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Existiendo plazas de adscripción indistinta a los grupos D
y C de las escalas de funcionarios de la Universidad de A Coruña,
ocupadas por funcionarios de la escala D, con el fin de facilitar
la promoción del personal aún manteniendo sus propios puestos
de trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el
Reglamento General de Ingreso, Provisión y Promoción del
Personal al Servicio de la Administración, de conformidad con lo
dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por
el Decreto 253/1992, de 10 de septiembre, y con el fin de atender
las necesidades de personal de Administración y servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 39.2.e) de
la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
aprobados por Decreto 253/1992, de 10 de septiembre,
modificado por Decreto 245/1998, de 30 de julio, resuelve:
Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir 51 plazas
de la Escala Administrativa de la Universidad de A Coruña por
el sistema de promoción interna y por el procedimiento de
concursooposición, con sujeción a las bases que a continuación se indican.
La presente convocatoria no generará plazas vacantes en el
cuerpo o escala Auxiliar de la que proceden los aspirantes.
Bases de la convocatoria
1. Solicitudes
1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como
anexo IV de esta convocatoria. A la instancia se acompañará
fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además
el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el
punto 1.2.
Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector de
la Universidad de A Coruña en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General
de la Universidad en A Coruña (edificio del Rectorado, rúa de
Maestranza, sin número, código postal 15001), en Ferrol (Doctor
Vázquez Cabrera, sin número, código postal 15403), o en las
restantes formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27).
1.2 Los derechos de examen serán de 7.515 pesetas que se
ingresarán, directamente o mediante transferencia, en cualquiera
de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente
número 1302-1700-420017957982, "Pruebas selectivas para acceso
a la Escala Administrativa" a nombre de la Universidad de A
Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del resguardo acreditativo
del ingreso, su falta determinará la exclusión del aspirante. En
ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano
expresado en el punto 1.1.
1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso
deberán acreditarlos mediante certificación expedida por la
Gerencia de la Universidad. Esta certificación, referida a la fecha de
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente
convocatoria, deberá incorporarse a la solicitud.
1.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán
indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar,
en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para
la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.
1.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 1.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida y justificada, y
discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes
requisitos:
a) Ser funcionario de carrera de cualquier cuerpo o escala
del grupo D, con destino definitivo en la Universidad de A Coruña
y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en dicho cuerpo
o escala.
Asimismo, podrán participar en esta convocatoria, con los
mismos requisitos de titulación y antigüedad exigida a los funcionarios
de la escala auxiliar, el personal laboral fijo a extinguir de esta
Universidad perteneciente a la categoría laboral de Auxiliar
administrativo. Para el cómputo de la antigüedad y demás efectos,
la antigüedad en la categoría profesional de Auxiliar
administrativo, como personal laboral fijo, se asimilará a la pertenencia a
un cuerpo o escala del grupo D.
b) Estar en posesión del título de Bachillerato Superior o
Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o estar en
condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo
de presentación de las solicitudes. Asimismo, a efectos de la
presente convocatoria, se considerarán equivalentes a la posesión
de la titulación:
Tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para
mayores de veinticinco años o estar en condición de obtener el
certificado correspondiente en la fecha en la que finalice el plazo
de presentación de solicitudes.
Tener una antigüedad de diez años en un cuerpo o escala del
grupo D o como personal laboral fijo en la categoría profesional
de Auxiliar administrativo.
Tener una antigüedad de cinco años en un cuerpo o escala
del grupo D o como Auxiliar administrativo laboral fijo, y tener
superado el curso específico de formación convocado por
Resolución rectoral de la Universidad de A Coruña de 5 de octubre
de 1998.
c) No estar separado, mediante expediente disciplinado, del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia firme.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar
de los mismos durante el proceso selectivo.
3. Listas de admitidos y excluidos
3.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el
plazo máximo de veinte días naturales, el Rector de la Universidad
dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes
admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón
de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado
del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos
y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de
exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir de la publicación de la referida resolución, para
subsanar el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido dicho
plazo el Rector dictará resolución declarando aprobada la lista
definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en los
tablones de anuncios del Rectorado y Vicerrectorado de Ferrol, contra
la que los interesados podrán interponer recurso contencioso
administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el
plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación
de la resolución.
3.2 El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga
que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos
exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo
con lo previsto en la base 8.1 de esta convocatoria.
4. Sistema selectivo
4.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el
de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios
y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
4.2 El programa de las pruebas de la fase de oposición es
el que figura como anexo II.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III
de la presente convocatoria.
5.2 El Tribunal en su constitución, composición y
funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el artículo 13 del Real
Decreto364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
5.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas en el número que estime necesario.
5.4 El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas
en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo ("Diario Oficial de Galicia"
de 1 de junio).
6. Calendario de las pruebas
6.1 El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho
público en la Resolución Rectoral que apruebe las listas definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos.
6.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de
seis meses desde la fecha de publicación de la presente
convocatoria.
6.3 El orden de actuación de los aspirantes será el que
determine, con carácter general, la Dirección General de la Función
Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice
la prueba.
7. Listas de aprobados
7.1 El Tribunal hará pública la valoración de los méritos de
la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la
fase de oposición.
7.2 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal
calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el
Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de
celebración del mismo, así como en aquellos otros que estime
oportuno, la relación de los aspirantes que lo superasen, con
indicación de la puntuación obtenida en cada una de las pruebas.
7.3 La calificación final se realizará de acuerdo con lo previsto
en el anexo I de la presente convocatoria.
7.4 El Tribunal hará publica la relación de los aspirantes que
superaron las pruebas selectivas, constituida por aquellos
aspirantes que, en número no superior al de las plazas convocadas,
obtuvieran la mayor puntuación en las mismas.
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de
aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en
el Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (rúa de
la Maestranza, sin número) los siguientes documentos:
a) Certificado de la Gerencia que acredite el cumplimiento
de las condiciones exigidas en el apartado a) del punto 2.1 de
esta convocatoria.
b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a
las pruebas y, en su caso, certificación de la Gerencia que acredite
tener la antigüedad equivalente a que se refiere el apartado b)
del punto 2.1 de esta convocatoria.
9. Nombramiento de funcionarios y toma de posesión
9.1 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que
superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de
documentos, el Tribunal elevará al Rector la relación definitiva
de los aspirantes con propuesta de que sean nombrados
funcionarios de la Escala Administrativa.
9.2 Los nombramientos especificarán el destino adjudicado.
Dadas las peculiaridades de este proceso de promoción interna,
se excluye la adjudicación de destino en base al orden de
puntuación obtenida en el proceso selectivo, adscribiéndose los
aspirantes al mismo puesto que vengan desempeñando como titulares.
La adjudicación tendrá carácter definitivo si el puesto de trabajo
se encuentra adscrito en la vigente relación de puestos a la escala
a que aspiran, y carácter provisional en el caso de que no esté
incluido en la relación de puestos en esa escala. En este último
supuesto el destino se consolidará como definitivo en el caso de
que en la próxima relación de puestos la plaza figure adscrita
a la escala a la que accedió el funcionario.
9.3 Aquellos funcionarios que, en virtud de lo dispuesto en
el párrafo anterior, accedan a la escala superior con carácter
provisional, y mientras permanezcan en esa situación, percibirán el
complemento de destino correspondiente al puesto base de la
escala a la que accedan, salvo que el puesto que desempeñen tenga
asignado un nivel superior. El complemento específico será el
correspondiente al puesto de trabajo realmente desempeñado.
9.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados se
efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo
dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), que
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Decreto de la Junta de Galicia
253/1992, de 10 de septiembre ("Diario Oficial de Galicia"
del 17), y las bases de esta convocatoria.
Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos
administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante
la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en
la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
Asimismo, los interesados podrán interponer recurso ordinario
contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el
Rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos
en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.
A Coruña, 2 de febrero de 1999.-El Rector, José Luis Meilán
Gil.
ANEXO I
Procedimiento de selección
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición,
que consta de las siguientes fases:
1. Fase de oposición, que constará de los siguientes ejercicios:
1.1 Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Prueba escrita
constituida por 110 preguntas tipo test, relativas a todo el temario,
con una sola respuesta verdadera. El tiempo de realización de
este ejercicio será de una hora cincuenta minutos.
Todas las preguntas tendrán la misma valoración, y no
puntuarán negativamente las respuestas incorrectas.
La puntuación será de0a70puntos, siendo necesario para
aprobar obtener un mínimo de 35.
1.2 Prueba de gallego: no eliminatoria y de mérito. Consistirá
en la traducción, sin diccionario, de un texto del castellano para
el gallego, y del gallego para el castellano, elegido por sorteo
entre tres propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de una
hora y se valorará de0a5puntos.
2. Fase de concurso.
Para los aspirantes que superen la fase de oposición la
valoración de méritos se hará de la siguiente forma:
2.1 Antigüedad: Máximo 12,50 puntos.
Se valorará la antigüedad reconocida, referida a la fecha de
finalización del plazo de presentación de las solicitudes de la
siguiente forma:
Por cada año completo de servicios: 0,625 puntos.
Por cada mes completo de servicios que reste: 0,052 puntos.
2.2 Nivel de complemento de destino: Máximo 12,50 puntos.
Por el nivel de complemento de destino correspondiente al
puesto de trabajo que se desempeñe en la fecha de publicación
de la convocatoria, de acuerdo con la siguiente puntuación:
Nivel Puntos
22 12,50
20 10,50
18 8,50
16 6,50
14 4,50
En el caso del personal laboral se computará el nivel del puesto
de trabajo que efectivamente está desempeñando.
2.3 Cursos de formación: máximo 5 puntos. Los cursos de
formación puntuarán de la siguiente forma:
a) Cursos de formación recibidos:
Cursos de aptitud: 0,02 puntos/hora.
Cursos de asistencia: 0,01 puntos/hora.
Curso de iniciación de la lengua gallega: 0,01 puntos/hora.
Curso de perfeccionamiento de la lengua gallega: 0,02
puntos/hora.
En el caso de tener los cursos de iniciación y perfeccionamiento
de gallego, sólo puntuará el de perfeccionamiento.
b) Cursos de formación impartidos: 0,03 puntos/hora.
En los cursos en los que no figure el número de horas, la
puntuación se hará por el mínimo de 10 horas.
3. Puntuación del proceso selectivo.-La puntuación de la fase
de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en los distintos ejercicios. La puntuación del proceso
selectivo vendrá determinada por la suma de la fase de oposición,
más los méritos de la fase de concurso, siempre que los aspirantes
tuviesen superada la fase de oposición.
En caso de empate se dará preferencia atendiendo a la
puntuación obtenida en el primer ejercicio y, de persistir éste, a favor
del candidato que tuviese mayor antigüedad en el cuerpo o escala
a la que pertenezca en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
ANEXO II
Programa
1. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: concepto y ámbito
de aplicación. Los órganos de las Administraciones públicas:
Principios generales y competencias. Los órganos colegiados. De las
actividades de las Administraciones públicas: Derechos de los
ciudadanos. El registro. La compulsa, el cotejo y la copia autorizada.
2. Los actos administrativos: concepto, clases y elementos.
Eficacia y validez. Su motivación, notificación y publicación. La
revisión de los actos: anulación y revocación.
3. El procedimiento administrativo. Fases. Iniciación.
Ordenación: tramitación, comunicación y notificación. Instrucción:
Informes, propuestas de resolución y audiencia del interesado.
Terminación: formas. El silencio administrativo. Especial
referencia a la certificación de los actos presuntos.
4. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión
de oficio. Los recursos administrativos: principios generales. El
recurso ordinario, El recurso de revisión. La jurisdicción
contenciosoadministrativa. Actos impugnables. Reclamaciones previas a las
vías judiciales civil y laboral. La responsabilidad de las
Administraciones públicas y del personal a su servicio.
5. El personal de administración y servicios de la Universidad
de A Coruña. Selección. Personal funcionario: ingreso y provisión
de puestos y promoción profesional. El personal laboral: régimen
jurídico.
6. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico.
Concursos para la provisión de plazas docentes.
7. Las incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Situaciones administrativas.
8. Régimen retributivo del personal funcionario, docente y
laboral. Conceptos retributivos. Reconocimiento de servicios
previos. Cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social:
Régimen General. Derechos pasivos. MUFACE.
9. Las condiciones de trabajo del personal de la
Administración Pública: Jornada y horario de trabajo; vacaciones,
permisos y licencias. Las juntas de personal y el comité de empresa.
10. El presupuesto. Características y estructura. Créditos
presupuestarios. Las principales modificaciones presupuestarias.
Incorporaciones de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos
de crédito. Anticipos de tesorería. Ampliaciones de crédito.
Transferencias de crédito. Generaciones de crédito.
11. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos
competentes. Fases del procedimiento y documentos contables.
Compromisos de gasto para ejercicios posteriores.
12. El procedimiento de ejecución de los gastos. Pagos:
concepto y clasificación. Pago por obligaciones presupuestarias.
Pagos en firme y para justificar.
13. Régimen económico y financiero en los estatutos de la
Universidad de A Coruña. El patrimonio. Financiamiento y control
del gasto. Especial referencia a los reglamentos de gestión
presupuestaria y de contratación administrativa.
14. Los contratos administrativos: Concepto y clases. El
procedimiento de contratación. El cumplimiento o incumplimiento
contractual. La revisión de precios y otras alteraciones
contractuales. Sistemas de adjudicación de los contratos.
15. Procedimiento para el ingreso en los centros de la
Universidad de A Coruña. Matrícula. Simultaneidad de estudios.
Régimen de permanencia. Traslados de expedientes. Convalidación
de estudios españoles y extranjeros: procedimiento.
16. Estructura de los estudios universitarios: de primer ciclo.
De primer y segundo ciclos. De segundo ciclo. Estudios de
doctorado y postgrado.
17. Planes de estudios: directrices generales comunes a los
planes de estudios de las titulaciones de carácter oficial y validez
en todo el territorio nacional. Obtención, expedición y
homologación de los títulos universitarios. Las titulaciones propias de
la Universidad de A Coruña.
18. Becas y ayudas al estudio: clases. Requisitos de carácter
económico y académico. Procedimiento. Otras ayudas.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titulares:
Presidente: Don José Luis Meilán Gil, Rector de la Universidad.
Vocales: Don Víctor Manuel Cabrera Sánchez, Gerente de la
Universidad; doña Pilar Olmo Bosco, Jefa del Servicio de Asesoría
Jurídica; doña María Olga Fernanda Rodríguez Sánchez,
Administradora de la E. S. de Marina Civil, y don Juan García Vázquez,
en representación sindical.
Secretario: Don Justiniano Rodríguez Soto, Jefe del Servicio
de Personal.
Suplentes:
Presidente: Don Juan Jesús Fernández Cainzos, Vicerrector
de Asuntos Económicos.
Vocales: Don Alfonso Barca Lozano, Secretario general; don
Alfonso Vidal Carnota, Jefe de Sección de Estudiantes; don Manuel
Quintela Fuciños, Administrador de la E. U. de Fisioterapia, y
doña Teresa González Martínez, en representación sindical.
Secretario: D. Daniel Miguélez Costa, Jefe de Sección de
Selección de Personal.
ANEXO: (Ver imagen página 8120).
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