régimen jurídico. El Convenio Colectivo de las
Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.
15. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de
contratación en la Administración pública y ámbito jurídico.
16. El régimen general de la Seguridad Social. Acción
protectora. Concepto y clases de prestaciones. Afiliaciones y
cotizaciones.
17. Incapacidad temporal. Concepto y causas que la motivan.
Invalidez provisional e invalidez permanente.
18. Jubilación: Concepto y requisitos. Muerte y
supervivencia. Prestaciones. Sujetos causantes. Beneficiarios.
V. Gestión universitaria
1. Régimen jurídico de las Universidades. La Ley de Reforma
Universitaria. La autonomía universitaria. Competencias de las
Comunidades Autónomas sobre las Universidades: Especial
referencia a la Comunidad de Madrid. El Consejo de Universidades:
Composición y atribuciones.
2. Los Estatutos de la Universidad "Carlos III" de Madrid.
Estructura y organización de las Universidades: Especial referencia
a la Universidad "Carlos III" de Madrid. Órganos de Gobierno de
la Universidad "Carlos III" de Madrid. Régimen de impugnación
de los actos de los órganos universitarios.
3. La función pública universitaria: Personal docente y
personal de Administración y Servicios. Clases y régimen jurídico
del profesorado universitario.
4. El régimen del alumnado. Planes de estudio. Acceso y
permanencia. Convalidaciones. Traslados de expedientes.
Simultaneidad de estudios. Títulos.
5. La investigación en las Universidades. Normativa y
ordenación institucional. La gestión de la investigación: La Oficina
de Transferencia de Resultados de la Investigación. Los contratos
del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria.
6. Régimen económico-financiero. Patrimonio. El
presupuesto de la Universidad. Financiación y control. Evaluación de las
Universidades y financiación.
VI. Gestión financiera
1. La Ley reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid: Estructura y principios generales. Las Leyes de
Presupuestos Generales.
2. El Presupuesto de la CAM (I): Concepto y naturaleza.
Características. Contenido y estructura. Elaboración y aprobación.
Presupuesto por programas: Concepto y objetivos.
3. El Presupuesto de la CAM (II): Modificaciones de los
créditos anuales. Transferencia de créditos. Créditos extraordinarios.
Suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Incorporaciones
de crédito. Generaciones de crédito. Desglose de aplicaciones
presupuestarias.
4. Contabilidad pública. Concepto. Control del gasto público:
Clases. Plan General de Contabilidad Pública. Objetivos, ámbito
de aplicación y características. Criterios de valoración. Principios
contables del PGCP.
5. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación
y cierre del ejercicio. Normas de elaboración de las cuentas anuales
según en el Plan General de Contabilidad Pública.
6. La ejecución presupuestaria y la contratación
administrativa. Los contratos de asistencia técnica con empresas consultoras
y de servicios.
7. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos
competentes. Fases del procedimiento. Ingresos en formalización.
Documentos contables que intervienen en la ejecución de los
gastos y los pagos.
8. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de
transferencia: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
9. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestadas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja
fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.
10. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:
Estructura y normas de confección. Altas y bajas: Su justificación.
Devengo y liquidación de derechos económicos. Pago por
transferencia y pago por cheque nominativo.
ANEXO III
Proceso selectivo
I. Fase de oposición
La fase de oposición estará compuesta de dos ejercicios
obligatorios de carácter eliminatorio y un ejercicio voluntario y de
mérito.
a) Primer ejercicio:
Primera parte: Consistirá en resolver por escrito, durante un
tiempo máximo de sesenta minutos, un cuestionario de preguntas
relacionadas con las materias que figuran en el programa del
anexo II, con objeto de apreciar las aptitudes de los aspirantes,
en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.
Esta primera parte se calificará de cero a 10 puntos, siendo
necesario para aprobar y poder realizar la segunda parte obtener
un mínimo de cinco puntos.
Del desarrollo de esta primera parte estarán exentos los
aspirantes a plazas de promoción interna.
Segunda parte: Consistirá en la resolución de supuestos de
carácter práctico, relacionados con las materias del programa
referente a Derecho Administrativo, gestión pública y gestión de
recursos humanos, gestión universitaria y gestión financiera. El Tribunal
propondrá a los aspirantes cuatro supuestos, de los cuales los
aspirantes que concurran por el turno de promoción interna
elegirán para su realización dos, y los aspirantes del turno libre
elegirán para su realización tres supuestos. El tiempo máximo para
la celebración de este ejercicio será de dos horas para los
aspirantes de promoción interna y de tres horas para los aspirantes
de turno libre.
El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante
el Tribunal, que podrá dialogar por el opositor sobre extremos
relacionados con su ejercicio, durante un período máximo de
quince minutos.
Se calificará de cero a 20 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 10 puntos.
Estas dos partes podrán realizarse en la misma sesión.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un
tema a elegir entre dos que se propondrán por el Tribunal,
relacionados con los temas que figuran en el programa recogido en
el anexo II.
El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante
el Tribunal, convocada al efecto.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
Se calificará de cero a 20 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener un mínimo de 10 puntos. Se valorará la formación y los
conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la
capacidad de expresión.
c) Tercer ejercicio, voluntario y de mérito: Consistirá en
efectuar por escrito la traducción sin diccionario de un texto en inglés
o francés -según la opción elegida por el aspirante en su
solicitudpropuesto por el Tribunal. Solamente se valorará un alto nivel
de conocimiento.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de una hora.
Se calificará con un máximo de tres puntos.
II. Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del
sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y
los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración en
los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el grado personal
consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel de
complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado y los cursos
de formación recibidos relacionados con las plazas objeto de esta
convocatoria.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
que figura como anexo IV de la presente convocatoria.
Certificación a la que se adjuntarán documentación acreditativa de los
puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y
copia de los certificados de cursos de formación para la mejor
valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente
convocatoria.
Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite
la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:
1. Antigüedad: Se valorarán, hasta un máximo de tres puntos,
los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de
la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de
Servicios Previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del
grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto. No se computarán los servicios prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
Por cada año completo de servicios prestados en grupo C o
asimilado en Universidades: 0,50 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados en grupo C en
otros organismos: 0,25 puntos.
2. Grado personal consolidado:
Hasta el grado 16: 2,25 puntos, y por cada unidad que exceda
de 16, 0,25 puntos, hasta un máximo de 3,75.
3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día
de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente
puntuación:
Nivel 16: 2,25 puntos, y por cada unidad que exceda de 16,
0,50 puntos, hasta un máximo de 5,25.
4. Cursos de formación: Cursos de formación relacionados
con el contenido de las funciones a desarrollar en los puestos
de trabajo objeto de esta convocatoria.
Cursos de duración inferior a veinticinco horas: 0,25 puntos
por cada curso.
Cursos de duración igual o superior a veinticinco horas: 0,50
puntos.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado
será de tres puntos.
ANEXO: (Ver imagen página 8086).
ANEXO V
Solicitud de inclusión de la bolsa de trabajo para contratación
como funcionario interino, en caso de no superar el proceso
selectivo
Primer apellido: Segundo apellido:
Nombre: DNI:
Domicilio (calle/plaza):
Localidad: Provincia:
Código postal:
De conformidad con lo dispuesto en la base 10 de la
convocatoria para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad
"Carlos III" de Madrid, realizada por Resolución de .....................
("Boletín Oficial del Estado" .......................................)
SOLICITA: Ser incluido en la bolsa de trabajo para la contratación
como funcionario interino.
............................ a .............. de ............................ de 1999.
(Firmado)
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid