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Documento BOE-A-1999-4963

Resolución de 16 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se amplía la habilitación como laboratorio auxiliar de verificación metrológica de contadores de agua oficialmente autorizado al laboratorio de la entidad «Riegos Iberia Regaber, Sociedad Anónima», registro de control metrológico 02-A.05.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1999, páginas 8350 a 8350 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-4963

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad «Riegos Iberia Regaber, Sociedad Anónima», domiciliada en calle Rafael Riera Prats, números 57-59, de Vilassar de Dalt, en solicitud de ampliación de habilitación oficial del laboratorio auxiliar de verificación metrológica de contadores de agua;

Vista la Resolución de 10 de febrero de 1997, mediante la cual se habilitó como laboratorio auxiliar de verificación metrológica de contadores de agua oficialmente autorizado al laboratorio de la entidad «Riegos Iberia Regaber, Sociedad Anónima»;

Visto el informe emitido por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones en fecha 23 de octubre de 1998, con número 98017184 referente a la disponibilidad de patrones y forma adecuada de verificación,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico, y los Reales Decretos 1616/1985 y 1617/1985, de 11 de septiembre, ha resuelto:

Primero.

Ampliar la habilitación como laboratorio auxiliar de verificación metrológica de contadores de agua oficialmente autorizado al laboratorio de la entidad «Riegos Iberia Regaber, Sociedad Anónima», para verificar contadores de agua en un margen de caudal comprendido entre 1,5 metros cúbicos/hora (1/2'') y 250 metros cúbicos/hora (8'').

Segundo.

Continuarán vigentes el resto de condiciones indicadas en la Resolución de 10 de febrero de 1997.

Tercero.

Los nombramientos del Jefe y el Subjefe de 17 de marzo de 1997 serán válidos a los efectos de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 16 de noviembre de 1998.—El Director general, P.D. (Re-solución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metro-logía, Joan Pau Clar Guevara.

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